Boletín Oficial de la República Argentina del 02/08/2004 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

Buenos Aires, lunes 2
de agosto de 2004

BOLETIN OFICIAL

Año CXII
Número 30.454

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Segunda Sección
1. Contratos sobre Personas Jurídicas 2. Convocatorias y Avisos Comerciales
Sumario Pág.
1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
1.1. Sociedades Anónimas

1

1.2. Sociedades de Responsabilidad Limitada

5

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES
2.1. Convocatorias Nuevas
Anteriores

9
16

2.2. Transferencias Nuevas
Anteriores

9
19

2.3. Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

9
19

2.4. Remates Comerciales Nuevos
Anteriores

10
19

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1. Citaciones y Notificaciones.
Concursos y Quiebras. Otros Nuevos
Anteriores

11
20

3.2. Sucesiones Nuevas
Anteriores

11
22

3.3. Remates Judiciales Nuevos
Anteriores

ARGCORP
SOCIEDAD ANONIMA

12
23

1. Contratos sobre Personas Juridicas
1.1. SOCIEDADES ANONIMAS

ACR

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

3. Edictos Judiciales 4. Partidos Políticos 5. Información y Cultura
José Masjuan, argentino, soltero, empresario, nacido el 30/9/79, DNI 27.667.793, CUIL 2027667793-5, domiciliado en Luis María Campos 1626, 2 piso, departamento D, Cap. Fed. y Angel Alfonso Camba Barbolla, español, casado, empresario, nacido el 1/3/1954 pasaporte español 518.612.882, CUIT 20-60307081-0, domiciliado en Panamá 2121, Martínez, Provincia de Buenos Aires. Duración: 99 años. Objeto: actividades de inversión, en la República Argentina como en el exterior, dentro de los límites fijados por las leyes y reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas; tomar y mantener participaciones en sociedades existentes o a crearse en la República o en el exterior efectuar inversiones de todo tipo incluyendo títulos y valores públicos o privados o cualquier otra especie de valores mobiliarios; efectuar colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria en oro títulos de participación, u otros valores mobiliarios negociables o no y otorgar y recibir préstamos. Quedan expresamente excluidas todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ley 21.526. Cuando fueren aplicables, la sociedad deberá cumplimentar las exigencias contenidas en la Ley de Inversiones Extranjeras vigente ley 21.382, o las que se encuentren vigentes en el momento pertinente. Capital: $ 50.000.
Administración: 1 a 5 miembros por 1 año. La Representación legal le corresponde al presidente o el Vice en su caso. Cierre ejercicio: 31-12. Representación: Directorio: Presidente: Federico Alfredo Salvat y Director Suplente Ezequiel José Masjuan. Sede social: Sarmiento 459, 6 piso, Cap.
Fed.
Escribano Ricardo Ferrer Reyes N 23.185

1 Cacheiro Raúl Horacio, DNI: 27.326.299, 22/4/79, Barrio General Savio Edificio 104, Piso 6, Departamento D, Cap. Fed. y Ale Carlos Enrique, DNI: 29.739.174, 29/9/82, Lomas de Zamora 764, Villa Celina, Provincia de Buenos Aires, ambos con domicilio especial en Darwin 776, Piso 4, Departamento C, Cap. Fed., argentinos, solteros y comerciantes. 2 Fecha estatuto: 28/7/04. 3
ARGCORP SA. 4 Duración: 99 años. 5 Tendrá por objeto: A Operaciones inmobiliarias, urbanas y rurales. B Operaciones financieras y de inversión, excepto las de la ley 21.526, vinculadas a su objeto. 6 Capital: $ 12.000. 7 Directores: 1 a 5
Titulares por 3 ejercicios. Representante legal: Presidente o Vice en su caso. 8 Sindicatura: prescinde. 9 Presidente: Cacheiro Raúl Horacio, Director Suplente: Ale Carlos Enrique. 10 Cierre Ejercicio: 30/ 06. 11 Sede: Darwin 776, Piso 4, Departamento C, Cap. Fed.
Presidente Raúl Horacio Cacheiro N 23.214

Precio $ 1,00

vorciada, D.N.I.: 6.268.785, odontóloga, domiciliada en Riobamba 905, primer piso, departamento B, Capital Federal. Objeto: la realización de todas las actividades que califican como Empresas de Viajes y Turismo de acuerdo a la Ley número 18.829, al Decreto número 2182/72, y sus modificatorias, ya sean por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, sean éstos personas físicas o jurídicas, en especial las siguientes actividades u operaciones: A Desarrollo de actividades requeridas para la organización y explotación de servicios para el turismo en general. B Turismo receptivo en todas sus modalidades. C La intermediación en la reserva o locación de servicios en cualquier medio de transporte terrestre por automotor, ferroviario, aéreo, fluvial, marítimo, submarino, cruceros y similares en el país y/o en el extranjero, ya sean éstos en vuelos regulares y/o en vuelos, no regulares como charters aeronáuticos, cruceros marítimos o fluviales, lacustres, de recreación, de avistaje de ballenas, lobos o elefantes marinos u otras especies faunísticas, buceos, o actividades asimilables de tipo submarinas, cruceros ferroviarios que en sí mismos constituyen atracciones turísticas o se organicen para excursiones y visitas a sitios naturales o culturales, sistemas de cable carril o similares y los medios subterráneos, destinados al acceso a miradores, sitios naturales o culturales y prácticas deportivas invernales o subacuáticas o acuáticas; la intermediación en la contratación de servicios hoteleros de cualquier tipo, nivel y calidad, en el país o en el extranjero; la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los viajes, en el país o en el extranjero; la recepción o asistencia de turistas nacionales o extranjeros durante sus viajes y su permanencia en el país o en el extranjero, incluso el despacho de sus equipajes; la prestación a los mismos de los servicios de guía turísticos en cualquier idioma; la representación de otras empresas de viajes y turismo tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar a nombre de éstas cualesquiera de sus servicios; la realización de toda actividad similar o conexa a las mencionadas en beneficio del desarrollo del turismo; la compra y venta de cheques del viajero y de cualquier otro medio de pago por cuenta propia y/o de terceros; la formalización, por cuenta de empresas autorizadas de seguros que cubran los riesgos de los servicios contratados; los despachos de aduana en lo concerniente a equipajes y cargas de los viajeros, por intermedio de funcionarios o empresas autorizadas; la venta de todo tipo de entradas para eventos o espectáculos sean éstos públicos o privados, relacionados con el deporte, el arte, la ciencia, la cultura, la técnica, y de cualquier otra expresión cultural o espiritual del hombre, que favorezcan el desarrollo de una actividad relacionada con el turismo, ya sea en nuestro país o en el extranjero; la prestación de cualquier otro servicio no especificado precedentemente que sea consecuencia de las actividades específicas de las
empresas de viajes y turismo. D Las prestaciones de transporte para el turismo podrá efectuarlas en transporte público o privado de pasajeros y/o carga y/o equipajes mediante la explotación de vehículos propios y/o propiedad de terceros sean éstos personas físicas o jurídicas, y de concesiones y/o permisos de servicios de transporte público y/o privadas de pasajeros y/o de carga y/o equipajes, nacionales, internacionales, provinciales, interprovinciales, comunales, intercomunales, pudiendo desarrollarse las mismas como servicios para el turismo en cualquiera de las modalidades de transporte, sean éstas receptivo y/o emisivo, en el traslado de contingentes, multimodal, lanzadera, rotativo, en circuito turístico cerrado vinculando zonas o puntos de interés turístico mediante uno o varios recorridos predeterminados, con frecuencias horarias establecidas durante todos los días, permitiendo a los turistas o pasajeros poder permanecer en el vehículo de transporte que se trate durante todo el recorrido o interrumpiéndolo, subiendo y bajando del mismo, con la franquicia de poder completar el mismo en otro servicio de las frecuencias establecidas durante el mismo día y/o en varios días; atender programaciones turísticas mediante la armonización de diferentes servicios como hotelería, gastronomía, visitas guiadas a lugares de interés público, destinadas a satisfacer la afición de viajar, recorrer y visitar diferentes zonas, lugares o puntos de interés para el turismo y todas aquellas prestaciones del transporte destinadas al desplazamiento individual o colectivo de turistas, cualesquiera fueren las finalidades objetivas o subjetivas del viajero y la vía, tipo de vehículo, recorridos, calidad y modalidades, en viajes unitarios o combinados, con o sin guías conexos a la transportación. E Compra, venta arriendo o subarriendo de ómnibus, minibuses, vans, autos, yates, veleros, motos de agua, jet ski, motos, bicicletas, ciclomotores, moto triciclos y/o moto cuatriciclos, aviones mono y/o multimotores y/o jets, helicópteros, casas rodantes remolcadas y/o motor home, con o sin conductor, timonel o piloto, por hora, día, semana o el lapso que sea conveniente de todo tipo y cualquier vehículo automotor en general y/o aviones aeronaves, naves y cualquier medio de transporte para ser utilizado en su actividad para el turismo o como complemento de la misma; compra, venta y/o permuta y/o consignaciones y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, motores, combustibles y afines, así como productos y subproductos y mercaderías industrializadas o no y en general cualquier otro artículo para vehículos automotores, aviones, aeronaves, naves y cualquier otro vehículo de transporte, sin restricción ni limitación alguna, su importación o exportación y la reparación de los vehículos ya sean éstos propios y/o de terceros. Para el cumplimiento de sus fines la Sociedad podrá realizar todos los actos de comercio permitidos por las leyes, sin más limitación que las que se establezcan en las mismas y estos estatutos. Duración: 99
años. Capital: 12.000 pesos. Cierre de Ejercicio:

SOCIEDAD ANONIMA
Comunica que por Asamblea General Extraordinaria Unánime de 15/6/2004 se resolvió la reconducción de la sociedad por el término de 99
años y modificar el artículo 2 del Estatuto Social.
Autorizado Adrián Gómez N 23.194
ARAVIS
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución. Por escritura 191 del 23/7/2004.
Registro del Escribano 1444. Socios: Ezequiel
B.A.C.I.T.
SOCIEDAD ANONIMA
Por escritura 265 del 27/07/2004, folio 778, Registro Notarial 1603 de Capital Federal, se constituyó B.A.C.I.T. S.A.. Socios: 1 Fernando Javier Grizzo, argentino, nacido el 14/08/1970, hijo de Antonio Luis Grizzo y de Esperanza Martínez Caamaño, casado, D.N.I.: 21.541.597, ingeniero, domiciliado en Senador Pallares 1111, Lanús Oeste, Provincia de Buenos Aires; y 2 Ana María Szybut, argentina, nacida el 07/07/1950, hija de Alejandro Szybut y de Helena Nohaczewski, di-

PRESIDENCIA DE
LA NACION

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SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº298.140

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/08/2004 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha02/08/2004

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9349

Primera edición02/01/1989

Ultima edición02/06/2024

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