Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2000 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2000

Nº 29.537
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. JORGE E. DE LA RUA
MINISTRO

SECRETARIA DE JUSTICIA Y
ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. MELCHOR R. CRUCHAGA
SECRETARIO

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. FRANCISCO FUSTER
SUBSECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 34.903

1. Contratos sobre personas jurídicas
1.1 SOCIEDADES ANONIMAS

APPUYER
SOCIEDAD ANONIMA
1 22/11/2000. 2 Teodoro, Oscar Aguer, argentino, soltero, comerciante, nacido el 31-5-1963, con D.N.I. 16.246.731, y, María Marta Rovere, argentina, soltera, docente, nacida el 24-11-1943, con

2

AÑO CVIII

1. CONTRATOS SOBRE PERSONAS JURIDICAS
2. CONVOCATORIAS Y AVISOS COMERCIALES
3. EDICTOS JUDICIALES

D.N.I. 4.751.247, ambos domiciliados en Av. Roque Sáenz Peña 811 piso 7 C Capital Federal.
3 APPUYER SOCIEDAD ANONIMA. 4 Avenida Roque Sáenz Peña 811 piso 7 C Capital Federal. 5 99 años a partir de su inscripción en el R.P.C.
6 Realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades. Inmobiliaria: Podrá llevar a cabo actividades de compraventa de inmuebles urbanos y rurales, sea para uso propio o para comercializados. Representaciones y mandatos: Ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes y capitales, mediante operaciones de distribución y promoción de inversiones inmobiliarias. Financiera: otorgar préstamos y/o aportes de inversiones de capitales a particulares o sociedades: realizar financiaciones y operaciones de crédito en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y realizar operaciones financiera en general. Quedan excluidas las operaciones de la ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. Importación y exportación: La realización de operaciones de comercio internacional, incluyendo la importación y exportación de bienes y/o servicios. 7 Doce mil pesos $ 12.000.
8 La Administración a cargo de un Directorio de 1 a 5 por 2 ejercicios. La representación legal el presidente y/o el Vicepresidente en su caso. 9 La sociedad prescinde de sindicatura conforme el Art.
284 Ley 19.550. 10 El ejercicio cierra el 31 de diciembre de cada año. 11 Directorio: Presidente: Teodoro Oscar Aguer, Director Suplente: María Marta Rovere.
Autorizado - Guillermo A. Symens N 71.341
BANCO DE VALORES
SOCIEDAD ANONIMA
Por acta de asamblea extraordinaria del 14/11/
2000 se aprobaron las siguientes modificaciones del estatuto social: Reforma del Estatuto Social, artículos décimo, undécimo y vigésimo primero y adecuación de los artículos adecuación de los artículos duodécimo, décimo sexto y décimo octavo a las reformas propuestas: Artículo segundo: Tiene por objeto realizar todas las operaciones de intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros, siempre de acuerdo con las que rigen o en el futuro pudieran regir para los bancos comerciales y conforme con las disposiciones y normas del Banco Central de la República Argentina que reglamenten su ejercicio, a saber: 1 Recibir depósitos en pesos y moneda Extranjera, en cuenta corriente, a plazo fijo, en caja de ahorros o de otra clase o género.
2 Descontar, girar, recibir, cobrar, aceptar y pagar cheques de cualquier naturaleza y otros títulos de comercio del interior o del exterior sea por cuenta propia o de terceros. 3 Abrir créditos en cuenta corriente, con o sin garantías a personas físicas o sociales. 4 Otorgar créditos de cualquier naturaleza, tanto a corto como a mediano o largo plazo, conforme con la política de crédito que, sobre la materia, fije el Banco Central de la República Argentina u otra autoridad competente en materia, con o sin garantía real o personal. Hacer anticipos y prestamos sobre depósitos o garantías de títulos valores públicos o privados entre estos últimos, acciones y debentures de sociedades anónimas, sociedades con participación estatal mayoritaria y sociedades en comandita por acciones; monedas de oro y plata, cartas de porte, conocimientos de embarque, certificados de depósitos warrants, certificados de confianza y mercaderías en depósito y sobre todo título valor
$ 0,70

4. PARTIDOS POLITICOS
5. INFORMACION Y CULTURA

autorizado para ser ofrecido públicamente o que no siéndolo, por un valor a juicio del Directorio, pueda ser tomado en garantía, ajustándose a las disposiciones y normas fijadas por el Banco Central de República Argentina y la Comisión Nacional de Valores. 5 Operar en cambios, comprando o vendiendo divisas y monedas extranjeras, con o sin contratos de cambio, al contado y a plazo, omitir, pagar y cobrar giros y realizar operaciones en moneda extranjera en todas sus formas. 6
Comprar, vender o negociar por cuenta propia o por cuenta de terceros, títulos valores públicos y privados. 7 Cobrar y pagar por cuenta de terceros, capital, servicios, impuestos, tasas, facturas, Intereses, dividendos, rentas y además, efectuar operaciones en títulos valores al cobro, 8 Emitir cheques, letras, cheques del viajero y cualquier otro tipo de obligaciones nominales y al portador, sobre plazas del interior y exterior del país. 9
Redescontar los valores de su cartera. 10 Recibir en depósito para su custodia, por cuenta de terceros títulos de valores, documentos y otros bienes y valores. 11 Aceptar mandatos, tanto de carácter comercial como civil y ejercer la representación de terceros. 12 Actuar como corresponsal, agente o representante de otros bancos o entidades financieras y Bolsas o Mercados de Valores del país y del exterior, previa autorización del Banco Central de la República Argentina y de la Comisión Nacional de Valores, si fuese necesario; asimismo, también podrá aceptar comisiones de carácter bancario, financiero y comercial.
Podrá además concurrir a licitaciones y a la obtención de concesiones por cuenta de terceros y propias, dentro de las disposiciones y normas por el Banco Central de la República Argentina. 13
Tomar a su cargo la administración de propiedades por cuenta de terceros, comprendido en esto la compra, venta, las cobranzas de saldo de precio y cuotas de bienes raíces, vendidos a plazos o en cualquier otra forma. 14 Otorgar avales, fianzas u otras garantías y aceptar y colocar letras y pagarés de terceros vinculados con operaciones en que interviniere. 15 Arrendar cajas de seguridad para el servicio de sus clientes, en las condiciones que determine el Directorio. 16 Recibir por cuenta propia o de terceros, inmuebles, muebles, semovientes, títulos valores y mercaderías, en garantía de créditos que acuerde o de deudas existentes o como refuerzo de garantía. Comprar inmuebles, muebles o semovientes y aceptar daciones en pago, para facilitar la realización o liquidación de operaciones o cuentas pendientes. Los bienes así adquiridos podrán ser vendidos para la liquidación parcial o total de las deudas. Podrá asimismo adquirir en propiedad con el objetivo de defender su crédito o sus intereses, aquellos bienes que reconozcan hipotecas, prendas u otros gravámenes a favor del banco, podrá también comprar bienes inmuebles y muebles para su uso propio, conforme con las normas que la Autoridad de Control dicte al efecto. 17 Aceptar y desempeñar los cargos de interventor, síndico o liquidador por sí solo o en unión de otras personas o entidades, en los casos de convocatorias, quiebras, concursos, liquidaciones extrajudiciales u otros casos análogos, podrán también ser administrador o liquidador de sociedades, de bienes en condominio, sucesiones o testamentarias y aceptar poderes generales o especiales. 18 Establecer filiales y representaciones, dentro y fuera de la República pudiendo conforme con la legislación vigente en su momento, fijarles en capital determinado.
19 Celebrar con los gobiernos nacionales, provinciales y municipales, entidades oficiales, mixtas y privada, todos los contratos y operaciones financieras, inmobiliarias, comerciales e industriales, relacionados directa o indirectamente con su objeto o destinados a fomentar su desarrollo. 20
Contratar seguros y reaseguros como asegurado, contra toda clase de riesgos conforme con las
SUMARIO
Pág.
1. CONTRATOS SOBRE
PERSONAS JURIDICAS
1.1 Sociedades Anónimas

1

1.2 Sociedades de Responsabilidad Limitada

6

2. CONVOCATORIAS Y AVISOS
COMERCIALES
2.1 Convocatorias Nuevas
Anteriores

11
29

2.2 Transferencias Nuevas
Anteriores

12
33

2.3 Avisos Comerciales Nuevos
Anteriores

13
34

2.4 Remates Comerciales Nuevos
Anteriores

19
34

3. EDICTOS JUDICIALES
3.1 Citaciones y Notificaciones Nuevas
Anteriores

19
35

3.2 Concursos y Quiebras Nuevos
Anteriores

20
38

3.3 Sucesiones Nuevas
Anteriores

21
43

3.4 Remates Judiciales Nuevos
Anteriores

22
45

leyes y disposiciones vigentes en su momento. 21
Asociarse y fusionarse con otras entidades financieras, previa autorización de la Asamblea General de Accionistas y cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia. 22
Intervenir en la colocación de títulos valores públicos y privados, de cualquier naturaleza, actuando como agente colocador en forma directa o interviniendo en consorcios. Efectuar todas las operaciones que tengan por finalidad la expansión, consolidación y mejoramiento del mercado de capitales bursátil. Realizar inversiones en ellos a efectos de prefinanciar sus emisiones y colocarlos. 23 Actuar como fideicomiso y depositarlo de fondos comunes de Inversión; administrar carteras de valores mobiliarios y cumplir otros encargos fiduciarios. 24 Ser titular de acciones o participaciones de otras entidades financieras, cualquiera sea su clase, siempre que medie autorización. 25. Dar en locación bienes de capital adquiridos con tal objeto. 26 Otorgar anticipos sobre créditos provenientes de ventas, adquirirlos, asumir sus riesgos, gestionar su cobro y prestar su asistencia técnica y administrativa. El Banco podrá efectuar en general toda operación autorizada por las leyes y reglamentaciones vigentes en su momento para los bancos comerciales, en es-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2000 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha30/11/2000

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9336

Primera edición02/01/1989

Ultima edición20/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2000>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930