Boletín Oficial de la República Argentina del 22/08/2019 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.180 - Segunda Sección
11

Jueves 22 de agosto de 2019

familiar, lotería familiar gigante, bingo y/o sala de entretenimiento, sala de máquinas electrónicas, salones con máquinas electrónicas o electromecánicas para juegos de azar, de habilidad, entretenimientos y recreación, incluyendo hoteles, hosterías, hospedajes y alojamientos, restaurantes, confiterías, bares, centros comerciales y ferias; de servicios: la prestación de servicios de asesoramiento, gestión, capacitación y asistencia técnica en el ámbito de los juegos y entretenimientos, sistemas en red de captura de pagos y/o apuestas, sistemas de información en general, sean éstos desarrollados a través de medios mecánicos, electromecánicos, electrónicos, informáticos y/o vía internet, incluyendo la promoción y difusión de marcas y productos; todo ello, con la correspondiente intervención de los profesionales habilitados o sus autores, cuando correspondiera. Financieras y de inversión: mediante el aporte de capitales a personas físicas o jurídicas constituidas o a constituirse, del país o del extranjero, para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse; el otorgamiento de préstamos a interés y de financiaciones con cualquiera de las garantías previstas en la legislación o sin ellas; operaciones con valores inmobiliarios, títulos y acciones, debentures, por cuenta propia y/o de terceros; la adquisición de créditos y descuentos de documentos comerciales; todo ello, de conformidad con los arts. 30 y 31 de la Ley 19.550 y excluyendo expresamente todas aquellas actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. Mandataria: la realización de todo tipo de mandatos, comisiones, representaciones y/o consignaciones. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá realizar todo tipo de operaciones y actividades financieras, con excepción de aquellas previstas en las leyes y reglamentos de Entidades Financieras y dentro de los límites de las leyes y regulaciones vigentes, brindar los servicios de garantía relativos a los productos comercializados por la sociedad que fuesen requeridos conforme la normativa vigente;
otorgar y solicitar préstamos, participar en empresas creadas o a crearse y comprar, vender y negociar toda clase de valores, otorgar todo tipo de avales, fianzas y garantías reales o personales por las obligaciones de terceros ya sea en forma gratuita u onerosa. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Capital: $100.000.-, representado por 100.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $1.- cada una. Directorio: 1 a 5 titulares, pudiendo la asamblea prescindir o elegir igual o menor número de suplentes, por 3 ejercicios. Composición: Presidente: Santiago Villamil, con domicilio especial en Av.
Córdoba 1351, Piso 6, Ciudad de Buenos Aires; Director Titular: Daniel Aníbal Porto, con domicilio especial en Medrano 1471, Ciudad de Buenos Aires. Representación legal: Presidente o Vicepresidente conforme art. 7 del Estatuto. Sindicatura: compuesta por un síndico titular y uno suplente por 1 ejercicio. Composición: Síndico Titular:
Daniel Roberto Lucca y Síndico Suplente ambos con domicilio especial en Av. Córdoba 1351, Piso 6, Ciudad de Buenos Aires. Cierre de ejercicio: 31.12 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº896 de fecha 15/08/2019 Reg. Nº698
Constanza Paula Connolly - T: 79 F: 579 C.P.A.C.F.

e. 22/08/2019 N61568/19 v. 22/08/2019

PARQUE EOLICO LOMA BLANCA IS.A.

Por Asamblea del 01/09/2016 se resolvió: i aumentar el capital social de la suma de $ 50.000 a la suma de $1.770.093; y ii reformar el artículo 4 del estatuto social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº540 de fecha 22/06/2018 Reg. Nº231 Tomás Agustín Dellepiane - T: 114 F: 278 C.P.A.C.F.

e. 22/08/2019 N61320/19 v. 22/08/2019

PARQUE EOLICO LOMA BLANCA IS.A.

Por Asamblea del 11/10/2018 se resolvió: i aumentar el capital social de la suma de $30.000.000 a la suma de $ 32.000.000; y ii reformar el artículo 4 del estatuto social. Autorizado según instrumento privado ACTA DE
ASAMBLEA de fecha 11/10/2018 Tomás Agustín Dellepiane - T: 114 F: 278 C.P.A.C.F.

e. 22/08/2019 N61321/19 v. 22/08/2019

PARQUE EOLICO LOMA BLANCA IS.A.

Por Asamblea del 08/01/2019 se resolvió aumentar el capital social de la suma de $ 32.000.000 a la suma de $ 34.000.000; y ii reformar el artículo 4 del estatuto social. Autorizado según instrumento privado ACTA DE
ASAMBLEA de fecha 08/01/2019 Tomás Agustín Dellepiane - T: 114 F: 278 C.P.A.C.F.

e. 22/08/2019 N61322/19 v. 22/08/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/08/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha22/08/2019

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones9346

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031