Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2015 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 24 de diciembre de 2015

Que por Resolución NC.41 de fecha 16 de noviembre de 2015, se incorporó dicho título a la Resolución NC.127 de fecha 16 de abril de 1993.
Que en el citado acto administrativo se consignó por un error involuntario el nombre del establecimiento como ESCUELA N4-007 MIGUEL ANGEL POUGET correspondiendo el de ESCUELA N4-007 MIGUEL AMADO POUGET.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde sustituir el Punto 1 de la Resolución NC.41/15.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N1.306/08, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1 Sustitúyese el Punto 1 de la Resolución NC.41 de fecha 16 de noviembre de 2015 el quedará redactado de la siguiente manera: 1.- Incorpórase a la Resolución NC.127 de fecha 16 de abril de 1993, el Título de TÉCNICO EN PRODUCCIÓN AGROPECUARIA CON ESPECIALIZACIÓN EN ENOLOGÍA, otorgado por la ESCUELA N4-007 MIGUEL AMADO POUGET, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS de la Provincia de MENDOZA, habilitándolo para asumir la conducción técnica de establecimientos inscriptos ante el INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, con la finalidad de hacerse cargo del control y la responsabilidad directa y efectiva de los productos que se elaboren, conserven y/o fraccionen en dichos establecimientos..
2 Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.
e. 24/12/2015 N178816/15 v. 24/12/2015

MINISTERIO DEDEFENSA
Resolución 3/2015
Bs. As., 18/12/2015

VISTO el Decreto N1628 del 13 de noviembre de 2007, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N 1628/07 se modificó la integración del Directorio del INSTITUTO
DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, facultándose al Ministro de Defensa para nombrar a los miembros del citado Directorio.
Que por dicho Decreto, también se creó la Comisión Fiscalizadora del INSTITUTO DE AYUDA
FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, facultándose al Ministro de Defensa a designar al profesional de su jurisdicción que integrará la mencionada Comisión.
Que el Doctor Francisco Juan MC CORMACK ha presentado su renuncia al cargo de Síndico del mencionado Instituto en representación del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que en consecuencia, resulta necesario designar, en su reemplazo, al Doctor Leandro Moisés LEBENSOHN quien reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se encuentra facultado a dictar la presente medida en virtud del Decreto N1628/07 y del artículo 4, inciso b apartado 9 de la Ley de Ministerios T.O. 1992 y sus modificatorias.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.283

22

NISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante Resolución M.J. y D.H. N1278/06, registrado bajo el número M.J. y D.H. N255/13, la Disposición D.N. N515/03, sus modificatorias y complementarias, y CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición D.N. N515/03 y sus complementarias, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario 131 Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito, utilizando a tal fin un sistema informático de interconexión en línea aplicable en una primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la percepción de multas por infracciones.
Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N 746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el mismo Formulario.
Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones contenidas en la Disposición D.N. N681/06, posteriormente receptadas por la Disposición D.N. N169/09 modificatoria de la Disposición D.N. N515/03
se dispuso que cualquier interesado, podrá mediante la presentación de un Formulario 131 y con independencia de cualquier otro trámite registral peticionar la emisión de un certificado de inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante cualquier Registro Seccional que se encuentre operando en sistema informático denominado Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito SUGIT, ello independientemente de la circunstancia de contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.
Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N276 de fecha 24 de julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo 13 Única en sustitución entre otros del Formulario 13I que será utilizada por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar, por ante el organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los pagos de esas deudas, que informadas se abonen por ante los Registros Seccionales.
Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país alcanzados por la presente, utilizarán para la consecución de las tareas de contralor aquí encomendadas, el sistema informático de interconexión en línea mencionado en el Convenio.
Que el Señor Gobernador de la provincia de ENTRE RÍOS ha dictado el Decreto N4878 MGJ
de fecha 27 de diciembre de 2013, mediante el cual ratifica el Convenio celebrado con esta DIRECCIÓN NACIONAL el 4 de mayo de 2011, que fuera firmado en dicha oportunidad en representación de dicha provincia por el señor Jefe de la Policía de la Provincia.
Que el Ministro de Gobierno y Justicia de la Provincia de ENTRE RÍOS por conducto de la Resolución N1241 del 02 de diciembre de 2015, designó a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.
Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Provincia, resulta necesario para dar cumplimiento al Convenio suscripto tornar aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la jurisdicción de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2, inciso c, del Decreto N335/88.
Por ello, EL DIRECTOR NACIONAL
DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:

Por ello, EL MINISTRO
DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Dase por designado, a partir del 10 de diciembre de 2015, Síndico del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES en representación del MINISTERIO DE DEFENSA al Doctor Leandro Moisés LEBENSOHN DNI. N29.147.209.
ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Ing. Agr. JULIO CESAR MARTÍNEZ, Ministro de Defensa.
e. 24/12/2015 N178576/15 v. 24/12/2015

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DELOS REGISTROS NACIONALES DELAPROPIEDAD
DELAUTOMOTOR YDECRÉDITOS PRENDARIOS

ARTÍCULO 1 Incorpórase a la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito SUGIT de conformidad con lo previsto en el Convenio de Complementación y de la normativa implementada por medio de las Disposiciones D.N. N515/03, 746/06 y complementarias.
ARTÍCULO 2 Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la Provincia de ENTRE RÍOS a la operatoria de Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N515/03 y complementarias.
ARTÍCULO 3 Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la operatoria de Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. N746/06 y complementarias, respecto a los trámites referidos a la jurisdicción de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS.
ARTÍCULO 4 La presente medida entrará en vigencia el día 4 de enero de 2016.

Disposición 656/2015
Bs. As., 18/12/2015
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado entre esta Dirección Nacional y la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS el 04 de mayo de 2011 conforme el modelo aprobado por el MI-

ARTÍCULO 5 Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JORGE LANDAU, Director Nacional, Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
e. 24/12/2015 N178429/15 v. 24/12/2015

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/12/2015 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha24/12/2015

Nro. de páginas144

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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