Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/1998 - Segunda Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

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Lunes 19 de enero de 1998

fuero o jurisdicción, en que la Sociedad sea parte, pudiendo absolver posiciones cualquier Director titular, Gerente o Apoderado con facultades suficientes. Funcionamiento del Directorio.
Artículo 12º El Directorio debe reunirse con la periodicidad que dispone la legislación vigente y cuando lo requiera cualquiera de los Directores o el Síndico. En su primera reunión, y si no lo hubiera hecho la Asamblea que lo eligió, nombrará un Presidente y un Vicepresidente.
Puede crear otros cargos dentro de su seno que autorice la legislación vigente. Sus resoluciones se adoptarán por mayoría de los votos de los Directores presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá derecho a votar nuevamente a los efectos de desempatar. El quórum de sus reuniones es de la mayoría absoluta de sus Integrantes. En garantía del fiel desempeño de sus funciones, cada Director titular depositará en la caja social la suma de $ 100 cien pesos en efectivo, o en títulos públicos por su valor nominal.
Todos los Directores deben constituir domicilio en la República, donde serán válidas las notificaciones que se les efectúan con motivo del ejercicio de sus funciones. Fiscalización Privada.
Artículo 14º. La fiscalización de la Sociedad estará a cargo de un Síndico Titular elegido por la Asamblea de Accionistas por el término de un año. La asamblea deber elegir un Síndico Suplente por el mismo término. Asimismo, cuando de acuerdo con la legislación vigente, la Sindicatura deba ser colegiada, la fiscalización de la Sociedad estar a cargo de una Comisión Fiscalizadora compuesta de tres síndicos titulares y tres suplentes elegidos por la Asamblea por el término de un año, la que deberá sesionar con la presencia de dos miembros y resolver por el voto favorable de dos de sus miembros, sin perjuicio de las atribuciones que individualmente correspondan a los síndicos. De entre los miembros titulares, se elegirá al Presidente. Los miembros suplentes de la Comisión Fiscalizadora llenarán las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. La Comisión Fiscalizadora podrá ser representada por cualquiera de sus miembros en las reuniones de Directorio o Asambleas. Su remuneración será fijada por la Asamblea, con imputación a gastos generales o a ganancias líquidas realizadas del ejercicio en que se devenguen. Cierre del Ejercicio Económico.
Artículo 19º. El ejercicio económico de la Sociedad cierra el treinta y uno 31 de diciembre de cada año, confeccionándose los Estados Contables, Memoria, Informe del Síndico y demás elementos inherentes de acuerdo a las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas en vigencia, en los plazos correspondientes. La fecha de cierre de ejercicio puede ser modificada por la Asamblea Extraordinaria, inscribiéndose la resolución en el Registro Público de Comercio y comunicándola a las autoridades de contralor.
Balance General y Distribución de Utilidades.
Artículo 20º. Las ganancias líquidas y realizadas que arroje el balance, confeccionado de acuerdo a las normas legales, reglamentarias y técnicas en vigencia, se destinarán: a El cinco por ciento 5 % al Fondo de Reserva Legal, hasta que éste alcance el veinte por ciento 20 %
del capital suscripto. b Al pago de los dividendos de las acciones preferidas, con prioridad a los acumulativos impagos, y a la participación adicional en su caso. c A remuneración del Directorio y de la Sindicatura, en la cantidad que determine la Asamblea Ordinaria. d A la formación de reservas libres, si la Asamblea lo estimare conveniente y fueren razonables, respondiendo a una prudente administración. La decisión deberá adoptarse con las mayorías establecidas por la última parte del art. 244 de la Ley 19.550
cuando su monto exceda del capital y las reservas legales. e Al pago del dividendo de las acciones ordinarias, y a las sumas que correspondan a los bonos de participación, en su caso. f El saldo tendrá el destino que fije la Asamblea.
Disolución y Liquidación. Artículo 22º. Disuelta la Sociedad, cualquiera fuera la causa, y no habiéndose resuelto en legal tiempo y forma su reconducción, la liquidación de la misma estará a cargo de los liquidadores designados por la Asamblea, siendo facultativo de las mismas fijar las normas a que deberán ajustarse los liquidadores y el término de su mandato. En todo lo no previsto especialmente, se aplicarán las disposiciones de la legislación societaria vigente al tiempo de la liquidación. Las disposiciones de este Estatuto sobre funcionamiento, quórum y resoluciones del Directorio serán aplicables en caso de designarse más de un 1 liquidador. La liquidación se efectuará bajo la vigilancia del Síndico existente al momento de producirse la disolución. En caso de imposibilidad temporaria del o de los liquidadores, el Síndico designará los reemplazantes provisorios, hasta que cese la imposibilidad. Si la imposibilidad fuere definitiva, el Síndico convocará de inmediato a Asamblea para que elija a los reemplazantes. Una vez satisfechas todas las deudas sociales, y reembolsado el capital sin distinción de categoría de acciones, el remanente se repartirá en el orden siguiente: Primero: Se abonará la retribución fi-

BOLETIN OFICIAL Nº 28.817 2 Sección jada por la Asamblea para los liquidadores y el Síndico. Segundo: Se pagará el dividendo a las acciones preferidas que correspondieran, a partir de la fecha de cierre del último ejercicio y hasta la de la Asamblea que resolviere la liquidación y de acuerdo al orden establecido en el Inciso b del art. 20 de este Estatuto. Tercero: El saldo que resultare se distribuirá entre los tenedores titulares de acciones ordinarias, en proporción al capital integrado por cada uno.
Autorizada - María Victoria P. Ureta Nº 141.350
BTG - EXPOTRANS
SOCIEDAD ANONIMA
Se hace saber por un día que por Esc. Púb.
Nº 800, del 29/10/97, quedó constituida una S.A. Accionistas: Alessandro Conte, italiano, casado, pasaporte italiano Nº 003.685A, nacido el 9/10/62, agente de carga, domiciliado en Via Di Casalotti 53, Roma, Italia; Donato Osvaldo Lucas, argentino, divorciado, D.N.I. Nº 4.526.194, nacido el 26/10/45, despachante de aduana, domiciliado en Mansilla 3371; Denominación: BTG - EXPOTRANS S.A.; Sede Social:
Tucumán 117, piso 7º, Cap. Fed.; Duración: 99
años desde su inscripción ante el Reg. Púb. de Com.; Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año; Objeto: Dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a las siguientes operaciones: a Realizar por cuenta propia o de terceros todo tipo de transporte de cosas, expediciones terrestres, marítimas, fluviales y aéreas de mercancías o bienes de cualquier origen por cuenta de terceros y por cuenta propia. b Suscribir todo tipo de contratos, vinculados y/o necesarios para la realización de la actividad descripta en el punto anterior. c La actividad de agencia o sub agencia marítima, aérea y comercial. d Representación de compañías aéreas, de navegación y de transporte por camiones. d Alquiler de aviones, barcos y camiones por cuenta propia o de terceros. d Compra y la gestión de medios de transporte de cualquier tipo. e Compra, el alquiler y la gestión de containers. f El almacenaje y la gestión de la distribución de bienes de cualquier origen por cuenta propia y por terceros. g Llevar a cabo todo tipo de contrato relacionado con el transporte de personas y el ejercicio de las actividades de agencia de viajes y de tour operator. h Llevar a cabo todo tipo de contrato relacionado con el suministro de servicios y con la comercialización de estructuras para la preparación y decoración de los stands para exposiciones, ferias, muestras, congresos, incluida también la parte publicitaria y el alquiler de los equipos. i Realización de toda otra actividad que no haya sido mencionada en los puntos anteriores pero que se encuentre vinculada con las mismas. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto; Capital Social: Pesos 12.000 representados por 12.000
acciones ordinarias nominativas no endosable de $ 1 de valor nominal cada una; Administración: El directorio estará compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de 3 y un máximo de 9 directores titulares e igual o menor número de suplentes. La duración del mandato será de un ejercicio. La representación legal de la sociedad y el uso de la firma social corresponde al Presidente del Directorio, y, en caso de ausencia o impedimento de este, al Vicepresidente; Fiscalización: Se prescinde expresamente de la sindicatura; Directorio: Presidente: Donato Osvaldo Lucas, Vicepresidente: Alessandro Conte, Director Titular: Alejandro Gabriel Lucas, Director Suplente: Diego Maximiliano Lucas.
Apoderado - Diego R. Perel Nº 141.266
CENTRO SALUD PILAR
SOCIEDAD ANONIMA
1 Jorge Cupeiro, comerciante, 60 años, LE.
4.207.896, Av. del Libertador 1551, V. López, Pcia. de Bs. As., Juan Arturo Cayetano Frola, médico, 53 años, DNI. 8.124.261, Mansilla 3267, 2, D, Cap., ambos argentinos y casados. 2 Escrit.
del 9/12/97. 3 CENTRO SALUD PILAR S.A. 4
Mansilla 3267, 2, D, Cap. 5 Medicina integral:
La prestación de servicios de asistencia, asesoramiento y orientación médica, organización, instalación y explotación de sanatorios, clínicas y demás instituciones similares, ejerciendo su dirección técnica por intermedio de médicos con título habilitante y administrativo y abarcando todas las especialidades que se relacionen directa o indirectamente con aquellas actividades médicas, ofreciendo y prestando toda clase de tratamiento médico quirúrgico, físico, químico,
psíquico, electrónico y nucleónico, basados en procedimientos científicos aprobados, a realizarse por medio de profesionales con título habilitante de acuerdo con las reglamentaciones en vigor. b Laboratorio de análisis clínicos:
La prestación de servicios de laboratorio de análisis clínicos y especialidades medicinales, incluyendo la compraventa, producción, elaboración y transformación, permuta, distribución, consignación, importación y exportación de productos farmacéuticos, materiales descartables, artículos de higiene, salubridad, profilaxis y todos sus derivados para el suministro y cuidado de la salud. Electromedicina: El estudio, proyecto, dirección, fabricación, instalación y reparación de equipos eléctricos y electromedicina en general y de equipos aplicados al diagnóstico y tratamiento médico instalaciones eléctricas y de refrigeración y construcción de todo tipo de instalaciones auxiliares. Aparatos e Instrumental Médico: La fabricación, elaboración y representación de aparatos o instrumental médico, quirúrgico, odontológico y ortopédico y de todo otro elementos que se destine al uso y práctica de la medicina y la distribución, importación, exportación y comercialización de dichos productos. Las actividades enunciadas en estos apartados se ejercerán estrictamente referidas al funcionamiento de la entidad dedicada al arte de curar y en tanto se refieran al cumplimiento de sus fines asistenciales y por los profesionales debidamente habilitados por las normas vigentes. Servicios Médicos a Domicilio Traslados:
La atención de enfermos en domicilio y/o internados en dependencias sanitarias de todo carácter, geriátrico y/o de reposo, así como su traslado en ambulancia o cualquier otro medio idóneo no convencional sea este terrestre, marítimo, fluvial o aéreo, adaptado o adaptable a tal fin para estudios, tratamientos, internación y/o diálisis. La implementación de servicios complementarios como servicio de radiología a domicilio, servicio de enfermería a domicilio, cubriendo hasta la asistencia de urgencia a domicilio.
Traslado de Enfermeros y de Organos para Transplante: Realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país y en el exterior, lo siguiente: traslado por vía aérea y terrestre, en el territorio nacional, en las provincias y en el extranjero, de personas enfermas y/o accidentadas, por los medios indicados, con asistencia médica durante el traslado. El traslado por vía aérea o terrestre en el Territorio Nacional, en las Provincias y en el extranjero, de órganos humanos destinados a transplantes, de acuerdo con la legislación vigente y en coordinación con entidades públicas o privadas autorizadas al efecto. Asistencia Odontológica: Explotación integral, administración, promoción, asesoramiento y auditoría técnica y administración de institutos y consultorios odontológicos, toda clase de asistencias odontológicas y asistenciales, sistemas de odontología y/o medicina prepaga, compra, venta, consignación, comisión, representación, locación, importación y exportación de materiales, insumos e instrumental odontológico y/o quirúrgico y todo producto de consumo afín con el objeto social. Queda establecido que las actividades profesionales deberán ser desempeñadas exclusivamente por quienes posean el título habilitante correspondiente. 6 99 años desde su Inscrip. 7 $ 12.000
representado por acciones de $ 1 VN c/u. 8 Un directorio de 1 a 5 por 3 años. Prescindencia de sindicatura. 9 A cargo del Presidente o del Vice.
en su caso. 10 31/12 de c/año. Pres.: Juan Arturo Cayetano Frola. Dir. Suplente: Jorge Cupeiro.
Apoderado - Carlos M. Paulero Nº 141.319

CORLUX
SOCIEDAD ANONIMA
Nº Correlativo 1.643.431 Ahora MERCOBANK SOCIEDAD ANONIMA. Por Esc. Púb.
Nº 2 del 12/1/98 del Reg. 59, Cap. Fed. se realiza la Reforma Integral de los Estatutos y Aum.
de Capital, resuelto por Asamblea ext. unánime del 12/1/98. Razón Social: Con el nombre de Mercobank SA continuará girando la sociedad que hasta el presente se denominaba CORLUX
S.A. Objeto Social: La sociedad desarrollará la actividad de Banco Comercial Minorista para lo cual estará habilitada para realizar todas las operaciones financieras activas, pasivas y de servicio que no le sean prohibidas por la LEF y por las normas reg. que en consecuencia dicte el BCRA en ejercicio de sus facultades o por cualquier otra norma legal que le sea aplicable. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad puede ejecutar toda clase de hechos, actos y negocios jurídicos de cualquier naturaleza y en cualquier jurisdicción relacionados directa o indirectamente y de cualquier modo que sea con su mencionado objeto. Capital Social: Se fija en la suma de $ 54.000.000, representado por 54.000.000

de acciones ordinarias escriturales con derecho a 5 votos cada una y V.N. $ 1. Dirección y Administración: está a cargo un Directorio de 9 miembros titulares y 3 suplentes que serán designados con mandato por tres ejercicios. La representación legal es ejercida por el Presidente, y, en su ausencia, por el Vicepresidente. Comisión Fiscalizadora: La fiscalización será ejercida por una Comisión fiscalizadora compuesta por 3
Síndicos Titulares y 1 Suplente. Cierre de Ejercicio: El ejercicio social comenzará el 1º de Enero de cada año y concluirá el 31 de diciembre del mismo año.
Presidente - Ernesto Juan Marti Reta Nº 141.265
CREACIONES MAX DE MARTHA IVANIER
SOCIEDAD ANONIMA
Escritura 158. 27.10.97. Se resolvió aumentar el capital social y reformar los estatutos sociales en sus arts. 4 y 9 que así quedan redactados; Cuatro: Capital: Cien mil pesos represent.
por 100.000 accs. ordinarias nominativas no endosables de $ 1 v/n. c/u. con derecho a un voto c/acción. Nueve: la sociedad prescinde de la sindicatura conforme art. 284 ley 19.550.
Autorizado - José Mangone Nº 141.256

ECOWOOD
SOCIEDAD ANONIMA
Constitución de Sociedad. 1 Esc. 9, Fº 18, 9/1/98, Reg. 985, Cap. Fed. 2 Fernando Esteban Marcos, arg., casado, 49 años, L.E.
7.638.872, domic. Arenales 1735, 2º A, Martínez, Bs. As., María de la Paz Racana, arg., soltera, 25 años, D.N.I. 22.808.358, domic. Albarellos 980, 6º B, Bs. As., 3 ECOWOOD S.A. 4 99 años desde su insc. registral, 5 Avda. Alvear 1851, 8º C, Cap. Fed. 6 Dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: Industrial: Fabricación y elaboración de productos y/o subproductos plásticos logrados a partir de la recuperación de materiales termoplásticos a partir de rezagos plásticos provenientes de residuos domiciliarios y desechos industriales; transformación de materiales termoplásticos, provenientes de procesos petroquímicos, poliestireno, polietileno, poliolefinas, poliamidas, poliuretanos, polietilen, tereftalato, naftalato, fibra vegetal, compuestos acrílicos, acetales, policarbonatos y afines, materiales vírgenes y compuestos, a través de los sistemas de moldeo por inyección, extrusión, soplado, transformado al vacío, expandido y otros sistemas y métodos similares; la fabricación de productos plásticos usando como materias primas el recuperado. Comercial: Mediante la compra, venta, permuta, alquiler, leasing, depósito, transporte, comisión, consignación, distribución, de todos los objetos y bienes, materias primas, equipos, maquinarias, repuestos, accesorios, herramientas, instrumentos e instrumentales, equipamientos y demás propios de su actividad o derivados de la misma, siendo el anterior listado meramente enunciativo. Importación y exportación de todos los productos que fabrique y/o similares o que sean necesarios para la fabricación de los mismos. Inmobiliario: compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, incluso las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, como así también toda clase de operaciones inmobiliarias. Financieras: Mediante la financiación con dinero propio o de terceros de las operaciones comprendidas en el objeto social, con o sin garantía real, a corto o a largo plazo; por el aporte de capitales para negocios realizados o en vías de realizarse; por préstamos en dinero con o sin garantía, con la constitución y transferencia de derechos reales; por la compraventa de títulos públicos, acciones, papeles de comercio, créditos y otros valores mobiliarios; por la celebración de contratos con sociedades o empresas, siempre que se trate de sociedades por acciones. Quedan excluidas las operaciones y actividades comprendidas en la ley de entidades financieras. Mandatos y Gestión de Negocios: Representaciones, mandatos, agencias, comisiones, consignaciones, gestiones de negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general. Servicios: De organización, asesoramiento, y atención industrial, administrativo, publicitario, comercial, financiero, técnico, deportivo, artístico, de informática y computación. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de éstos. 7 $ 12.000 div. en 12.000 acc. nom.
no endosables de $ 1 V.N. c/u y 1 voto por acción. 8 Directorio de 1 a 5 titulares por 2 ejercicios, Rep. Legal: Presidente o Vice en su caso en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/01/1998 - Segunda Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaísArgentina

Fecha19/01/1998

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9354

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

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