Boletín Oficial de la República Argentina del 22/03/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.837 - Segunda Sección

161

Jueves 22 de marzo de 2018

JUZGADO NACIONAL ENLOPENAL ECONÓMICONRO. 7
SECRETARÍA NRO. 13

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N7, en la causa N964/2016, caratulada: COMUNIDAD VIRTUALS.A.
SOBRE INFRACCIÓN LEY 24769 de la Secretaría N13, notifica a Ignacio Alejandro CONDE titular del D.N.I.
N26.122.016 y a María Isabel MIRALLES titular del D.N.I. N5.630.873 del decreto y resolución que a continuación se transcriben: Buenos Aires, 20 de marzo de 2018 V.- Notifíquese a Ignacio Alejandro CONDE y María Isabel MIRALLES del pronunciamiento de fs. 2049/2052 vta., mediante edictos, por el término de un día fdo. Juan P.
GALVÁN GREENWAY. Juez. Ante mí: Eduardo J. VICENTE. Secretario. Buenos Aires, 12 de marzo de 2018.
RESUELVO: V.- SOBRESEER PARCIALMENTE a Ignacio Alejandro CONDE D.N.I. N26.122.016, con relación a las presuntas apropiaciones indebidas de tributos impuesto a las ganancias retenidos por COMUNIDAD
VIRTUAL S.A. C.U.I.T. N 30-70906380-0 correspondientes a los períodos mensuales junio/2013, julio/2013, octubre/2013, noviembre/2013, diciembre/2013, enero/2014, febrero/2014, marzo/2014, abril/2014, mayo/2014, junio/2014, agosto/2014, y septiembre/2014; porque aquellas conductas ya no encuadran en alguna figura penal artículo 336 inciso 3 del C.P.P.N., 4 de la ley N24.769, según ley N27.430, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.. VI.- DECLARAR que la formación del presente sumario, con relación a los hechos mencionados por el punto anterior, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado Ignacio Alejandro CONDE artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.. VII.- SOBRESEER PARCIALMENTE a María Isabel MIRALLES D.N.I. N5.630.873, con relación a las presuntas apropiaciones indebidas de tributos impuesto a las ganancias retenidos por COMUNIDAD VIRTUALS.A. C.U.I.T. N30-70906380-0 correspondientes a los períodos mensuales noviembre/2014, marzo/2015, abril/2015, mayo/2015, julio/2015, agosto/2015 y septiembre/2015;
porque aquellas conductas ya no encuadran en alguna figura penal artículo 336 inciso 3 del C.P.P.N., 4 de la ley N24.769, según ley N27.430, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.. VIII.- DECLARAR que la formación del presente sumario, con relación a los hechos mencionados por el punto anterior, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado María Isabel MIRALLES artículo 336
último párrafo, del C.P.P.N. XI.- SIN COSTAS artículos 530 y 531 in fine del C.P.P.N.. fdo. Juan P. GALVÁN
GREENWAY. Juez. Ante mí: Eduardo J. VICENTE. Secretario. Juan Pedro GALVAN GREENWAY Juez - Eduardo Javier VICENTE SECRETARIO

e. 22/03/2018 N18259/18 v. 22/03/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/03/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha22/03/2018

Nro. de páginas226

Nro. de ediciones9339

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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