Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.124 - Primera Sección
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Miércoles 29 de mayo de 2019

TRES DE FEBRERO CUIT 30- 68525606-8; 7 INVERSORA BOROCA CUIT 30-63893702-2; 8 GREEN CONSULT
S.R.L. CUIT 30-71082827-6; 9 TRESPUNTOZERO S.A. CUIT 30-71240426-0; 10 TMK GLOBAL S.R.L. CUIT 3071481424-5; 11 AW/GRUPO ESTRATÉGICO DE NEGOCIOS S.A. CUIT 30-70985563-4; 12 VOICES RESEARCH
AND CONSULTANCY S.A. CUIT 30-71407959-6; 13 AGORA ASUNTOS PÚBLICOS S.A. CUIT 30-71449889-0;
14 ISONOMIA CONSULTORES S.A. CUIT 30-68247566-4 y 15 IPSOS ARGENTINA S.A. CUIT 30-65847394-4.
Que mediante la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 380 de fecha 21 de julio de 2017
RESOL-2017-380-APN-MM se aprobó el procedimiento realizado para el Concurso Público Nº999-0004-CPU17, con el objeto de suscribir UN 1 ACUERDO MARCO para la contratación del servicio de realización de Estudios de Opinión Pública 999-4-AM17 actualmente Nº 999-5-AM18 y se procedió a la adjudicación de diversos renglones, conforme el siguiente detalle: 1 AGORA ASUNTOS PÚBLICOS S.A. Renglones Nros. 25/56, 105/112;
2 ISONOMIA CONSULTORES S.A. Renglones Nros. 1/128; 3 IPSOS ARGENTINA S.A. Renglones Nros. 1/16;
25/88; 105/128; 4 AW/GRUPO ESTRATÉGICO DE NEGOCIOS S.A. Renglones Nros. 25/104, 109/112, 121/128;
5 VOICES RESEARCH AND CONSULTANCY S.A. Renglones Nros. 57/128; 6 JULIO FRANCISCO ANTONIO
AURELIO S.A. Renglones Nros. 1/60, 73/76, 89/92 y 109; 7 POLIARQUIA CONSULTORES S.A. Renglones Nros.
1/128; 8 MFG CONSULTORES S.A. Renglones Nº1/128; 9 EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU Renglones Nros. 105/128; 10 DEMOS CONSULTING S.R.L. Renglones Nº1/104; 11 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE
FEBRERO Renglones Nros. 25/30, 31 básica y alternativa, 32/104; 12 INVERSORA BOROCA Renglones Nros.
1/24, 26/32, 34/36, 38/40, 42/44, 46/48, 50/52, 54/128; 13 GREEN CONSULT S.R.L. Renglones Nros. 105/128 y 14 TRESPUNTOZERO S.A. Renglones Nº25/60, 73/76, 89/92, 105/128.
Que los precios unitarios oportunamente adjudicados se encuentran consignados en el informe que como Anexo I forma parte de la citada Resolución.
Que mediante la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº220 de fecha 12 de abril de 2018 RESOL2018-220-APN-MM se aprobó parcialmente la renegociación de precios solicitada por la firma TRESPUNTOZERO S.A. CUIT 30-71240426-0 y por la señora EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU CUIT 27-25545947-9, de acuerdo con las previsiones de la Cláusula Nº30 del pliego de bases y condiciones particulares, del Concurso Público Nacional de Etapa Única Nº999-0004-CPU17, bajo la modalidad Acuerdo Marco.-.
Que los precios unitarios oportunamente renegociados se encuentran consignados en el Anexo I que forma parte de la Resolución aludida en el Considerando que antecede.
Que por conducto de la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N303 de fecha 18 de mayo de 2018
RESOL-2018-303-APN-MM se prorrogó el Acuerdo Marco 999-4-AM17 actualmente individualizado como 9995-AM18 por el término de UN 1 año.
Que mediante la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº441 de fecha 26 de julio de 2018 RESOL2018-441-APN-MM se aprobó parcialmente las renegociaciones de precios solicitadas -con fecha 24 y 30 de abril de 2018-, por la firma JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A CUIT 30- 64623915-6, DEMOS CONSULTING
S.R.L. CUIT 30-71519440-2, y EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU CUIT 27-25545947-9, de acuerdo con las previsiones de la Cláusula Nº30 del pliego de bases y condiciones particulares, del Concurso Público Nacional de Etapa Única, Nº999-0004- CPU17, bajo la modalidad Acuerdo Marco.
Que los precios unitarios renegociados en dicha ocasión se encuentran consignados en el informe que como Anexo I forma parte de la citada Resolución.
Que, mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº 11 de fecha 2 de enero de 2019 RESOL-2019-11- APN-SGMJGM se aprobó parcialmente las renegociaciones de precios solicitadas por las firmas ISONOMIA CONSULTORES S.A, EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU, JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A., POLIARQUIA
CONSULTORES S.A., y UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, de acuerdo con las previsiones de la Cláusula Nº30 del pliego de bases y condiciones particulares, del Concurso Público Nacional de Etapa Única, Nº999-0004-CPU17, bajo la modalidad Acuerdo Marco.
Que los precios unitarios oportunamente renegociados se encuentran consignados en el Anexo I que forma parte de la Resolución aludida en el Considerando que antecede.
Que, mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS Nº503, de fecha 15 de abril de 2019 RESOL-2019-503-APN-SGMJGM se aprobó parcialmente las renegociaciones de precios solicitadas por las firmas JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO
S.A. CUIT 30-64623915-6, y EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU CUIT 27-25545947-9, de acuerdo con las previsiones de la Cláusula Nº30 del pliego de bases y condiciones particulares, del Concurso Público Nacional de Etapa Única, Nº999-0004-CPU17, bajo la modalidad Acuerdo Marco.
Que los precios unitarios oportunamente renegociados se encuentran consignados en el Anexo I que forma parte de la Resolución aludida en el Considerando que antecede.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/05/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha29/05/2019

Nro. de páginas104

Nro. de ediciones9356

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/06/2024

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