Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2023 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 35.331 - Primera Sección
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Viernes 29 de diciembre de 2023

Decretos

FERIADOS CONFINES TURÍSTICOS 2024
Decreto 106/2023
DECTO-2023-106-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 28/12/2023
VISTO el Expediente NEX-2023-150581745-APN-DGDYLMI, la Ley de Ministerios N22.520 texto ordenado por Decreto N438/92 y sus modificatorios y la Ley N27.399,y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley N27.399 se establece el régimen de feriados nacionales y días no laborables.
Que por el artículo 6 de la norma mencionada se determina que los feriados nacionales trasladables previstos en la citada ley cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Que, asimismo, la referida Ley N27.399 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a fijar anualmente hasta TRES
3 días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes.
Que dicha facultad deviene en una política destinada a impulsar el turismo interno de la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que tales días están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo.
Que resulta conveniente que el PODER EJECUTIVO NACIONAL fije para el año 2024 los días feriados con fines turísticos previstos por el artículo 7 de la citada Ley N27.399.
Que la Ley de Ministerios N22.520 texto ordenado por Decreto Nº438/92 y sus modificatorios establece que compete al MINISTERIO DEL INTERIOR entender, entre otros, en los actos de carácter patriótico, efemérides y feriados.
Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídicos permanentes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 7 de la Ley Nº27.399.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Establécense como días feriados con fines turísticos, previstos en el artículo 7 de la Ley N27.399, las siguientes fechas:
AÑO 2024:
1 de abril, 21 de junio y 11 de octubre.
ARTÍCULO 2.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Nicolás Posse - Guillermo Francos e. 29/12/2023 N106699/23 v. 29/12/2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/12/2023 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/12/2023

Nro. de páginas49

Nro. de ediciones9358

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/06/2024

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