Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.200 - Segunda Sección
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Miércoles 18 de septiembre de 2019

social de $178.119.329 a $231.119.329; ii Reformar el art. 4 del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO CUARTO: El capital social se fije en la suma de PESOS Doscientos Treinta y Un Millones Ciento Diecinueve Mil Trescientos Veintinueve $231.119.329, representado por 231.119.329 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal de UN PESO $1 cada una.- El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme lo establecido por el artículo 188 de la Ley General de Sociedades N19.550.
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 26/04/2019
FRANCISCO POCIELLO ARGERICH - T: 30 F: 593 C.P.A.C.F.
e. 18/09/2019 N69919/19 v. 18/09/2019

ASENTS.A.

CUIT 30-70949918-8 Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/03/19 se resolvió modificar el artículo tercero del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: TERCERO.OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: 1 Compra, venta, importación, exportación, representación, distribución, permuta, alquiler y leasing de vehículos, automóviles, camiones, camionetas, utilitarios, productos de fuerza motriz y motores marinos, nuevos o usados, como así también de su repuestos, partes, piezas, componentes, accesorios y cualquier otro bien relacionado con la actividad. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre automóviles que autoricen las leyes, pudiendo también adquirir franquicias, tomar representaciones y comisiones, brindar servicio Nacional y/o Internacional a tal fin podrá alquilar autos propios o ajenos dados a la sociedad pare este fin y para ser conducidos por los arrendatarios por la República Argentina o fuera de ella. Podrá representar como franquiciado, o agente de empresa dedicada a turismo y rentas de automóviles, contratando su relación comercial en las condiciones y términos que el sistema de franquicia prevea. Podrá representar como franquiciado, productor o agente de empresas hoteleras, turismo, tendientes a las coberturas de los servicios que conformen al objeto deba cubrir, como así también los rubros que las aseguradoras exijan o presenten. 2 construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles; compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes, y las disposiciones comprendidas en las disposiciones de la ley de propiedad horizontal. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. A tales fines, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no le sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Cuando corresponda, las actividades serán desempeñadas por profesionales con título habilitante. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/03/2019 Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/03/2019
Ana Llorente - T: 72 F: 219 C.P.A.C.F.

e. 18/09/2019 N70008/19 v. 18/09/2019

AUSTRAL LINEAS AÉREAS CIELOS DELSURS.A.

CUIT N33-61542026-9. Se informa por un 1 día que la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Austral Líneas Aéreas Cielos del SurS.A. el 28 de mayo de 2019 resolvió: 1 aumentar el capital social por $1.614.796.200 aumentándolo de la suma de $3.957.176.900 a $5.571.973.100, dentro del quíntuplo, sin reforma estatutaria;
2 emitir 16.147.962 acciones de $100 valor nominal cada una, escriturales, ordinarias con derecho a cinco 5
votos por acción, de las cuales 16.141.292 acciones son Clase A y 6.670 son Clase B, conforme la prorrata que les corresponde a cada clase; dado que los accionistas titulares de acciones Clase B renunciaron a ejercer el derecho de suscripción preferente las mismas fueron suscriptas por el Estado Nacional y conforme lo previsto por el estatuto las mismas quedaron convertidas en acciones Clase A.
3 aprobar la suscripción e integración por parte del Estado Nacional de 16.041.173 acciones Clase A con imputación a los aportes en dinero efectuados con anticipación a la asamblea y por Aerolíneas ArgentinasS.A.
las restantes 106.789 acciones Clase A que les corresponde a pro rata de su tenencia. Todas las acciones fueron integradas en dinero efectivo.
4 reducir el capital social por razón de la pérdida neta acumulada por $5.571.872.500, con lo cual el capital social quedó reducido de la suma de $5.571.973.100 a $100.600.
5 Se reformó el Artículo Cuarto, como sigue: Sección III: Del capital social. Artículo Cuarto: El capital social es de $100.600 representado por 1006 acciones ordinarias. Este capital podrá elevarse hasta el quíntuplo por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha18/09/2019

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones9347

Primera edición02/01/1989

Ultima edición31/05/2024

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