Boletín Oficial de la República Argentina del 04/05/2017 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

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Segunda Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.617

27/4/2017 Reg. 1727 Cap. Fed. Autorizado según instrumento público Esc. Nº43 de fecha 27/04/2017 Reg. Nº1727
Juan Pablo Martinez - Matrícula: 4349 C.E.C.B.A.
e. 04/05/2017 N28760/17 v. 04/05/2017

ALIMENTOS REFRIGERADOSS.A.
Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 17/03/2017 se resolvió modificar el articulo octavo el estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: Articulo 8. Convocatoria de Reuniones:
El directorio celebrara sus reuniones, como mínimo, cada 3 tres meses, salvo que los Directores acuerden celebrarlas con mayor frecuencia. Las reuniones serán convocadas por el Presidente, o por el Vicepresidente en ausencia de aquel, y notificada a los integrantes de la Comisión Fiscalizadora y a los demás Directores en el domicilio especial constituido en la Sociedad conforme al art. 256 de la LGS por cualquiera de los medios de notificación previstos para la notificación de Asambleas detallando en el apartado denominado convocatoria y quorum del articulo 13 del presente Estatuto Social, con al menos quince 15 días de antelación a dicha reunion. La notificación deberá estar acompañada por el orden del día que se encuentren disponibles al momento de cursarse la notificación. El Presidente del Directorio o quien este designe, será el responsable de remitir o poner a disposición de los directores o integrantes de la Comisión Fiscalizadora la información y documentación relevante para el tratamiento de los asuntos incluidos en el orden del día de la reunion de Directorio a fin de que el directorio tome una decision informada. Si cualquiera director considera que la información puesta a su disposición no es suficiente, deberá solicitar al Presidente cualquier asunto adicional para que se incluya en el orden del día; el presidente, por escrito, notificara dicho asunto a los demás directores sin demora. Los asuntos que no estén incluidos en el orden del día de la reunion correspondiente no podrán someterse a debate o resolución, salvo que todos los miembros del Directorio se encuentren presentes en la reunion y decidan que es necesario o conveniente debatir y resolver el asunto originalmente omitido del orden del día. Lugar de la Reunion-Quorum:
Las reuniones del Directorio se celebran en la sede social de la Sociedad o en cualquier otro lugar acordado por la totalidad de los Directores. Las reuniones se celebraran válidamente con el quorum de la mayoría absoluta de los miembros. Asimismo los directores pueden participar de las reuniones de Directorio a distancia, siempre que el quorum se configure con la presencia física en el lugar de celebración de los directores necesarios para ello, a través de videoconferencia u otro modo de transmisión simultanea de sonido, imágenes, y/o palabras siempre y cuando: i la videoconferencia o el sistema utilizado permita la identificación de los participantes y permita a los directores participar simultáneamente en la reuniones de Directorio; ii las resoluciones adoptadas en las reuniones se transcriban en el Libro de Actas de Directorio indicando los nombres de los directores que estuvieron presentes en la reunion, los nombres de aquellos que lo hicieron a distancia, sus votos con relación a cada punto del orden del día, y en tanto las actas de la reunion sean suscriptas por todos los participantes de la reunion en persona y por los miembros de la Comisión Fiscalizadora asistentes. En el caso de las reuniones celebradas por medio de videoconferencia o sistemas similares, tanto los directores que asistan personalmente como los que asistan a distancia serán tomados en consideración a los fines de las mayorías. Honorarios de Directorio: No se fijara honorarios a los directores por el ejercicio de su cargo conforme art. 261 de la LGS, sin perjuicio del derecho de los directores a percibir un salario o sueldo en condiciones de mercado e caso de que sean empleados en relación de dependencia de la Sociedad. Mayorías: El Directorio adoptara sus resoluciones por el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros presentes, de acuerdo a las formas de participación detalladas en el punto anterior Lugar de reunion-Quorum, salvo para decidir los asuntos especiales que a continuación se detallaran. En caso de empate, el presidente del Directorio, o el Vicepresidente, en su caso, tendrán voto de desempate. Asuntos especiales: siempre que el Accionista Clase B tenga al menos diez por ciento 10% del Capital Social, las decisiones que se detallan a continuación requerirán como mínimo el voto afirmativo de cuatro 4 directores, entre los cuales debe estar incluido el voto afirmativo de por lo menos un director elegido por el Accionista Clase B, a saber: a Venta transferencia, arrendamiento, alquiler o gravamen de activos sustanciales de los negocios de la sociedad b Celebración o modificación de contratos comerciales p de servicios o gravámenes, fuera del giro ordinario de los negocios que no se basan en condiciones de mercado o independencia mutua, o en caso de interés contrario con la Sociedad con i los accionistas, Directores, gerentes, o empleados de la sociedad ii directores, gerentes o empleados de los accionistas o sus afiliados iii los afiliados de las personas enumeradas precedentemente en el punto i. Se excluyen los contratos de trabajo, planes de retribución en acciones y cualquier
Jueves 4 de mayo de 2017

otro beneficio laboral concedido con carácter general con para ciertas categorías. c Venta, cesión transferencia o licencia de marcas de la sociedad o cualquier otra forma de enajenación de dichas marcas o derechos de propiedad intelectual de las marcas o cualquier tipo de constitución de gravámenes sobre estas, excepto por la constitución de gravámenes a fin de garantizar obligaciones asumida por la sociedad. d La constitución y/o adquisición de participaciones en sociedades y/o la formación de Unión Transitorias de Empresas o Agrupaciones de Colaboración empresaria con terceros.e El otorgamiento de gravámenes a fin de garantizar obligaciones de terceros fuera del giro ordinario de los negocios. Se deja constancia que la sociedad podrá otorgar gravámenes para garantizar obligaciones asumida por la sociedad conforme al principio general en materia de mayorías establecido precedentemente f Cualquier decision incluida en cualquiera de las mayorías especiales de las Asambleas de Accionistas establecidas en el Articulo 13 que sea sometida a decision del Directorio. A los fines del presente estatuto el termino Afiliado significa respecto de una persona física o jurídica especifica, cualquier persona o sociedad que sea directa o indirectamente, a través de la sociedad y/o por cualquier otro medio titular de mas del diez por ciento 10% del capital social y votos de dicha persona especifica;
y el termino Gravámenes significa las prendas, privilegios, cargas, hipotecas, ordenes de embargo dictadas por tribunales de justicia, administrativos, gravámenes, servidumbres, defectos, derechos de garantía personal o real, cesión fiduciaria de cualquier naturaleza o bajo cualquier modalidad, usufructo, reclamos judiciales o extrajudiciales sobre la titularidad de cualquier bien, derechos contractuales de terceros, opciones y restricciones de todo tipo. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 17/03/2017.
Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA de fecha 17/03/2017
Sofia Fernandez Quiroga - T: 91 F: 243 C.P.A.C.F.
e. 04/05/2017 N28588/17 v. 04/05/2017

ANDINO LOGISTICAS.A.
Escritura 28/4/17. 1 Rodolfo Guillermo Munnich, DNI 17902653, 30/8/65, divorciado; Walter Hernan Munnich, DNI 20055048, 15/8/68, casado; ambos domiciliados en Artigas 3188, Barrio Cerrado Talar del Lago 2, Lote 19, Gral. Pacheco, Pcia. Buenos Aires; y Sandra Elizabeth Mendoza, DNI 25200640, 8/12/76, casada, Belisario Hueyo 160 piso 21 depto. 2, Avellaneda, Pcia. Buenos Aires; todos argentinos, empresarios. 2 ANDINO LOGISTICA S.A. 3 Tucuman 1538
Segundo Cuerpo piso 4 oficina C, CABA. 4 99 años. 5 Explotación por cuenta propia o de terceros del servicio de fletes, acarreos, encomiendas y equipajes y su distribución, almacenamiento, depósito, embalaje y guardamuebles, y dentro de esa actividad, la de comisionistas y representantes de toda operación afín, en vehículos de la sociedad o de terceros. Compra, venta, importación, exportación, arrendamiento o subarrendamiento de automotores y autopartes en general, para ser utilizadas en el desarrollo de las actividades descriptas. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá realizar exportación y/o importación de sus productos y/o materiales. 6
$ 120000. 7 31/12. 8 Presidente: Walter Hernan Munnich, Director Suplente: Gabriela María Cattaneo; ambos domicilio especial en el social Autorizado según instrumento público Esc. Nº 347 de fecha 28/04/2017 Reg. Nº172
Silvia Epelbaum - Habilitado D.N.R.O. N3369
e. 04/05/2017 N28764/17 v. 04/05/2017

ARGSKY CONSULTINGS.A.
1 Constituida 25/04/2017 escritura 62 F 315 Registro 217 CABA. 2
Andrés SKUCKA, nacido 02/02/1970, DNI 21.440.461, técnico aeronáutico, y Silvia Lidia RULE, nacida 07/08/1976, DNI 25.174.614, ama de casa, ambos casados, argentinos y domiciliados en Las Bases 891, Haédo, pcia de Bs. As.; 3 99 años; 4 Objeto: Dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a: I Transporte Aéreo de pasajeros, equipaje, mercancía, valores, correo, correspondencia y carga en general, taxi aéreo y charters; explotación de escuelas e instrucción de vuelo, formación de personal aeronáutico; aeroaplicación; publicidad aérea y fotografía aérea; instalación y/o explotación de hangares, aeródromos; taller de mantenimiento y reparación de aeronaves, motores, equipos, accesorios, instrumentos y partes; compra, venta permuta, locación, leasing, distribución, consignación, diseño, armado, producción, fabricación, importación, exportación, mantenimiento de aeronaves, sus componentes, accesorios y repuestos, combustibles, lubricantes y equipos relacionados con la actividad aérea; instrucción y formación en aeronáutica en general y en especial el relacionado con operaciones de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/05/2017 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha04/05/2017

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9339

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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