Boletín Oficial de la República Argentina del 07/02/2018 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.808 - Segunda Sección

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Miércoles 7 de febrero de 2018

BOXER CITYS.A.

Constitución. Escritura 39 del 24/01/18 Reg. 1235. Socios: Juan Martín Onainty, argentino, soltero, comerciante, 18/06/77, D.N.I. 26.019.216, Pasaje Gonzalez Catán 4582, Cap. Fed.; Tamara Ester Aron, argentina, casada comerciante, 03/09/83, D.N.I. 30.465.107, Avenida Honorio Pueyrredón 1309, Piso 6º, Departamento A, Cap.
Fed.; Sebastián Pablo Rosemberg, argentino, casado, empresario, 26/09/80, D.N.I. 28.422.862, Hidalgo 202 Piso 2º, Departamento C, Cap. Fed.; Luis Armando Maggi, argentino, casado, consultor, 30/04/74, D.N.I. 23.974.211, Avenida Córdoba 836, Piso 8º Departamento 808, Cap. Fed.; Nicolás Ezequiel Alegre, argentino, casado, licenciado en administración de empresas, 20/07/75, D.N.I. 24.788.016, Asamblea 1150, Piso 9º, Departamento A, Cap. Fed. y Alibell Yarabí Rodríguez Olivares, venezolana, soltera, empleada, 17/12/94, D.N.I. 95.514.067, Doblas 222, Piso 4º, Departamento C, Cap Fed. Denominación: BOXER CITY S.A.; Objeto: Fabricación, comercialización, importación, exportación, distribución y representación de toda clase de indumentaria, ropa, prendas de vestir y sus accesorios. Capital: $100.000.-: Plazo: 99 años; Administración: De 1 a 5 Directores por 3 ejercicios. Representación: Presidente o Vicepresidente; Fiscalización: Prescinde de Sindicatura. Cierre: 31/12.
Sede Social: Bravard 1180, Cap. Fed. Presidente: Sebastián Pablo Rosemberg, Vicepresidente: Jorge Ignacio Onainty, argentino, casado, economista, 30/11/80, D.N.I. 28.452.929, Avenida Honorio Pueyrredón 1309, Piso 6º Departamento A, Cap. Fed., Directora Titular: Alibell Yarabí Rodríguez Olivares y Director Suplente: Luis Armando Maggi, todos con domicilios especiales en la Sede Social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº39 de fecha 24/01/2018 Reg. Nº1235
Osvaldo Jamschon - T: 64 F: 170 C.P.A.C.F.
e. 07/02/2018 N6701/18 v. 07/02/2018

CERRITO 72S.A.

Asamblea Extraordinaria 27/12/2017 se reforma Articulo Tercero del Estatuto ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero las siguientes actividades: Inmobiliaria y Constructora a La realización de negocios inmobiliarios en general, compraventa, permuta, locación, usufructo, administración, comodato, explotación, instalación y/o acondicionamiento de toda clase de inmuebles y de sus accesorios, ya sean destinados a vivienda comercio, depósitos, oficinas u otros;
subdivisión y fraccionamiento de inmuebles urbanos; pudiedo realizar incluso todas las operaciones comprendidas en las leyes y Reglamentos sobre Propiedad Horizotal y Prehorizontalidad, e su caso y/o cualquier otro régimen autorizado por la legislación vigente b Mediante la construcción de edificios sobre predios propios y ajenos para su venta en propiedad horizontal y toda obra civil sea publica y/ privada incluidas obras de arquitectura e ingeniería y la administracion, dirección, y ejecución de las obras correspondientes instalación y/o acondicionamiento de toda clase de muebles y sus accesorios mantenimiento remodelación y conservación de inmuebles terminados c La comercialización bajo cualquier forma, incluida la denominada venta a costo y financiación de las unidades resultantes d Oportunamente, perfeccionar la transferencia del dominio a favor de quien o quienes resulten adquirentes de las unidades fucionales resultantes, lotes u otros, según corresponda. Toda actividad que asi lo requiera según las respectiva reglamentaciones vigentes, a efectos de las tareas precedentemente indicadas, las mismas serán realizadas por profesionales en la materia con titulo habilitante Pudiendo exclusivamente en razón de la consecución de su objeto y a los fines que resulten menester, tomar dinero en préstamo constituir, transferir, sustituir, ampliar, modificar y cancelar hipotecas, prendas y demás derechos reales, celebrar todo tipo de contratos, transacciones relacionadas con el objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar y ejercer todos los actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes y por este estatuto, con exclusión de las comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso público. Asimismo se modifico el articulo Cuarto del objeto social aumentando el capital social a la suma de $1.000.000
Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA EXTRAORDINARIA de fecha 27/12/2017
Carlota Francisca María Febre - T: 59 F: 762 C.P.A.C.F.

e. 07/02/2018 N6572/18 v. 07/02/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/02/2018 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha07/02/2018

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9352

Primera edición02/01/1989

Ultima edición05/06/2024

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