Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2024 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.418 - Primera Sección
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Viernes 10 de mayo de 2024

Por ello, ELPRESIDENTE DELDIRECTORIO DELINSTITUTO NACIONAL DESEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárese la caducidad del Título de Propiedad de las creaciones fitogenéticas de trigo pan de denominaciones LY CATRILO, LY CAYUPAN y LY RANKUL , pasando a ser de uso público.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese, notifíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Dunan e. 10/05/2024 N28073/24 v. 10/05/2024

MINISTERIO DEECONOMÍA
Resolución 301/2024
RESOL-2024-301-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2024
Visto el expediente EX-2023-97578417-APN-DGDAMEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.164 y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, vigente conforme el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias, en los términos del decreto 88 del 26 de diciembre de 2023, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero de 2006, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021, 103 del 2 de marzo de 2022, 426 del 21 de julio de 2022 y sus modificatorios, la decisión administrativa 5 del 11 de enero de 2024, las resoluciones 53 del 22 de marzo de 2022 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros RESOL-2022-53-APN-SGYEPJGM y 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía RESOL-2022-180-APN-MEC,y CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 415 del 30 de junio de 2021 y su modificatorio decreto 103 del 2 de marzo de 2022, se homologaron las Actas Acuerdo suscriptas el 26 de mayo de 2021 y el 26 de noviembre de 2021, respectivamente, entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya cláusula tercera se acordó elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098
del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C..
Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de Interpretación y Carrera Co.P.I.C. se ha expedido favorablemente mediante el Acta N172 del 11 de febrero de 2022 cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC.
Que a través del artículo 2 de la resolución 53 del 22 de marzo de 2022 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros RESOL-2022-53-APN-SGYEPJGM se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, que reviste en la planta permanente, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del citado proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E del citado convenio.
Que en el artículo 31 del anexo al decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se estableció que
El personal que accediera a un nivel escalafonario superior de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior. A este efecto se considerará grado equivalente al resultante de: a Acceso desde un nivel inmediato inferior: reconocer UN 1
grado del nivel superior, por cada grado alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. b Acceso desde dos niveles inferiores: reconocer UN 1 grado del nivel superior, por cada 1.33 grados alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende. c En el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al grado que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en los incisos a o b del presente artículo.
Que mediante la resolución 180 del 5 de abril de 2022 del Ministerio de Economía RESOL-2022-180-APN-MEC se dio inicio al proceso para la implementación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/05/2024 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha12/05/2024

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones9350

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/05/2024

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