Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2020 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.406 - Primera Sección
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Jueves 18 de junio de 2020

Que se han cursado invitaciones a CUATRO 4 proveedores inscriptos en el rubro 45-MANT. REPARACIÓN Y
LIMPIEZA en el cual tramita este Expediente, conforme surge de las constancias del Sistema de Información de Proveedores del Estado SIPRO asociado al Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Pública Nacional plataforma COMPR.AR e invitaciones a Unión Argentina de Proveedores del Estado UAPE y Unión del Comercio, la Industria y el Agro de Punta Alta UCIAPA, las que se encuentran vinculadas al referido expediente.
Que con fecha 05 de mayo de 2020 a las 10.00 hs. se llevó adelante la apertura de las ofertas recibidas mediante el Acta de Apertura IF-2020-30201776-APN-COIMARA, constatándose asimismo por medio del Acta de firma conjunta IF-2020-30078464-APN-UAIMD, la presentación de DOS 2 oferentes: ALFREDO RAUL CASTRO CUIT
20-25215692-6 por un monto total de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 $574.000,00
y TONO REALE RECTIFICACIONES S.A. CUIT N30-61142769-3 por un monto total de PESOS QUINIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 $554.525,00.
Que las ofertas recibidas fueron debidamente incorporadas al Expediente Electrónico, siendo ello constatado por el señor Jefe de la Unidad Operativa de Contrataciones, el señor Jefe de la División Control Interno de la AGRUPACIÓN SERVICIOS DE CUARTEL, el señor INSPECTOR GENERAL DE LA ARMADA y la señora Jefa de la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE DEFENSA, quienes suscriben en forma conjunta el Acta referida en el Considerando anterior.
Que el Departamento Medios de la AGRUPACION SERVICIOS DE CUARTEL, verificó que las ofertas de las firmas ALFREDO RAUL CASTRO CUIT 20-25215692-6 y TONO REALE RECTIFICACIONES S.A. CUIT N30-611427693 cumplen técnicamente con lo requerido, elaborando a tal fin el Informe Técnico N6/2020 que se agrega a los presentes como documento IF-2020-31008059-APN-COIMARA de fecha 06 de mayo de 2020.
Que teniendo en cuenta lo previsto por el Punto 3 inciso g de la Disposición ONC N48/2020, se solicitó a los oferentes ALFREDO RAUL CASTRO y TONO REALE RECTIFICACIONES S.A. una mejora de precios respecto de su cotización original, obteniéndose de los mismos respuesta favorable, tal como consta en los documentos obrantes en orden 14 y 15 de los presentes como IF-2020-31111049-APN-COIMARA y IF-2020-31111491-APNCOIMARA respectivamente, de fecha 09 de mayo.
Que el señor Jefe de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES de la AGRUPACIÓN SERVICIOS DE CUARTEL
confeccionó y agregó a los presentes el Informe de Recomendación IF-2020-32099057-APN-COIMARA, de fecha 14 de mayo de 2020, tal como lo exige el Punto 3 h de la Disposición ONC N48/2020, por medio del cual se asesoró al suscripto.
Que se verificó que las ofertas económicas de las referidas firmas no resulten superiores en ningún renglón, a los Precios Máximos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO N100/2020 o aquellos que se dispongan en el futuro.
Que asimismo, se recomendó adjudicar los renglones Nº02, 03 y 04 del presente procedimiento a la firma ALFREDO RAUL CASTRO CUIT 20-25215692-6 por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 75/100 $ 359.465,75 y el renglón Nº 01 a la firma TONO REALE
RECTIFICACIONES S.A. CUIT N30-61142769-3 por un monto total de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 $163.875,00 por ser económicamente convenientes y ajustarse técnicamente a lo solicitado por la Unidad Requirente.
Que se cuenta con el crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.
Que en el trámite de los presentes se ha dado la debida intervención al señor Asesor Jurídico del COMANDO DE
LA INFANTERÍA DE MARINA, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente.
Que la competencia del suscripto para el dictado de la presente medida surge del monto a adjudicar y lo establecido por el ARTÍCULO 6 de la Decisión Administrativa N 409/20 y el Punto 5 del Anexo a la Disposición ONC
Nº48/2020, el Anexo I del ARTÍCULO 9 del Reglamento aprobado por el Decreto N1030/16 y el Anexo al artículo 35 inciso b del Reglamento aprobado por el Decreto N1344/07, así como las Resoluciones del MINISTERIO DE
DEFENSA Nº52-E del 5 de agosto de 2016 y la Nº265-E de fecha 4 de octubre de 2016, la Resolución EMGA
Nº243/16 de fecha 25 de octubre de 2016 sus normas modificatorias y complementarias, con excepción de los topes establecidos para los titulares de las jurisdicciones intervinientes.
Por ello, ELCOMANDANTE DELAINFANTERIA DEMARINA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese lo actuado en la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 06/2020, Expediente EX-2020-28834545- -APN-COIMARA, que tiene por objeto el SERVICIO DE ALINEACIÓN Y BALANCEO PARA
VEHÍCULOS DEL PARQUE AUTOMOTOR PERTENECIENTE A LAS UNIDADES DE INFANTERÍA DE MARINA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/2020 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha18/06/2020

Nro. de páginas74

Nro. de ediciones9361

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/06/2024

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