Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/2003 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

44 Martes 16 de diciembre de 2003
las manifestaciones vertidas por la Sindicatura en fs. 19. La propuesta sub examine aparece conveniente para la quiebra a los fines de ser tomada como base para un llamado a mejora de oferta, a poco que se advierta que la oferta de marras excede la valuación fiscal anoticiada en fs. 37 y aparece razonable a la luz de la Tasación estimada y la base sugerida por la martillera en fs. 16, de $ 53.000. Forma de venta: Los bienes se ofrecen en venta se vende ad-corpus y deberán ser aceptados por los oferentes en el estado que se encuentran y que los interesados declaran conocer, no admitiéndose en consecuencia reclamo alguno posterior. Base: $ 57.251, el pago de la oferta que se acepta deberá realizarse de contado dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución que apruebe la venta.
El precio de la oferta debe entenderse con exclusión del IVA. Esto es que el IVA, cuando corresponda tributarse estará a cargo exclusivo del comprador. El adjudicatario deberá acreditar su categorización respecto del IVA.
Junto con el pago. Presentación de las ofertas:
Los interesados en la adquisición del Inmueble y su Unidad Complementaria deberán presentar sus ofertas por duplicado en sobre cerrado que identifique los autos en idioma castellano, dirigido al Tribunal, Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 26 Secretaría N 52, sito en la calle Callao 635 Piso 1 Capital Federal. Las Ofertas deberán contener los siguientes datos: a Nombre o Razón Social del Oferente. b Domicilio real. c Domicilio especial, constituido en Capital Federal. d Todas las fojas deben estar numeradas y firmadas por el Oferente. No se admitirán ofertas en comisión. Las enmiendas y raspaduras deberán ser salvadas por el oferente al pie de la oferta. Los sobres conteniendo la oferta serán recibidos por el Actuario, quien dejará constancia en el expediente del día y hora de recepción de los mismos hecho lo cual los sobres serán depositados en la caja fuerte del Juzgado. La mera presentación de la oferta, implica el pleno conocimiento y aceptación de éste auto. En caso de ser persona física, indicar número de documento de identidad. f En caso de tratarse de una sociedad o persona jurídica, fotocopia del contrato social o estatuto, con constancia de las correspondientes inscripciones ante la Inspección General de Justicia, certificada por escribano que acredite la personería del firmante, y que se encuentra facultado para asumir las obligaciones establecidas en este auto, número de CUIT y estado frente al IVA.
Las sociedades que se presenten deberán contar para ello con la decisión en tal sentido del Organismo social competente y, en su caso, facultar al representante para ofertar. Los oferentes podrán ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras. En semejanza de condiciones de propuestas entre oferentes nacionales o extranjeros, el Juzgado los convocará para que mejoren sus ofertas ya sea en el precio, en las condiciones de pago o en sus Garantías. g Precio ofrecido el que deberá superar en un mínimo $ 1.000 la oferta efectuada y las mejoras propuestas al resto de las condiciones. h En la oferta se incluirá una Garantía por el 10% del monto de la oferta, depositada en banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales y como correspondiente a las presentes actuaciones. El adjudicatario que no cumpla, perderá a favor de ésta la garantía constituida bajo cualquiera de las formas indicadas, sin perjuicio de responder por los daños y perjuicios que sus actos y omisiones ocasionen a la quiebra.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.298 2 Sección Desestimación de las ofertas: incumplimiento de los oferentes a los requerimientos previstos en este auto así como de las disposiciones de la Ley 24.522 podrá dar lugar a la desestimación de las ofertas. No serán consideradas admisibles aquellas ofertas que: a contengan objeciones o Reservas al régimen establecido en el presente proveído, o las que en cualquier modo condicionen la vigencia y efectos de la presentación de la oferta o sus términos, o la subordinen en la ulterior existencia o comprobación de hechos o actuaciones, o limiten o restrinjan las obligaciones a asumir por el oferente y sus garantes para el caso que aquél resultare adjudicatario. b No supere en un mínimo de $ 1.000 la oferta próxima anterior. c Coticen por debajo del precio base. d Adolezcan de omisiones, incumplimientos o defectos graves que impidan su consideración. Aceptación de las condiciones: La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación por parte de los oferentes de este auto y las condiciones aquí dispuestas, así como de las resoluciones judiciales aclaratorias que pudieren dictarse. También implica la aceptación de la Jurisprudencia del Juzgado interviniente en la quiebra.
Presentación de las ofertas: las presentaciones de las ofer tas serán admitidas hasta el 23 de diciembre de 2003 a las 9.30 horas en la sede del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 26 Secretaría N 52, a partir de ese momento no se admitirán nuevas ofertas.
Apertura de las Ofertas: día 26 de Diciembre de 2003 a las 11 horas.
La Apertura conforme lo normado por el art. 5
de la ley 24.522, el día y hora señalado en el auto presente. El Tribunal, procederá a la apertura de los sobres así presentados. Previa constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos se procederá a labrar un acta donde se detalle el número asignado a la oferta por orden de presentación ante el Juzgado, nombre del oferente y condiciones de la misma en cuanto a precio y forma de pago. El tribunal procederá a hacer saber de viva voz la mayor oferta existente, invitándose a los oferentes mejorar la mayor oferta realizada hasta ese momento.
Adjudicación: previo al acto de adjudicación se dará vista a la sindicatura para que en el término de cinco días emita opinión respecto del acto licitatorio. La adjudicación obliga al oferente en los términos de su oferta y de la presente resolución, siendo título suficiente para exigir el cumplimiento o rescindir la operación ejecutando las correspondientes garantías.
Devolución Garantías de Ofertas: dentro de los diez días corridos desde que quede firme la adjudicación del inmueble, siempre que ello corresponda de acuerdo a las condiciones del presente proveído. Las correspondientes al adjudicatario serán tomadas como parte de pago del precio ofrecido.
Rescisión de la adjudicación: la adjudicación podrá rescindirse por el Juzgado mientras esté pendiente el pago del saldo de precio, o aún después de integrado el mismo en los siguientes supuestos a por el incumplimiento total o parcial por el adjudicatario de las obligaciones asumidas al presentar la oferta sus mejoras y de las que resultan del tenor del presente auto. b por presentación en concurso de acreedores o quiebra del adjudicatario. La rescición importará: 1 - La pérdida a favor del concurso de todas las sumas abonadas por el adquirente. 2. La pérdida de la tenencia del inmueble por parte del adjudicatario,
lo que implicará el inmediato desalojo del mismo, en su caso.
Comunicación de pago: El primer día hábil posterior a la realización del pago, el comprador deberá informar al Juzgado el importe abonado y su justificación detallada.
Por falta de cumplimiento: Aceptación tácita de todo lo expuesto En el auto completo. Se procederá en la forma dispuesta en el art. 205, último párrafo de la Ley de Concursos. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones asumidas por el adjudicatario, podrá dar lugar a la anulación de la adquisición quedando el Tribunal a solo juicio a adjudicar el inmueble a quien se ha
gundo lugar, previa aceptación de éste y así sucesivamente para el caso que el siguiente asignado no acepte le sea adjudicada la compra.
Gastos y honorarios: La totalidad de los gastos y honorarios que demande la transferencia de los inmuebles estarán a cargo de la parte compradora. Comisión de la martillero designada en autos:
se basará en el monto de la Base de este llamado a mejora. Deberá ser depositada por el oferente.
Plazos y notificaciones: todos los plazos se entenderán en días corridos, salvo que se hable de días hábiles o que se trate de aquellos que surjan de la Ley 24.522 y del Código Procesal Civil y Comercial. Las notificaciones vinculadas con esta mejora de oferta, con excepción de las referentes a las que den traslado de la adjudicación quedarán notificadas por nota.
Exhibición: dias: 15,16 y 17 de diciembre 2003
de 11 a 13 hrs. Por la martillero Sra. María Cecilia González, designada en estos autos.
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2003.
María Julia Morón, secretaria.
e. 12/12 N 434.631 v. 16/12/2003
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 26, Secretaría Nro. 51, sito en Avda.
Callao 635, Piso 1 de la Cdad. de Buenos Aires, en los autos caratulados: AGROPECUARIA DEL
SUR S.A. s/Quiebra s/Incidente de Realización de Inmueble, Expt. Nro. 43.446, comunica por dos días que se ha dispuesto un llamado a mejorar la oferta presentada en autos por $ 1.100.000, para la adquisición de los inmuebles sitos en el Departamento de Catan Lil, Provincia del Neuquén, a saber: a Lote 1, Secc. XXV, parte lotes 17 a 32.
Nomenclatura Catastral: 11-RR-20-3521 y b Lote 2, Secc. XXV, parte lotes 17, 20, 21, 24, 25, 28, 29, 32. Nomenclatura Catastral: 11-RR-20-4016.
Deudas: Rentas: $ 10.545,95, hasta 31/8/2003, lote 1 y $ 27.402,95 hasta el 31/8/2003 lote 2.
Respecto de las deudas anteriores al decreto de quiebra, los acreedores correspondientes deberán presentarse a verificar sus créditos art. 32
LC, las deudas posteriores al decreto de quiebra serán pagadas, en principio, como gastos del concurso previa verificación de las mismas art. 240
LC; y las deudas posteriores a la toma de posesión por parte del adquirente; serán a su cargo. El inmueble se encuentra ocupado por La Bastilla S.A., quien por resolución del Tribunal de fecha 15
de octubre de 2003 deberá desocuparlo dentro de los diez días de la adjudicación, bajo apercibimiento de lanzamiento. La venta se efectúa ad corpus, al contado, pagadero dentro de los cinco días hábiles a partir de la notificación de la resolución que apruebe la venta, no incluye IVA y de corresponder estará a cargo del comprador. El adquirente deberá abonar la comisión 3% del precio base al martillero designado. Los interesados
deberán presentar su oferta por duplicado en sobre cerrado que en su parte exterior indentifique los autos, en idioma castellano, dirigido al Tribunal y en su interior deberá contener: nombre o razón social del oferente, domicilio real y especial constituido dentro de la jurisdicción del Juzgado, todas las fojas numeradas y firmadas por el oferente, no se admiten ofertas en comisión, enmiendas salvadas al pie de la oferta, Nro. de Cuit y estado frente al IVA. En caso de ser persona física, indicar Nro. de documento y en caso de sociedades o personas jurídicas, acreditar estatutos o contrato social con la correspondiente inscripción en personas jurídicas, certificados por escribano que acredite la personería del firmante y que se encuentra facultado para asumir las obligaciones establecidas en este llamado. Las sociedades que se presenten deberán contar para ello con la designación en tal sentido del organismo social competente y en su caso, facultar al representante para ofertar. Los oferentes podrán ser personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras y en semejanza de condiciones de propuesta entre oferentes nacionales o extranjeros, el Juzgado los convocará para mejorar sus ofertas ya sea en el precio, en las condiciones de pago en sus garantías.
El precio ofrecido deberá ser superior en un mínimo de $ 1.000 a la oferta objeto de este llamado y el mismo monto mínimo para las mejoras que se propongan. La oferta incluirá una garantía del 10%
del monto ofertado mediante depósito bancario en dólares y/o pesos en la cuenta de autos en el Banco Ciudad de Bs. As. Suc. Tribunales. El adjudicatario que no cumpliere con sus obligaciones, sin perjuicio de responder por daños y perjuicios, perderá la garantía constituida. El incumplimiento por parte de los oferentes a los requisitos solicitados, podrá dar lugar a la desestimación de la oferta.
No serán consideradas admisibles las ofertas que contengan: objeciones o reservas, o condicionen la vigencia y efectos de la presentación, o la subordinen a ulteriores hechos o situaciones, o limiten o restrinjan las obligaciones a asumir, las que no superen un mínimo de $ 1.000 la oferta próxima anterior, cotizen por debajo del precio base, adolezcan de omisiones, incumplimientos o defectos graves que impidan su consideración. La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación por los oferentes de este llamado y las condiciones aquí dispuestas, así como de las resoluciones judiciales aclaratorias que pudieran dictarse. También implica la aceptación de la jurisprudencia del juez interviniente en la quiebra.
Las ofertas serán admitidas hasta el 19 de diciembre de 2003 a las 13,30 hs. en la sede del Tribunal, no rigiendo plazo de gracia alguno. La audiencia para la apertura de sobres se realizará el día 22 de diciembre de 2003 a las 9,30 hs. en dicha sede. La apertura de los sobres se efectuará conforme lo normado en el art. 205 inc. 5 de la ley 24.522 en el día y hora señalado. Los gastos y honorarios por la transferencia de los inmuebles estarán a cargo de la parte compradora. Todos los plazos se entenderán de días corridos, salvo que se trate de días hábiles o aquellos que surjan de la ley 24.522 o del Código Procesal Civil y Comercial. Todas las resoluciones que se dicten quedarán notificadas ministerio legis, salvo la que confiera el traslado de la adjudicación. Todo ello de conformidad a lo resuelto con fecha 20 de noviembre de 2003 obrante a fs. 483/492 de autos. Publíquese por dos días en el diario Boletín Oficial.
Buenos Aires, 11 de diciembre de 2003.
Mariel S. Dermardirossian, secretaria.
e. 15/12 N 435.083 v. 16/12/2003

JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL
Publicación extractada Acordada Nº 41/74 C.S.J.N.

3.3. SUCESIONES
Se cita por tres días a partir de la fecha de primera publicación a herederos y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que dentro de los treinta días comparezcan a estar a derecho conforme con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.

ANTERIORES

Juzg.

Sec.

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U
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Secretario GONZALO E.R. MARTINEZ ALVAREZ
GONZALO E. R. MARTINEZ ALVAREZ
SILVIA CANTARINI
RAQUEL ELENA RIZZO
EDUARDO NUZZOLESE
CELIA ANGELES PEREZ
HORACIO RAUL LOLA
FERNANDO L. SPANO
MARIA LAURA RAGONI
MARIA LAURA RAGONI
SOLEDAD CALATAYUD
MARIA M. VIANO CARLOMAGNO
MARIA M. VIANO CARLOMAGNO

Publicación: Comienza: 12/12/2003 - Vence: 16/12/2003
Fecha Edicto 11/11/2003
11/11/2003
28/11/2003
24/11/2003
28/11/2003
20/11/2003
03/12/2003
21/11/2003
07/11/2003
19/11/2003
02/12/2003
01/12/2003
01/12/2003

Asunto
Recibo Nieves Rubio Ruben Norberto Fernandez ALICIA ANA KOEN
Hebe Elisabeth Angela Eufemia KENT
CARRILLO, Eddie Rubén CELIA ERMELINDA SAETTONE
JOSE FAUSTINO FANO
GHIGLIA, IVO CLETO EUGENIO
ANGELA MARTA FELIPPELLI
Carmen VASSALOTTI
Maximiliano José VIDMAR
CLAUDIA BEATRIZ KON
MARÍA ELENA JUANA VALLEJO

10193
10192
38074
38118
14010
10174
10147
10157
10134
10141
13997
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/12/2003 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha16/12/2003

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9354

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

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