Boletín Oficial de la República Argentina del 11/03/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.071 - Primera Sección
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Lunes 11 de marzo de 2019

ARTÍCULO 2º.- Suprímense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, en el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los Objetivos de la SECRETARÍA DE DEPORTES.
ARTÍCULO 3.-Sustitúyense, del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, en el Apartado I, los Objetivos de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo IF-201907494492-APN-SSLYASGP, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 4.- Sustitúyese, del Anexo III - ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3º del Decreto Nº174/18 y sus modificatorios, el Apartado I, correspondiente a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo IF-2019-14146055-APN-SSLYASGP, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 5º.- El Subdirector Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, tendrá las siguientes funciones:
a. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño y ejecución del Plan Estratégico y de los Planes Operativos Anuales de la Agencia.
b. Asistir al Director Ejecutivo en el diseño e implementación de políticas públicas vinculadas al fomento del deporte, de temáticas de género e igualdad de oportunidades, de inclusión y desarrollo del deporte adaptado.
c. Establecer los circuitos administrativos de seguimiento y control de los procesos a su cargo y realizar el control y validación de los mismos.
d. Implementar acciones coordinadas para lograr efectividad en la gestión administrativa, registraciones, sistematización de datos y aprovechamiento racional de los recursos humanos, promoviendo la capacitación de los mismos en la temática.
e. Ejercer las atribuciones y funciones que le encomiende o delegue el Director Ejecutivo.
f. Reemplazar al Director Ejecutivo en caso de ausencia.
ARTÍCULO 6º.- Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA DE DEPORTE
NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama y la Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I IF-2019-07487292-APN-SSLYASGP y II IF-2019-07486044-APN-SSLYASGP, forman parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 7.- Facúltase al Director Ejecutivo de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a aprobar, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el artículo 6º de la presente medida, la que deberá prever un máximo de DOS 2 Supervisores de Auditoría, DIEZ 10 Direcciones y CUATRO 4
Coordinaciones, las que a través de dicho acto administrativo serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, sus modificatorios y complementarios de la Entidad, con Nivel III Dirección y Supervisor de Auditoría y IV
Coordinación.
ARTÍCULO 8.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes en la entonces SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN de nivel inferior a las aprobadas por el artículo 6º del presente decreto, las que transitoriamente mantendrán las acciones y Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N2098/08, sus modificatorios y complementarios, que oportunamente le fueran asignadas.
ARTÍCULO 9.- Hasta tanto la estructura de la AGENCIA DE DEPORTE NACIONAL cuente con plena operatividad, el Servicio Administrativo Financiero y el Servicio Jurídico Permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica con relación a las materias propias de la citada Agencia.
ARTÍCULO 10.- Incorpóranse y deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP, homologado por el Decreto N2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos pertenecientes a la AGENCIA DE DEPORTE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/03/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha11/03/2019

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9350

Primera edición02/01/1989

Ultima edición29/05/2024

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