Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.056 - Primera Sección
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Jueves 14 de febrero de 2019

Por ello, ELJEFE DEGABINETE DEMINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Asígnase transitoriamente, a partir del 14 de diciembre de 2018, la función de Director General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, Nivel A con Función Ejecutiva Nivel I, al agente perteneciente a la planta permanente Nivel A Grado 0, Agrupamiento Profesional, Tramo General, Doctor Arturo Hilario ABRIANI D.N.I. N23.454.228, del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el convenio colectivo de trabajo sectorial homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el Título X del referido ordenamiento.
ARTÍCULO 2º - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marcos Peña e. 14/02/2019 N8347/19 v. 14/02/2019

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS

UNIDAD DECOORDINACIÓN GENERAL
Resolución 1/2019
RESOL-2019-1-APN-UCGMJ
Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2019
VISTO el Expediente NEX 2019-00477803-APN-DNAIMJy CONSIDERANDO:
Que este Ministerio, a través del Decreto N6382/72 ha sido designado autoridad central de aplicación - Autoridad Remitente e Institución Intermediariade la Convención sobre Reconocimiento y Ejecución en el Extranjero de la Obligación de Prestar Alimentos, suscripta en Nueva York el 20 de junio de 1956, a la que adhirió nuestro país a través de la Ley N17.156.
Que la mencionada Convención tiene por objeto facilitar el acceso a la justicia en el extranjero en materia de prestación internacional de alimentos, posibilitando a una persona residente en un Estado miembro requerir que en otro Estado miembro donde reside el deudor alimentario, se inicien acciones administrativas y/o judiciales a fin de obtener el cumplimiento de la obligación alimentaria.
Que en el marco de la referida Convención, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INTERNACIONALES, DEPARTAMENTO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA CIVIL, dependiente de este Ministerio, se tramitan, registran y administran legajos de solicitudes de cooperación jurídica internacional que tienen por objeto la fijación y obtención de la cuota alimentaria, el reconocimiento y/o ejecución de sentencias o acuerdos de alimentos, así como la tramitación de rogatorias.
Que dichas solicitudes contienen información de carácter sensible, a saber, a datos personales de las partes demandante y demandada, de los beneficiarios, generalmente menores de edad; b documentación que funda y acredita el reclamo informe socio ambiental, comprobantes de gastos, certificados médicos, sentencia o acuerdo de alimentos, liquidación de deuda alimentaria; c montos y fechas en las que se efectivizan los pagos; debiendo contemplarse el resguardo de la privacidad de la información personal tratada y siendo necesario dar garantías de confidencialidad y seguridad de la misma, limitando el acceso de estos expedientes a los usuarios que integran el citado Departamento.
Que el artículo 9 de la Ley N25.326, Punto 1, establece que El responsable o usuario del archivo de datos debe adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que permitan detectar desviaciones, intencionales o no, de información, ya sea que los riesgos vengan de la acción humana o del medio técnico utilizado.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha14/02/2019

Nro. de páginas54

Nro. de ediciones9343

Primera edición02/01/1989

Ultima edición22/05/2024

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