Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2014 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Segunda Sección
Lunes 24 de febrero de 2014
cial incorporando a la actividad mandataria lo siguiente: la actuación como Agente de suscripciones o servicios de renta y amorti zación; administración de carteras de valo res, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la ma teria; como agente colocador de cuotas partes de Fondos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Na cional de valores y los mercados del país Modificó el párrafo de actividades comercia les incorporando la facultad de la sociedad de actuar como: I Agente de Negociación II. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, III. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, todo de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831 y las normas de la Comisión Nacional de Valores Autoriza do según instrumento público Esc. Nº16 de fecha 19/02/2014 Reg. Nº1973.
María Graciela Guthmann Matrícula: 4221 C.E.C.B.A.
e. 24/02/2014 Nº10722/14 v. 24/02/2014


CSB SOCIEDAD DE BOLSA
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea Extraordinaria del 21/11/2013, resolvió cambiar su denomi nación por CSB S.A. reformando el art. 1
de sus estatutos y asimismo adecuar sus estatutos de conformidad a lo dispuesto por la Ley 26.831, conforme el siguiente detalle: Objeto: ARTICULO TERCERO. Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades: a COMERCIALES:
I. De Agente de Negociación, de confor midad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831
y las NORMAS CNV N.T. 2013, por lo que podrá actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofer tas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para ter ceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II. De Agente de Li quidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NOR
MAS CNV N. T. 2013, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones colocación primaria y nego ciación secundaria registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obligacio nes propias y de sus clientes. III. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NOR
MAS CNV N. T. 2013, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá intervenir en la liquidación y compensación de opera ciones colocación primaria y negociación secundaria registradas para cartera propia y sus clientes, como así también prestar el mencionado servicio de liquidación y com pensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cá maras Compensadoras de las obligaciones propias, de sus clientes y de las obligaciones de los Agentes de Negociación con los que haya firmado un Convenio de Liquidación y Compensación. A fin de llevar a cabo las actividades antes mencionadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente cate goría ante la Comisión Nacional de Valores.
Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencionado Organismo de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamen tarias. Cualquiera que sea la categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentra facultada a realizar, en cualquier Mercado del país, cualquier clase de operaciones sobre valores negociables
públicos o privados, permitidas por las dis posiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas utsupra; podrá operar en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre va lores negociables; la prefinanciación y distri bución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general, intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Ca pitales que puedan llevar a cabo las catego rías de Agentes antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor. b MANDATARIAS:
administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los re lacionados con títulos de crédito, títulos va lores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consig naciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habili tante; la actuación como Agente de suscrip ciones o servicios de renta y amortización;
administración de carteras de valores, fidei comisos financieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos no financieros u ordinarios y cualquier actividad financiera adecuada a la normativa vigente en la materia; como agente colocador de cuotaspartes de Fon dos Comunes de Inversión, conforme a las normas de la Comisión Nacional de Valores y los Mercados del país. c FINANCIERAS:
Operaciones que tengan por objeto títulos de crédito o títulos valores públicos o privados, asesoramiento financiero y toda operación permitida por la ley vigente. No podrá rea lizar las actividades reguladas por la ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejercien do todos los actos que no sean prohibidos por las leyes, o reglamentos, o por este Es tatuto. Administración: Se amplió el mandato de los directores a 3 años, reformando el artículo octavo del estatuto. Autorizado se gún instrumento privado Asamblea de fecha 21/11/2013.
Margarita Irene Davis Edmondson Tº: 82 Fº: 234 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 24/02/2014 Nº10308/14 v. 24/02/2014


EASY FUEL
SOCIEDAD ANONIMA
Escritura 12/02/2014 Reg. 24 Cap. Fed. De nominación: EASY FUEL S.A. Socios: Martha Elsa ALONSO de CALVETE, nacida 12/06/1931, DNI 3.398.385, viuda, empresaria, domiciliada en Junín 164, piso 4, CABA; y Adalberto Osmar CARRIZO, nacido 24/10/1958, DNI 12.808.557, casado, contador, domiciliado en avenida Belgrano 809, CABA, ambos argentinos. Du ración 99 años desde inscripción. Objeto:
operar Estaciones de Servicio para lo cual podrá realizar las siguientes actividades: a Comercializar todo tipo de combustibles, lu bricantes, gas natural comprimido, productos petroquímicos, productos derivados del petró leo y accesorios para automotores, camiones, motocicletas, tractores, maquinaria agrícola y en general todo tipo de vehículos, ya sean ad quiridos, recibidos en consignación, pudiendo actuar como distribuidor o representante o por cualquier medio válido de comercialización, pudiendo exportar e importar los productos antes individualizados. b Comercialización de productos alimenticios en general, bebidas con o sin alcohol y cigarrillos. c Lavadero de au tomóviles, camiones y maquinarias. d Prestar servicios mecánicos, electricidad, gomería y lubricación para todo tipo de vehículos. Ca pital: $ 500.000. Directorio: 1 a 5 miembros por 3 ejercicios. Representación Legal: Pre sidente o vicepresidente en su caso. Sede social: Ayacucho 2076, piso 7 departamento A, CABA. Directorio: Presidente Martha Elsa ALONSO de CALVETE. Director Suplente Adalberto Osmar CARRIZO, ambos aceptaron los cargos y constituyeron domicilio especial en la Sede Social. Fiscalización: Se prescin de. Cierre del ejercicio 30/06 de cada año.
Jorge A. MOLINARI, autorizado por Escritura 88 del 12/02/2014. Autorizado según instru mento público Esc. Nº88 de fecha 12/02/2014
Reg. Nº24.
Jorge Alberto Molinari Matrícula: 2116 C.E.C.B.A.
e. 24/02/2014 Nº10442/14 v. 24/02/2014

BOLETIN OFICIAL N 32.834


EN ZONA FUTBOL
SOCIEDAD ANONIMA
Rectificando edicto de trámite Normal REF.: T.I.: 96176/13 Constitución de So ciedad Anónima, publicado el 27/11/2013, se hace saber que la fecha correcta del instrumento de constitución, es 07/11/2013, y no 06/11/2013, y el domicilio especial de Cristian Andrés Miguenz es Virrey Liniers 1261 Planta Baja Número 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no Edison 622, San Antonio de Padua, Merlo, de la Provin cia de Buenos Aires como por error se publicó oportunamente. Juan Manuel Delfino Tº: 261 Fº: 77 C.P.C.E.C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 139 de fecha 07/11/2013 Reg. Nº1958.
Juan Manuel Delfino Tº: 261 Fº: 77 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 24/02/2014 Nº10759/14 v. 24/02/2014


ENJUAL
SOCIEDAD ANONIMA
Por escritura del 17/2/14 se constituyó la sociedad. Socios: Hugo José SQUILLACE, 25/4/59, D.N.I. 13.027.917, Avenida Suárez 1353 piso 4º departamento B, Cap. Fed. y Mónica Estela SCORZA, 20/8/56, D.N.I.
12.454.906, Avenida Suárez 1353 piso 4º de partamento B, Cap. Fed., ambos argentinos, divorciados, comerciantes; Plazo: 99 años;
Objeto: Importación, exportación, compra, venta, comisión, licitación pública o privada, consignación, distribución y comercializa ción de equipos de seguridad y protección de bienes y personas, desde sistemas de comunicación, vigilancia, seguridad, monito reo, circuitos cerrados de televisión como así también sus equipamientos, maquinarias, re puestos, materiales eléctricos, electrónicos, videos y alarmas de todo tipo. Podrá efectuar la provisión, instalación y mantenimiento de los materiales referidos anteriormente, como así también el monitoreo de alarmas con equipos de video, telefónicamente, median te celular o radial. Podrá adquirir u otorgar representaciones locales y extranjeras de todo lo referido, pudiendo efectuar la inter mediación, gestión de negocios, industriali zación, fabricación de equipos, sus partes, componentes y administración de bienes y capitales de la sociedades relacionadas al presente objeto; Capital: $ 100.000; Cierre de ejercicio: 31/12; Presidente Mónica Este la SCORZA y Director Suplente Hugo José SQUILLACE, ambos con domicilio especial en la sede; Sede: Avenida Suárez 1353 piso 4º departamento B, Cap. Fed. Autorizado por escritura Nº 31 del 17/2/14 registro 1985.
Autorizado según instrumento público Esc.
Nº31 de fecha 17/02/2014 Reg. Nº1985.
Juan Manuel Sanclemente Matrícula: 4819 C.E.C.B.A.
e. 24/02/2014 Nº10135/14 v. 24/02/2014


ESTABLECIMIENTOS RURALES
DON EDUARDO CASSOU
SOCIEDAD ANONIMA
Por Asamblea Gral. Extraordinaria del 05/12/12, trasladan Jurisdicción a Prov. de La Pampa, estableciendo la sede social en la Calle 22 Nº193 de la ciudad de Gral. Pico.
Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 125 de fecha 29/07/2013 Reg. Nº 14 de Gral. Pico La Pampa.
Jorge Natalio Kleiner Habilitado D.N.R.O. Nº1848
e. 24/02/2014 Nº10284/14 v. 24/02/2014


FONTODI
SOCIEDAD ANONIMA
Comunica que por Asamblea Extraordi naria de fecha 15 de mayo de 2012 se re solvió aumentar el capital social de la suma de $ 1.591.316 a la suma de $ 2.115.832 y por Asamblea Extraordinaria de fecha 5 de mayo de 2013 se resolvió aumentar el capital social de la suma de $ 2.115.832 a la suma de $ 4.243.362, modificándose en ambos
2

casos el artículo cuarto del Estatuto Social.
Martín Campbell, autorizado por Asambleas Extraordinarias de fecha 15 de mayo de 2012
y 5 de mayo de 2013. Autorizado según ins trumento privado Actas de Asambleas de fecha 05/05/2013 Autorizado según instru mento privado Actas de Asambleas de fecha 05/05/2013.
Martin Campbell Tº: 100 Fº: 435 C.P.A.C.F.
e. 24/02/2014 Nº10282/14 v. 24/02/2014


ICC INDUSTRIA PARA EL CARTON
CORRUGADO
SOCIEDAD ANONIMA
Por Acta de Directorio Nº8 del 15/07/2013
y por Acta de Asamblea General Ordina ria y Extraordinaria Nº 2 del 20/08/2013 se resolvió: I aumentar el capital social de la suma de $40.000 a la suma de $3.155.712, mediante la capitalización de pasivos por la suma de $ 3.115.712 II Modificar el Art.
4º del estatuto social por el siguiente texto:
CAPITAL SOCIAL ARTICULO CUARTO: El capital social es de PESOS TRES MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL SETE
CIENTOS DOCE representado por TRES
MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO
MIL SETECIENTOS DOCE ACCIONES de PESOS UNO valor nominal cada una. El ca pital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el Art. 188 de la Ley 19.550.
Toda resolución de emisión de acciones o de aumento de capital deberá formalizarse de acuerdo con las disposiciones legales en vigencia. Autorizado según instrumento pri vado Acta de Asamblea Ordinaria y Extraor dinaria de fecha 20/08/2013.
Eleazar Christian Melendez Tº: 50 Fº: 839 C.P.A.C.F.
e. 24/02/2014 Nº10434/14 v. 24/02/2014


LASA SOCIEDAD DE BOLSA
SOCIEDAD ANONIMA
REFORMA DE ESTATUTOS: Escritura Nº4
del 17/2/2014, folio 17, Registro Notarial 1244
CABA. Artículo Primero: LASA Sociedad de Bolsa S.A., continúa funcionando bajo la denominación de LASA S.A.. Artículo Ter cero: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes del res pectivo país, a las siguientes actividades:
a COMERCIALES: I. De Agente de Nego ciación, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NORMAS CNV N.T.
2013, por lo que podrá actuar en la coloca ción primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados, ingresando ofertas en la colocación primaria o registrando operaciones en la negociación secundaria, tanto para cartera propia como para terceros clientes, cumpliendo con las normas dispuestas a estos efectos por la Comisión Nacional de Valores. II. De Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 26.831 y las NOR
MAS CNV N.T. 2013, por lo que además de desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación, podrá solamente intervenir en la liquidación y compensación de operaciones colocación primaria y nego ciación secundaria registradas para cartera propia y sus clientes, siendo responsables del cumplimiento ante los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras de las obliga ciones propias y de sus clientes. A fin de llevar a cabo las actividades antes mencio nadas, se requerirá estar registrado en la correspondiente categoría ante la Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la sociedad podrá solicitar el registro ante el mencio nado Organismo de Contralor de cualquier otra actividad que sea compatible conforme las normas reglamentarias. Cualquiera que sea la categoría en que se registre ante la Comisión Nacional de Valores, se encuentra facultada a realizar, en cualquier Mercado del país, cualquier clase de operaciones so bre valores negociables públicos o privados, permitidas por las disposiciones legales y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2014 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha24/02/2014

Nro. de páginas60

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

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