Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.147 - Primera Sección
26

Miércoles 3 de julio de 2019

el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 26.- Los contratos podrán ser celebrados en formato digital o, a elección del cliente en papel, de acuerdo con el modelo que proponga cada prestador para cada una de las modalidades de contratación que realicen y que fuere presentado ante la Autoridad de Aplicación.
Las cláusulas de contratos de adhesión tipo o documentación asociada o anexa a los mismos que contradigan las disposiciones del presente reglamento se tendrán por no escritas.
En oportunidad de su celebración, el prestador enviará o entregará al cliente una copia del mismo y del presente Reglamento.
ARTICULO 3.- Sustitúyese el primer párrafo del Artículo 30 del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones aprobado por Resolución N733/2017 del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACION por el siguiente texto: Artículo 30: Toda modificación contractual que el prestador propusiere se deberá informar en el sitio de Internet y notificarse al cliente con una antelación no menor quince 15 días corridos previos a su implementación. Si el cliente no estuviere de acuerdo con la modificación propuesta podrá rescindir el contrato sin cargo, comunicando dicha decisión al prestador. Este derecho a rescindir, sin costo para el cliente, deberá incluirse en la notificación a cursarse al mismo e informarse en el sitio de Internet de cada prestador.
ARTICULO 4.- Derógase el segundo párrafo del Artículo 67 del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones aprobado por Resolución N733/2017 del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACION.
ARTICULO 5.- Sustitúyese el primer párrafo del Artículo 79 del Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones aprobado por Resolución N733/2017 del ex MINISTERIO
DE MODERNIZACION por el siguiente texto: Artículo 79: El prestador no podrá modificar, sustituir o eliminar los canales que componen el servicio sin previo aviso al cliente, con una antelación menor a treinta 30 días corridos previos a su implementación, pudiendo el cliente optar por la baja del servicio sin cargo.
ARTICULO 6.- Modifícase el Artículo 3 de la Resolución 733/2017 del registro del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACION el que quedará redactado de la siguiente forma: Deróganse la Resolución N490/1997 y los Anexos I y III de la Resolución N10.059/1999 ambas de la ex SECRETARIA DE COMUNICACIONES, sus normas complementarias y todas aquellas disposiciones, de igual o inferior jerarquía a la presente, que se opongan al Reglamento de Clientes de los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones aprobado por el Artículo 1.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Andrés Horacio Ibarra e. 03/07/2019 N47456/19 v. 03/07/2019

JEFATURA DEGABINETE DEMINISTROS

SECRETARÍA DEGOBIERNO DEMODERNIZACIÓN
Resolución 1151/2019
RESOL-2019-1151-APN-SGMJGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2019
VISTO: el expediente EX-2019-40765747-APN-DGRRHHMMJGM, la Ley N 27.467, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, las Decisiones Administrativas Nros.
1514 de fecha 17 de agosto de 2018, 1515 de fecha 17 de agosto de 2018 y 103 de fecha 20 de febrero de 2019,y CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa N1514 de fecha 17 de agosto de 2018, se designó transitoriamente a la Doctora Claudia Nora MACIERZYNSKI D.N.I. N20.056.337 como Directora General de la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.
Que mediante la Decisión Administrativa N1515 de fecha 17 de agosto de 2018, se designó transitoriamente a la Doctora Constanza CASSINO D.N.I. N24.788.217 Directora de la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES Y ASESORÍA
LEGAL de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/07/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha03/07/2019

Nro. de páginas113

Nro. de ediciones9361

Primera edición02/01/1989

Ultima edición09/06/2024

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