Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2021 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.578 - Primera Sección
51

Jueves 4 de febrero de 2021

Por ello, LADIRECTORA NACIONAL DEMIGRACIONES
DISPONE:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la contratación efectuada en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, de la agente Samira Tamara CUSO QUENEHUENCHO DNI N 42.251.804, por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, en la función de Auxiliar Administrativo de la DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la categoría equivalente al Nivel E - Grado 0 del escalafón aprobado por el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS conforme lo establecido por el artículo 8º del Decreto Nº355 del 22 de mayo de 2017, que fuera sustituido por el artículo 7 del Decreto N859 del 26 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el presente Ejercicio Financiero, asignadas a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - Organismo Descentralizado 201 - DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria Florencia Carignano e. 04/02/2021 N5159/21 v. 04/02/2021

DIRECCIÓN NACIONAL DEMIGRACIONES
Disposición 195/2021
DI-2021-195-APN-DNMMI

Ciudad de Buenos Aires, 25/01/2021
VISTO el Expediente N EX-2020-88500535- -APN-SIPJGM, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, N336 del 10 de febrero de 2016 y N355 del 22 de mayo de 2017, modificado por su similar N859 del 26 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar N1151 del 28 de diciembre de 2006 y la Resolución N21 del 1 de marzo de 2018 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO,y CONSIDERANDO:
Que en la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES resulta indispensable disponer la contratación del agente Manuel Ignacio CUNEO BALMACEDA en la función de Auxiliar Administrativo, en el marco del régimen aprobado por el artículo 9º del Anexo I del Decreto N1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, por el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.
Que el Decreto N132 del 10 de febrero de 2020 establece en su artículo 2 inciso g que queda exceptuada de la restricción establecida en su artículo 1 la cobertura de cargos o contrataciones que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo.
Que en virtud del riesgo operativo que atraviesa la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, la SECRETARÍA
DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a través de la Nota NO-202086037107-APN-SSEPJGM autorizó la presente contratación.
Que el artículo 5 del Decreto N 355/17, sustituido por el artículo 4 del Decreto N 859/18 establece que los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3, 4 y 8
del mencionado Decreto.
Que el entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a través de su Dictamen IF-2017-32619814-APN-ONEPMM
se expidió manifestando que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES deviene competente para aprobar las contrataciones en los términos del artículo 9 del Anexo a la Ley N25.164 entre otras cuestiones.
Que el postulante reúne los requisitos necesarios para el desempeño de tareas equiparadas al nivel propuesto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/02/2021 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/02/2021

Nro. de páginas87

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones