Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2016 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 7 de julio de 2016

BOLETIN OFICIAL Nº 33.414

7

4 Reemplazante: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICO LEGAL ADUANERA.

Avisos Oficiales
ARTÍCULO 2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. ALBERTO ABAD, Administrador Federal, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 07/07/2016 N48344/16 v. 07/07/2016

NUEVOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DERECURSOS HUMANOS
Disposición 348/2016
Asunto: Abogados Abelardo Javier Paterno y Carlos Javier Castro. S/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Microcentro.
Bs. As., 06/07/2016
VISTO las Actuaciones SIGEA AFIP N10717-33-2016 y SIGEA AFIP N10717-39-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por las Actuaciones citadas en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas propicia designar a los abogados Abelardo Javier PATERNO y Carlos Javier CASTRO para que en el carácter de Representantes del Fisco, ejerzan la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia N10 de la Dirección Regional Microcentro.
Que se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista de los agentes.
Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y de Coordinación Técnico Institucional.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4 y 6 del Decreto N618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N302 AFIP del 13 de Agosto de 2012 y N327 AFIP del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.
Por ello,

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DESANTO TOMÉ
EDICTO
Se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos que más abajo se mencionan a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunta infracción imputada previsto y penado por el Código Aduanero LEY 22415, bajo apercibimiento de rebeldía art. 1105 del C.A.. Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la aduana Art. 1001 C.A., situada en el CENTRO UNIFICADO DE FRONTERA de la Ciudad de Santo Tome, Pcia. De Ctes., ubicado en RUTA 121 KM 5,5;
debiendo tener presente lo prescrito por el Art. 1034 del C.A.; bajo apercibimiento del Art. 1004 del citado texto legal. Asimismo se hace saber que la presente es independiente de la Resolución que pudiere recaer en sede judicial en trámite. FIRMADO JEFE DE DIVISION ADUANA DE SANTO TOME.
SUMARIO N
SC084-42-2016/8
SC084-47-2016/8
SC084-51-2016/8
SC084-59-2016/2
SC084-66-2016/4
SC084-82-2016/K
SC084-96-2016/0
IDEM
SC084-98-2016/2
SC084-103-2016/5
SC084-104-2016/3
SC084-105-2016/1
SC084-116-2016/8
SC084-117-2016/1

INTERESADO
JHENRRY DEIMAR CANAVIRI
ALANI CRISTIAN FABIAN
PALACIOS ZULMA ESTELA
ALANI CRISTIAN FABIAN
LORENZO PABLO JOSUE
RIVAROLAS ROLON ANTONIO
VERA LUIS MIGUEL
OPRIEL ROSA ELIZABET
RIVAROLAS ROLON ANTONIO
GÓMEZ RAMON
GÓMEZ RAMON
RIVAROLAS ROLON ANTONIO
RODRÍGUEZ MARTÍNEZ HUGO
BARRETO VELAZQUEZ VICTOR

IMPUTACION C.A.
986/987
987
985/987
987
987
987
874 conc real 987
IDEM
987
985
985
987
986
986

IMPORTE DE LA MULTA
$98.426,72
$8.037,23
$7.185,01
$6.532,31
$976.738,53
$5.556,83
$4.953.434,70
IDEM
$15.311,07
$23.716,00
$11.760,00
$51.596,38
$178.031,52
$132.658,21

SECCIÓN SUMARIOS, 30 DE JUNIO DE 2016
MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.

LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Desígnense a los abogados Abelardo Javier PATERNO D.N.I. N18.326.453 Legajo N29.993/53 y Carlos Javier CASTRO L.E. N4.532.841 - Legajo N91.192/37 para que en el carácter de Representantes del Fisco, ejerzan la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia N10 de la Dirección Regional Microcentro, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N11.683 texto según Ley N26.044, Artículo 1 del Decreto N2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero Ley N22.415.
ARTÍCULO 2 Los representantes del FISCO NACIONAL no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Cont. Púb. MARIA ADRIANA BELTRAMONE, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.
e. 07/07/2016 N47988/16 v. 07/07/2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
Disposición 217/2016
Asunto: Modificación de Régimen de Reemplazos en Jurisdicción de la Dirección General de Aduanas.

e. 07/07/2016 N47031/16 v. 07/07/2016

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

ADUANA DESANTO TOMÉ
EDICTO
Se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los diez días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos que más abajo se mencionan a presentar su defensa y ofrecer prueba por presunta infracción imputada previsto y penado por el Código Aduanero LEY 22415, bajo apercibimiento de rebeldía art. 1105 del C.A.. Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la aduana Art. 1001 C.A., situada en el CENTRO UNIFICADO DE FRONTERA de la Ciudad de Santo Tomé, Pcia. de Ctes., ubicado en RUTA 121 KM 5,5;
debiendo tener presente lo prescrito por el Art. 1034 del C.A.; bajo apercibimiento del Art. 1004 del citado texto legal. Asimismo, se hace saber que la presente es independiente de la Resolución que pudiere recaer en sede judicial en trámite. FIRMADO JEFE DE DIVISION ADUANA DE SANTO TOME.
SUMARIO N
SC084-11-2016/5
SC084-69-2016/0

INTERESADO
CARSAD LOGÍSTICA S.A.
DORSAN S.R.L.

IMPUTACION C.A.
969
954 inc. c
SECCIÓN SUMARIOS, 30 DE JUNIO DE 2016
MIRIAM ITATÍ KOHMANN, Administradora, Aduana de Santo Tomé.
e. 07/07/2016 N47034/16 v. 07/07/2016

Bs. As., 06/07/2016
VISTO la Disposición N137/14, y CONSIDERANDO:

Que por el citado acto, se modificó el régimen de reemplazos de la Dirección General de Aduanas y las Subdirecciones Generales dependientes de su jurisdicción.

DIRECCIÓN GENERAL DEADUANAS

Que atendiendo a razones funcionales se gestiona modificar el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento de su Sede.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6 del Decreto N618/97, sus modificatorio y complementarios.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1 Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de la Sede de la Dirección General de Aduanas, el que quedará establecido de la forma que seguidamente se indica:
1 Reemplazante: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR.
2 Reemplazante: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL ADUANERO.
3 Reemplazante: SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS.

IMPORTE DE LA MULTA
$39.122,16
$5.660,04

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DEINGRESOS PÚBLICOS

ADUANA DESANTO TOMÉ
EDICTO
Se hace saber que en el SUMARIO CONTENCIOSO N225/2010, caratulado: MATTOS SUAREZ
RENATO, S/INF. ART. 947, DEL CÓDIGO ADUANERO, se ha dictado FALLO N373/15 AD.SATO, que a continuación se transcribe: ARTICULO 1.- SOBRESEER al Sr. MATTOS RENATO SUAREZ
SINDOI, por la comisión de la infracción del art. 947 del Código Aduanero, en función del art. 871
del citado texto legal. DEBIENDO ELEVAR EN APROBACIÓN de la superioridad el presente artículo 1.115 del Código Aduanero, según texto ordenado por la Ley 25.986. ARTICULO 2.- CONDENAR a WILLIAM PEDEBOS DA ROCHA. CPF BR N585.135.230-20, cuyos demás datos obran en autos, al pago de la multa consistente en la suma de PESOS: VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y SIETE, CON 34/100 CENTAVOS $22.337,34, equivalente un tercio del valor de la multa que correspondería al autor del hecho art. 871 del Código Aduanero, conforme lo normado en el art. 886 2 párr. del Código Aduanero y al COMISO de la mercadería involucrada en autos, en mérito a los considerandos que anteceden. ARTICULO 3.- INTIMAR al condenado para que dentro del plazo de quince 15 días de consentido y quedado firme la presente resolución, proceda a hacer efectiva la multa, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, de acuerdo a los arts. 1122, 1125 sgtes. y concordantes del Código Aduanero Ley 22.415 quedando expedita la vía recursiva, a tales efectos el administrado podrá interponer demanda Contenciosa, ante

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/07/2016 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha07/07/2016

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9359

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/06/2024

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