Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2003 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.261 2 Sección párrafo primero del artículo 31 de la Ley 19.550
para las sociedades de objeto exclusivamente financiero o de inversión, las siguientes actividades: a Desarrollar negocios, explorar y evaluar alternativas de inversión en el país y en el extranjero, participar en emprendimientos industriales del rubro siderúrgico o metal mecánico, o de cualquier otro rubro o actividad, comerciales, inmobiliarios, financieros, y de cualquier otra naturaleza; b Realizar aportes e inversiones de capital como socia de sociedades comerciales por acciones, constituidas o a constituirse; c Realizar operaciones de financiación y de crédito en general, mediante cualquiera de los mecanismos de inversión o financiación previstos en la legislación vigente; d Otorgar préstamos y/u otros tipos de financiaciones; e Gerenciar y/o administrar negocios propios y/o de terceros con plena capacidad para definir planes de negocio, desarrollar estrategias comerciales y/o financieras; y f Comprar, vender y negociar títulos, acciones, obligaciones negociables, debentures y otros valores mobiliarios públicos o privados y realizar operaciones financieras en general. Quedan excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, dar garantías a sociedades de las que sea socia y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital:
$ 12.000, representado, por doce mil acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una y de un peso valor nominal cada acción. Administración y Representación: Directorio, compuesto de 1 a 5 miembros titulares, pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, elección 1 ejercicio.
Presidente y Directora Titular: Lucila Mosqueda;
Director Suplente: Boris Alí Narváez Mena. Cierre de ejercicio: 31/12 de c/año. Domicilio Social:
Av. Pte. Roque Sáenz Peña 1134, 2 Cap. Fed.
Escribano - José Luis Alvarez N 34.108

RIJAVEC HNOS. Y MOSETTI
S.A.I.C.
Por Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 28.2.1992, se procedió a la adecuación de los Estatutos sociales a la Ley 19.550. Objeto: a Fabricación de elementos de herrería, de obras y de carpintería metálica, en sus conjuntos completos o partes de ellos, la instalación de tales elementos en las obras edilicias en construcción y/o edificios terminados realizar todo tipo de construcciones metálicas, efectuar todos los trabajos y operaciones vinculados con los fines expuestos fabricando los elementos mencionados para obras determinadas y/o para ser destinados a la comercialización; la transformación de metales ferrosos y no ferrosos destinada a la elaboración de todo tipo de elementos, herrajes y artefactos ya sea como productos terminados o como parte de ellos, para ser aplicados a los bienes inmuebles ya como parte integrante de las edificaciones, ya como accesorios de edificios; b Explotar la venta de los productos fabricados, explotar la compra, venta, permuta, importación, exportación, consignación, distribución y alquiler de bienes inmuebles, explotación de garajes, maquinarias, semovientes, patentes de invención y marca de fábricas nacionales y extranjeras, diseños, modelos industriales materias primas elaboradas, y a elaborarse, representación, comisiones y mandatos, explotar los servicios que sean prestados con motivos de las actividades industriales. Capital: El Capital Social se fija en la suma de diez mil pesos representado por 10.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y de un voto por acción. Cierre de ejercicio: 31/12.
Administración y Rep.: Presidente y Vicepresidente en su caso. La sociedad prescinde de sindicatura.
Sede Social: Joaquín V. González 1123/29, Cap.
Fed.
Autorizado - Santiago Caniggia Bengolea N 34.154

SEMEX ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
Comunica que por Asamblea General Extraordinaria Unánime del 1/7/03 se resolvió: 1 Aumentar en capital de $ 150.000 a $ 1.241.240 y 2
Modificar el Art. 5 del Estatuto Social.
Autorizado - Adrián Gómez N 34.185

SINTEC
SOCIEDAD ANONIMA
Inscripta en la I.G.J. 24/7/92, N 6677, L 111, T, de S.A. En Asamblea General Ord. y Extr. del 20/10/2000, se reformó el art. 4 del estatuto por aumento del Cap. Soc. a $ 959.847, representado por 959.847 acciones ord., nom., no endosables, de $ 1 V.N. c/u y con derecho a 1 voto por acción.
Por Asamblea General Extraordinaria del 20/12/2001, la sociedad prescindió de la sindicatura reformándose los artículos 6 y 8, del Est. Social. Por acta de directorio del 14/1/ 2003 se cambió la Sede Social a la Av. Paseo Colón N 746, P.B. Cap. Fed.
Autorizado - Walter Pastorino N 6698
SOCAFI
SOCIEDAD ANONIMA
Por escritura 515, de 17.10.2003, Reg. 289, Ciudad de Bs. As., se constituyó la sociedad: 1 Jacques Cabal, 15.10.1928, pasapor te N
86-01-02-1742, CDI 20-60280032-7; y señora Sylviane Rose Cabeau Cabal, 10.2.1929, pasaporte N 86.01.02.1741, CDI 27-60296546-0; ambos de nacionalidad francesa, empresarios, domiciliados 88 Rue de la Renaitrie 86100 Chatellerault, Francia. 4 Salguero 3090, piso 6to. departamento A, Ciudad de Bs. As. 5 1. Explotación de todas las actividades agrícologanaderas, frutícolas y hortícolas, extendiéndose hasta las etapas de producción, industrialización y comercialización de los productos derivados de esa explotación, incluyendo su conservación y envasado. 2.
Producción, industrialización, fraccionamiento, envasado y comercialización de alimentos. 3. Importación y Exportación. 4. Adquisición, explotación, arrendamiento, compra, venta, permuta y administración de inmuebles urbanos y rurales, y especialmente de campos propios o de terceros, y de establecimientos agro industriales. 5. Realización de aportes de capital para operaciones realizadas o a realizarse, financiamiento, préstamos hipotecarios, o crédito en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas; participación en empresas de cualquier naturaleza mediante la creación de o la participación en sociedades por acciones, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración, joint ventures, consorcios, y en general: la compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse. Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la que se requiera el concurso público. 6 99 años.
7 12.000.-. 8 Directorio: uno a cinco miembros titulares, e igual o menor número de suplentes, por 3 ejercicios. Director Titular y Presidente: Jorge Enrique Thurin. Director Suplente: Eric Serge Oliviero. Se prescinde de la sindicatura. 9 Presidente o Vicepresidente en su caso. 10 31.12.
Apoderado - Sergio A. Ragonesi N 34.106

SOCIEDAD ANONIMA IMPORTADORA Y
EXPORTADORA DE LA PATAGONIA
R.P.C. 28/8/1918, N 78, L 39, F 479, T A
Estatutos Nacionales. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 14-10-03, se resolvió modificar los arts. 1, 5, 11, 13 y 21 del estatuto, incorporar el art. 28 y elaborar un texto ordenado del estatuto social. Se incorporó al final del art. 1 el siguiente texto: La sociedad reviste el carácter de Sociedad No Adherida al Régimen Estatutario Optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria. Se incorporó al final del art. 5 el siguiente texto: La Asamblea podrá aprobar la emisión de opciones sobre acciones o valores convertibles en acciones y delegar en el Directorio la fijación de los términos y condiciones de su emisión, de los derechos que otorguen, y la fijación del precio de las opciones, de los valores convertibles en acciones y el de las acciones a las que éstas den derecho. Se incorporó al final del art. 11 el siguiente texto: Mientras la Sociedad se encuentre admitida al Régimen de Oferta Pública y resulte obligatorio de conformidad con la normativa vigente que le sea aplicable, ésta contará con un Comité de Auditoría que tendrá a su cargo, como función primordial, servir de apoyo al Directorio en sus funciones de control interno. El Comité de Auditoría funcionará en forma colegiada y estará integrado por un mínimo de 3 tres personas elegidas de entre los miembros del Directorio, por decisión de ese órgano, adoptada por mayoría sim-

ple de votos. La mayoría de los miembros del Comité de Auditoría deberán revestir el carácter de directores independientes, conforme los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Valores que se encuentren vigentes al momento de su designación. El Comité de Auditoría contará para el ejercicio de sus funciones con un presupuesto anual, que deberá ser aprobado por la Asamblea de Accionistas que apruebe los Estados Contables Anuales, la que podrá delegar en el Directorio de la Sociedad su fijación. El Directorio dictará un reglamento interno, relativo a la composición, funcionamiento, y demás particularidades del Comité de Auditoría, teniendo facultades para modificarlo, el que por lo demás se regirá según lo prescripto por la ley y las normas de la Comisión Nacional de Valores. El art. 13 quedó redactado de la siguiente manera: El Directorio se reunirá en las oportunidades y modos previstos por el art.
267 de la Ley 19.550. Funcionará con la asistencia de la mayoría de sus miembros, ya sea presentes físicamente o comunicados entre sí por otros medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes o palabras, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos, incluidos los de los miembros participantes a distancia y el del Presidente, pero, en caso de empate, el Presidente o quien lo reemplace, tendrá doble voto para decidir. Las resoluciones se harán constar en actas de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 73 y 249
de la Ley 19.550. Cuando se trate de reuniones celebradas a distancia, se especificará en el acta que se labre qué miembros estuvieron presentes y cuáles participaron a distancia, indicando el sistema de transmisión utilizado. En estos casos, la Comisión Fiscalizadora dejará constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas y las actas serán firmadas por los directores presentes y el representante de la Comisión Fiscalizadora. Se incorporó al final del art. 21 el siguiente texto: Las asambleas, sean éstas ordinarias, extraordinarias o especiales de clase, podrán celebrarse a distancia, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N 677/2001 y las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores correspondientes;
y se incorporó un nuevo art. bajo el número 28
con la siguiente redacción: A los fines del artículo 38 del Decreto 677/2001 y las disposiciones reglamentarias de la Comisión Nacional de Valores, y en tanto y en cuanto se hallen en vigencia dichas normas, la Sociedad se somete a la competencia del Tribunal Arbitral de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires de acuerdo con la reglamentación vigente para el arbitraje de derecho, para todas las acciones derivadas de la Ley 19.550
y sus modificaciones, incluso las demandas de impugnación de resoluciones de los órganos sociales y las acciones de responsabilidad contra sus integrantes o contra otros accionistas, así como las acciones de nulidad de cláusulas de este estatuto.
Presidente - Federico Braun N 34.155
TECNO STAR

Jueves 23 de octubre de 2003

5

A cargo de un Síndico Titular y un Suplente, por 1
ejercicio, siendo reelegibles. Cierre del ejercicio:
31/12 de cada año.
Apoderado - Fernando Bruno Silvestri N 34.121
TERRANOVA ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA
Se hace saber que por asamblea general ordinaria del 28.03.03 y reunión de directorio celebrada en la misma fecha el directorio de la sociedad quedó compuesto de la siguiente manera: Presidente: Gerardo Ourracariet; Vicepresidente: Víctor Weisberg; Director titular: Julián Sánchez del Valle; Director suplente: Javier Martín Petrantonio.
Se hace saber que por la misma asamblea, se resolvió que los artículos décimo y decimoquinto del estatuto social queden redactados de la siguiente manera: Fiscalización. Artículo 10: La sociedad prescinde de la sindicatura. Cuando en el caso de decidirse un aumento de capital la sociedad quedare comprendida en el inciso 2 del artículo 299 de la ley N 19.550, la asamblea la cual deberá designar a un síndico titular y uno suplente, con mandato por un ejercicio; Artículo 15: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el directorio o por ellos liquidadores designados por la asamblea, bajo la vigilancia del síndico, en su caso. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas, con las preferencias indicadas en el artículo anterior.
Autorizada - Carolina Paola Leonhart N 12.062
TRANSPORTES UNIVERSALES
SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, FINANCIERA Y DE MANDATOS
Esc. 159, F 757, 16-10-2003, Reg. 348 Cap.
Fed.; Por resolución de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N 27, unánime del 28-5-2003, la sociedad decidió: a Aumentar el capital social de $ 100.000 a $ 600.000, emitiendo las acciones representativas del aumento del capital social resuelto; b Reducir voluntariamente el capital social de $ 600.000 a $ 100.000 y c Modificar el Artículo Cuarto del Estatuto Social, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 4: El capital social es de $ 100.000.- representado por 1.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 100 valor nominal cada una y de voto simple. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme al artículo 188 de la Ley 19.550 debiendo dicha decisión ser elevada a escritura pública en cuyo acto se pagará el impuesto fiscal que pudiere corresponder.
Escribano - Jorge Horacio Armando N 6660

SOCIEDAD ANONIMA
VINCULOMEDICO ARGENTINA
Por escrit. N 205 del 16/10/2003, F 590, Reg.
1148; Carla Fernanda Estebanez, arg., nac. 5/3/77, sol., abogada, DNI 25.594.247 y Martín Ricardo Esnaola, arg., nac. 19/7/55, cas., empresario, DNI
11.478.271, ambos doms. en Talcahuano 718, 3
A, Cap. Fed. Constituyeron: TECNO STAR S.A., dom. en Cdad. Bs. As., sede social: Talcahuano 718, 3 A, C. Fed. Duración: 99 años a partir inscrip. en R.P.C. Objeto: a La fabricación, venta y/o locación de máquinas de juegos de azar, electrónicos o vídeos para salas de juego públicas y privadas, casinos y todo lo vinculado a los procedimientos computarizados, hardware y software, su comercialización, distribución y explotación directa; como así también la importación y exportación de partes, repuestos y/o equipos completos de aquéllos; y b La realización de la administración y explotación de juegos de ruleta, punto y banca, black jack, máquinas mecánicas y electrónicas y todo otro juego propio de casinos y salas de juego; como también la administración y explotación integral de establecimientos de casinos y salas de juego, y toda otra actividad y servicios complementarios de los mismos; para lo que deberá ajustarse a las normas regulatorias vigentes y a la intervención, en su caso, de la correspondiente autoridad de aplicación; pudiendo participar en licitaciones públicas y/o privadas, ya sean nacionales y/o internacionales. Capital Social: $ 12.000.-.
Administración: Estará a cargo del Directorio formado por 1 a 3 titulares por 3 ejercicios. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente o al Vicepresidente en su caso. Directorio:
Presidente: Carla Fernanda Estebanez, Director Suplente: Martín Ricardo Esnaola. Fiscalización:

SOCIEDAD ANONIMA
1 Edgardo Néstor Vázquez, cas., arg., nac.
1/11/1951, DNI 10.130.251, CUIT: 20-10130251-3, médico, domic. Paraguay 2641, 3 15, Cap. Fed.;
y VínculoMedico Inc. en trámite de inscripc. como sociedad extranjera, Art. 123, Ley 19.550. 2 Escrit. 14/10/2003. 3 VINCULOMEDICO ARGENTINA S.A.. 4 Jerónimo Salguero 2731, 4 43
Cap. Fed. 5 a Desarrollar, explotar y comercializar software para su aplicación en sistemas médicos, en todas sus especialidades, pudiendo en el futuro extenderse a otros diversos mercados; y también para la administración de todo tipo de negocios y empresas. Incluidos todo tipo de desarrollo y explotación comercial vía internet. b Proveer consultoría y/o asesoramiento en materias relacionadas con la organización, financiamiento y operaciones de empresas relacionadas con la salud humana o agro-veterinaria o que presten servicios a las mismas. c Análisis de sistemas y generación de programas de informática, con aplicación a la investigación médica en todas sus ramas, como aplicaciones a técnicas de laboratorio de investigación y tratamiento. d Instalación de equipos ordenadores electrónicos individuales o en red, con aplicación a tareas de comunicación, organización de la atención en consultorios médicos, laboratorios, sanatorios, clínicas y hospitales y para la administración de dichos establecimientos. e Fabricación, instalación, mantenimiento y comercialización de productos electrónicos, eléctricos, electromecánicos, neumáticos.
Instrumental de medición para uso en medicina, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/10/2003 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha23/10/2003

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9359

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

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