Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.260 - Segunda Sección
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Viernes 13 de diciembre de 2019

las anteriores excluyendo derechos federativos reservados exclusivamente a entidades deportivas clubes.
Desarrollo, diseño, comercialización, importación y exportación de software, videojuegos, entretenimiento digital y contenido audiovisual, aplicable a plataformas diversas streaming, PC, consolas, plataformas móviles y otras; Servicios y asesoramiento en marketing y publicidad por internet y en medios digitales, administración de comunidades virtuales, desarrollo de campañas de internet, desarrollo Web y plataformas e-commerce, gestión web, gestión de redes sociales, desarrollo de estrategias, objetivos, creación o actualización de redes sociales y ventas digitales, desarrollo de Apps y videojuegos, realidad aumentada, hologramas y 3D mapping, fotografía, audio y video, comercio al por menor de programas informáticos. Administración de equipos de entidades civiles, culturales y o deportivos. Organización, desarrollo, producción de eventos o acontecimiento relacionados con deportes electrónicos e-Sports. Capital $1.000.000. Gerente: Natalia Laura Martínez, DNI 26691321, con domicilio especial en la sede social. Sede social: Membrillar 573 CABA. Cierre Ejercicio 30/09. Autorizado según instrumento público Esc. Nº1744 de fecha 03/12/2019 Reg. Nº218
Analia Carmen Spatola - T: 103 F: 283 C.P.A.C.F.
e. 13/12/2019 N93993/19 v. 13/12/2019

EMPRENDIMIENTOS ELCRUCES.R.L.

Constitución deS.R.L. 1 Socios: Karina Beatriz Guastella, comerciante, argentina, nacida el 10/10/74, CUIT 2724215040-1 casada en 1eras nupcias con el Sr. Luciano Ruscelli, domiciliada en Av. Calchaqui Nº6301, Florencio Varela, provincia de Bs. As. y Gabriel Gustavo Guastella, comerciante, argentino nacido el 24/08/68, CUIT 2020233807-1, soltero, domiciliado en Av. Calchaquí Nº 4534, Quilmes, provincia de Bs. As. 2 Contrato Privado:
25/07/2019 3 EMPRENDIENTOS EL CRUCE SRL 4 Plazo: 99 años 5 Objeto social: Dedicarse a la actividad INMOBILIARIA mediante la adquisición, explotación, alquiler, administración y enajenación de inmuebles urbanos, suburbanos y rurales, los comprendidos bajo el régimen de Propiedad Horizontal, Fraccionamiento y posteriores loteos de parcelas destinadas a Viviendas y Urbanizaciones y o cualquier otra modalidad de comercialización de la tierra. 6 Capital social: $ 100000 7 Dirección y administración: Ambos socios, quienes quedan designados como socios gerente y fijan domicilio especial en Av. Calchaqui Nº6301, Florencio Varela, Bs. As 8 Fiscalización:
a cargo de ambos socios. 9 Cierre de ejercicio: 31/05 10 Sede social: Esmeralda 736 CABA. Autorizado según instrumento privado CONTRATO SOCIAL de fecha 25/07/2019
JESUS RAFAEL KORELL - T: 279 F: 225 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 13/12/2019 N96473/19 v. 13/12/2019

ESTACION UZALS.R.L.

30-70805287-2, Por Escritura 1266 del 29/11/2019 al folio 4119, Pío SANCHEZ CRESPO renuncia al cargo de gerente que venía desempeñando desde el día 12/07/2002. Susana Elena BAMBACE renuncia al cargo de gerente que venía desempeñando desde el día 25/09/2003; por UNANIMIDAD se RESUELVE: 1. ACEPTAR las renuncias;
2. Designar Gerente con el uso de la firma social en forma individual a Ariel Leandro DE MARE, argentino, nacido 8/06/1977, empresario, soltero, D.N.I 26.023.658, C.U.I.T. 20-26023658-0, domiciliado en Ruta 58 km 6.5, Country Club Solar del Bosque, Canning, Pcia. Bs. As., por todo el término de duración de la sociedad, quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en Juncal 4674, 13º Piso, C.A.B.A. 3. Modificar las cláusulas CUARTA y SEXTA del contrato social las cuales en lo sucesivo quedarán redactadas de la siguiente manera: CUARTA: El capital de la Sociedad se fija en la suma de PESOS UN MIL DOSCIENTOS $1.200.- representado por UN MIL
DOSCIENTAS 1.200 CUOTAS de UN PESO $1,00 valor nominal cada una, otorgando cada cuota, derecho a un voto y SEXTA: La administración y representación legal de la sociedad corresponderá a uno o más GERENTES, socios o no, quienes podrán actuar separada e indistintamente y podrán ser elegidos por tiempo determinado o indeterminado. Los gerentes tienen todas las facultades para administrar y disponer de los bienes de la sociedad. Pueden, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social. Los gerentes podrán ser reelegibles indefinidamente, hasta su remoción. En garantía del buen cumplimiento de sus funciones los gerentes deberán depositar un monto igual para cada uno de ellos que no puede ser inferior al sesenta por ciento 60% del monto del capital social en forma conjunta entre todos los titulares designados o su equivalente por gerente, en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad por un plazo no inferior a tres 3 años a contar desde el cese en sus funciones del respectivo gerente.en lo referente a:
la duración del mandato por tiempo determiando o indeterminado; las garantías que deberán prestar los gerentes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/12/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha15/12/2019

Nro. de páginas99

Nro. de ediciones9334

Primera edición02/01/1989

Ultima edición18/05/2024

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