Boletín Oficial de la República Argentina del 17/04/2018 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 33.852 - Primera Sección
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Martes 17 de abril de 2018

CONSIDERANDO:
Que en el marco de las actuaciones individualizadas como EX-2017-04574476-APN-ONCMM se emitió la Disposición de esta OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº39 de fecha 27 de marzo de 2016, a través de la cual se autorizó la convocatoria Concurso Público Nacional de Etapa Única Nº 999-0004-CPU17, bajo la modalidad Acuerdo Marco, para la contratación del servicio de realización de Estudios de Opinión Pública, por parte de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto Delegado N1023/01.
Que, asimismo, por el citado acto administrativo se aprobó el pliego de bases y condiciones particulares.
Que el día 19 de abril de 2017 tuvo lugar el acto de apertura de ofertas, habiéndose recibido las propuestas de los oferentes que a continuación se detallan: 1 JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A. CUIT 30-64623915-6;
2 POLIARQUÍA CONSULTORES S.A. CUIT 30-70955883-4; 3 MFG CONSULTORES S.A. CUIT 30-70899872-5;
4 EVANGELINA CARINA PEREZ ARAMBURU CUIT 27-25545947-9; 5 DEMOS CONSULTING S.R.L. CUIT 3071519440-2; 6 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO CUIT 30-68525606-8; 7 INVERSORA BOROCA
CUIT 30-63893702-2; 8 GREEN CONSULT S.R.L. CUIT 30-71082827-6; 9 TRESPUNTOZERO S.A. CUIT 3071240426-0; 10. TMK GLOBAL S.R.L. CUIT 30-71481424-5; 11 AW/GRUPO ESTRATÉGICO DE NEGOCIOS S.A.
CUIT 30-70985563-4; 12 VOICES RESEARCH AND CONSULTANCY S.A. CUIT 30-71407959-6; 13 AGORA
ASUNTOS PÚBLICOS S.A. CUIT 30-71449889-0; 14 ISONOMIA CONSULTORES S.A. CUIT 30-68247566-4 y 15 IPSOS ARGENTINA S.A. CUIT 30-65847394-4.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 380 de fecha 21 de julio de 2017 se aprobó el procedimiento realizado para el Concurso Público Nº999-0004-CPU17, con el objeto de suscribir UN
1 ACUERDO MARCO para la contratación del servicio de realización de Estudios de Opinión Pública Nº999-4AM17 y se procedió a la adjudicación de diversos renglones, conforme el siguiente detalle: 1 AGORA ASUNTOS
PÚBLICOS S.A. Renglones Nros. 25/56, 105/112; 2 ISONOMIA CONSULTORES S.A. Renglones Nros. 1/128; 3
IPSOS ARGENTINA S.A. Renglones Nros. 1/16; 25/88; 105/128; 4 AW/GRUPO ESTRATÉGICO DE NEGOCIOS S.A.
Renglones Nros. 25/104, 109/112, 121/128; 5 VOICES RESEARCH AND CONSULTANCY S.A. Renglones Nros.
57/128; 6 JULIO FRANCISCO ANTONIO AURELIO S.A. Renglones Nros. 1/60, 73/76, 89/92 y 109; 7 POLIARQUIA
CONSULTORES S.A. Renglones Nros. 1/128; 8 MFG CONSULTORES S.A. Renglones Nº1/128; 9 EVANGELINA
CARINA PEREZ ARAMBURU Renglones Nros. 105/128; 10 DEMOS CONSULTING S.R.L. Renglones Nº 1/104;
11 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO Renglones Nros. 25/30, 31 básica y alternativa, 32/104;
12 INVERSORA BOROCA Renglones Nros. 1/24, 26/32, 34/36, 38/40, 42/44, 46/48, 50/52, 54/128; 13 GREEN
CONSULT S.R.L. Renglones Nros. 105/128 y 14 TRESPUNTOZERO S.A. Renglones Nº 25/60, 73/76, 89/92, 105/128.
Que los precios unitarios oportunamente adjudicados se encuentran consignados en el informe número IF-201713726809-APN-ONCMM que como Anexo I forma parte de la citada Resolución.
Que, con fecha 29 de octubre de 2017, las firmas TRESPUNTOZERO S.A. CUIT 30-71240426-0 y EVANGELINA
CARINA PEREZ ARAMBURU CUIT 27-25545947-9 solicitaron la renegociación de los precios oportunamente adjudicados.
Que de la compulsa de dichas presentaciones se desprende que los reclamantes fundaron en términos generales las renegociaciones solicitadas en: a el incremento de los precios de los renglones cotizados desde el inicio del Acuerdo Marco, b costos laborales en función del incremento promedio en materia de salarios y contrataciones de personal, c costos telefónicos y de sistemas considerando el incremento promedio en los precios de los pulsos telefónicos destinados a la realización de encuestas telefónicas, así como también la contratación de software de lanzamiento y soporte de encuestas telefónicas, d costos de oficina derivados del incremento promedio en los valores de alquileres, imprenta y servicios conexos, e costos de movilidad y estancia originados en el incremento promedio en gastos de traslados y alojamiento de personal destinado a la realización de entrevistas, grupos focales o encuestas y f costos de reclutamiento e incentivos en razón del incremento promedio de las erogaciones en materia de gastos de reclutamiento e incentivos brindados a participantes de entrevistas en profundidad y/o grupos focales.
Que, en consecuencia, las firmas proveedoras solicitaron a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES que se autorice un incremento porcentual del precio oportunamente ofertado y adjudicado.
Que, en cuanto concierne a la normativa aplicable, por conducto del Decreto Delegado Nº1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el RÉGIMEN
DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL, en ejercicio de facultades delegadas por la Ley Nº 25.414 para determinadas materias de su ámbito de administración y resultantes de la emergencia pública, tendientes a fortalecer la competitividad de la economía o a mejorar la eficiencia de la Administración Nacional.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/04/2018 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/04/2018

Nro. de páginas132

Nro. de ediciones9362

Primera edición02/01/1989

Ultima edición10/06/2024

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