Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2019 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

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Boletín Oficial Nº 34.050 - Primera Sección
Miércoles 6 de febrero de 2019

26.093, el cual regirá para las ventas realizadas a partir del 1 de febrero de 2019 hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui e. 06/02/2019 N6274/19 v. 06/02/2019

MINISTERIO DEHACIENDA

SECRETARÍA DEGOBIERNO DEENERGÍA
Resolución 24/2019
RESOL-2019-24-APN-SGEMHA
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019
Visto el expediente EX-2018-12371593-APN-DDYMEMEM, la resolución 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos del ex Ministerio de Energía y Minería,y CONSIDERANDO:
Que por medio de la ley 26.093 se dispuso el Régimen de Promoción para la Producción y Uso Sustentables de Biocombustibles en el territorio de la Nación Argentina.
Que a través del decreto 1025 del 12 de diciembre de 2017 se determinó, entre otras cosas, que el precio del biodiesel destinado al mercado interno sería determinado por el ex Ministerio de Energía y Minería, por sí o a través de las dependencias creadas bajo su órbita, facultándolo a dictar las normas correspondientes.
Que por la resolución 83 del 2 de marzo de 2018 de la ex Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos del ex Ministerio de Energía y Minería RESOL-2018-83-APN-SRHMEM se aprobó el Procedimiento para la Determinación del Precio de Adquisición del Biodiesel destinado a la Mezcla en el Mercado Interno.
Que corresponde determinar el precio del citado producto a partir del 1 de febrero de 2019 de acuerdo a lo establecido en la citada resolución, y darlo a publicidad conforme con lo dispuesto en su artículo 2.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018.
Por ello, ELSECRETARIO DEGOBIERNO DEENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Fijar en veintisiete mil seiscientos sesenta pesos $27.660 por tonelada, el precio de adquisición del biodiesel para su mezcla obligatoria con gas oil en el marco de lo dispuesto por la ley 26.093, el cual regirá para las ventas realizadas a partir del 1 de febrero de 2019 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui e. 06/02/2019 N6275/19 v. 06/02/2019

MINISTERIO DETRANSPORTE

SECRETARÍA DEGESTIÓN DETRANSPORTE
Resolución 20/2019
RESOL-2019-20-APN-SECGTMTR
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2019
VISTO el EX-2017-23275300-APN-SSGATMTR del MINISTERIO DE TRANSPORTE,y CONSIDERANDO:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2019 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/02/2019

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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