Boletín Oficial de la República Argentina del 06/05/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.107 - Segunda Sección
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Lunes 6 de mayo de 2019

CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURÍDICAS

SOCIEDADES ANÓNIMAS

AEROLÍNEAS ARGENTINASS.A.

Rectificatorio del aviso Nº 65395/18 publicado el día 06/09/18: Por ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y
EXTRAORDINARIA del 29 de Mayo de 2018 se resolvió: 1 aumentar el capital social por la suma de $14.033.741.100
o sea llevando el capital social de $909.836.237 a $14.943.577.300; 2 reformar integralmente el Estatuto Social y en particular los siguientes artículos cuyo texto se publica conforme el Art. 10 Ley 19.550: SEGUNDA: La duración de la Sociedad es de noventa y nueve años contados desde el 26 de octubre de 1990, fecha en la que quedó inscripta el Acta Constitutiva por ante el Registro Público. Este plazo podrá ser reducido o prorrogado por resolución de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas. Autorizado según instrumento público Esc.
Nº102 de fecha 24/04/2019 Reg. Nº2003
Liuba Lencova Besheva - T: 77 F: 208 C.P.A.C.F.
e. 06/05/2019 N30095/19 v. 06/05/2019

AGUAS DANONE DEARGENTINAS.A.

IGJ N924.711 Comunica que por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 20/2/2019, se resolvió:
i aumentar el capital social en la suma de $300.000.000, es decir, de la suma de $1.941.154.016 a la suma de $2.241.154.016, mediante la emisión de 300.000.000 acciones; ii reformar el artículo quinto del estatuto social de la siguiente manera: ARTÍCULO QUINTO: El capital social es de $2.241.154.016, representado por 2.241.154.016
acciones nominativas no endosables de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Todo aumento de capital será suscripto e integrado por todos los accionistas en proporción a su participación accionaria en la Sociedad, salvo en el supuesto en que alguno de ellos renunciara o no ejerciera su derecho de preferencia.
El capital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme artículo 188 de la Ley 19.550. iii reformar el artículo décimo del estatuto social actualizando las normativas referidas al régimen de garantías que deben prestar los administradores de las sociedades, así como las normas referidas a las facultades de administración contempladas en el Código Civil y Comercial de la Nación; iv aprobar la emisión de un texto ordenado de los estatutos de la Sociedad. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 20/02/2019
MARIA VICTORIA ESQUIVEL - T: 124 F: 516 C.P.A.C.F.
e. 06/05/2019 N29765/19 v. 06/05/2019

ALLIANCE JIU JITSUS.A.

Escritura de constitución ALLIANCE JIU JITSU S.A. del 29/04/2019. Esc. 126. SOCIOS: Matias SIMONELLI, argentino, 10/03/ 1984, soltero, DNI 30.888.242, CUIL 20-30888242-0, empresario, con domicilio en Baez 409
piso 5 Dpto. A CABA; e Ignacio VILLASANA, argentino, 05/04/1987, soltero, DNI 32.990.957, CUIT 20-32990957-4, empresario, con domicilio en Chenaut 1881 piso 7 dpto. B CABA.- DENOMINACION: ALLIANCE JIU JITSUS.A.
PLAZO: 99 años. OBJETO: La sociedad tiene por objeto, realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros bajo cualquier forma de asociación prevista en la Ley 19.550, ya sea en el país y/o en el extranjero las siguientes actividades: Explotación de complejos para la práctica de artes marciales y de distintas actividades deportivas, recreativas y culturales, y para sus instalaciones complementarias y/o accesorias como restaurantes, confiterías, bares y vestuarios.- En todos aquellos casos en que las leyes o disposiciones en vigor exijan título habilitante o requisitos similares, los servicios y/o actividades serán prestados y desarrollados por profesionales con título habilitante debiendo la Sociedad efectuar las contrataciones que fueran necesarias a tales fines y efectos.
CAPITAL: $120.000. CIERRE EJERCICIO: 31/12 de cada año. SEDE SOCIAL: Chenaut 1881 piso 7 dpto. B CABA.Representación: Presidente: Matias SIMONELLI.- Director Suplente: Ignacio VILLASANA quienes aceptaron los cargos por el término de tres ejercicios y constituyeron domicilio especial en la Sede Social.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº126 de fecha 29/04/2019 Reg. Nº926
PABLO HERNAN DE SANTIS - Matrícula: 5335 C.E.C.B.A.

e. 06/05/2019 N29773/19 v. 06/05/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/05/2019 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha06/05/2019

Nro. de páginas175

Nro. de ediciones9348

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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