Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2013 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 4 de noviembre de 2013
Que, por ello corresponde en la especie manifestar la voluntad del MINISTERIO
DE SALUD de colaborar con el tratamiento de los pacientes MEDINA Bautista y LOMBARDO Juan Ignacio, haciéndose cargo de los trasplantes si fuere necesario, con más los gastos de traslado y estadía de sus respectivas familias, así como desarrollar las relaciones entre equipos dedicados a trasplantes de médula ósea de ambos países de manera de generar mayores capacidades técnicoprofesionales que permitan abordar en el futuro casos como los que en esta oportunidad se derivan.
Que en orden a la naturaleza de las erogaciones a efectuarse, corresponde la remisión al señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dispónese la participación del MINISTERIO DE SALUD en el apoyo al tratamiento a realizarse en el Hospital AMPLATZ
CHILDRENS HOSPITAL de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a los pacientes MEDINA Bautista DNI N 48.435.603 y LOMBARDO Juan Ignacio DNI N 43.866.131, por los motivos expuestos en los Considerandos que anteceden.
Art. 2º Autorízase a aplicar los fondos remanentes transferidos por efecto de la Decisión Administrativa N 575 de fecha 12 de agosto de 2013 al AMPLATZ CHILDRENS
HOSPITAL de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por valor de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON SEISCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON
09/100 U$S 1.694.500,09 al tratamiento médico indicado en el artículo anterior.
Art. 3 Dispónese que el MINISTERIO DE
SALUD transfiera el monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS
CON 91/100 U$S 1,421,622,91 al MINNESOTA
INTERNATIONAL MEDICINE de MINNESOTA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dando por cumplido así el costo total de los tratamientos neto del descuento ofrecido por esa institución médica.
Art. 4 La transferencia de fondos dispuesta por el artículo anterior se efectuará en la cuenta NWells Fargo Bank International - 420
Montgomery Street, San Francisco; CA 94104
- Bank Account Number 6453577709 Name/
For Credit to: Minnesota International Medicine;
ABA Number: 121000248, SWIFT Code: WFBIUS6S.
Art. 5 Autorízase al MINISTERIO DE SALUD a adquirir pasajes con destino a ESTADOS UNIDOS DE AMERICA a nombre de LOMBARDO, Nadia Carolina DNI N 29.172.702, fecha de nacimiento 08 de julio de 1982 PAS
NAAB285639; MEDINA, Nestor Javier DNI
N24.477.499, fecha de nacimiento 22 de julio de 1975 PAS en estado de impresión;
MEDINA, Bautista DNI N 48.435.603, fecha de nacimiento 21 de enero de 2008 - PAS
NAAB285403; LOMBARDO Melina Ruth DNI
N31.998.195, fecha de nacimiento 05 de junio de 1986 - PAS N AAB202737; SUAREZ, José Feliciano DNI N 31.998.039, fecha de nacimiento 08 de octubre de 1985 - PAS
N AAB257932; LOMBARDO, Juan Ignacio DNI N43.866.131, fecha de nacimiento 09 de marzo de 2002 - PAS NAAB203255 en AEROLINEAS ARGENTINAS.
Art. 6 Autorízase al MINISTERIO DE SALUD a adelantar fondos por la suma de hasta PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000.-
a favor de LOMBARDO, Nadia Carolina DNI
N 29.172.702 y la suma de hasta PESOS
TRESCIENTOS MIL $ 300.000.- a favor de
LOMBARDO Melina Ruth DNI N 31.998.195, con cargo a rendición de cuenta para atender los gastos que se ocasionen con motivo de la estadía en la ciudad de MINNESOTA, ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA durante el tratamiento de los pacientes MEDINA Bautista y LOMBARDO Juan Ignacio.
Art. 7 Las erogaciones resultantes de la aplicación de lo dispuesto en los artículo anteriores se computarán bajo registro: 30-00-0001-FF11-3.4.2 - 3.7.1 y 3.9.9 del presupuesto autorizado al MINISTERIO DE SALUD.
Art. 8 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Abal Medina. Juan L.
Manzur.

MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 909/2013
Dase por autorizada contratación.

Bs. As., 29/10/2013
VISTO el Expediente AUC N 353/12 del Registro de la COMISION NACIONAL DE
EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE EDUCACION, la Ley N25.164, los Decretos Nros.
1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577
de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N 3
de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución N48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.
Que el artículo 14 del Anexo al Decreto N 2.098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso al Nivel Escalafonario C.
Que la Decisión Administrativa N 3/04 y sus modificatorias establece que en el caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones y que no reúna los requisitos previstos para el nivel escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación.
Que en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION
UNIVERSITARIA es de vital importancia la contratación del agente Matías Ezequiel LAGROTTA para asegurar la consecución de los objetivos de la mencionada jurisdicción.
Que a fin de posibilitar la contratación del mencionado agente en los términos del artículo 9 del Anexo de la Ley N25.164 corresponde exceptuarlo de lo dispuesto por el punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I al Decreto N1.421/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su competencia.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.757

Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por autorizado al MINISTERIO DE EDUCACION para contratar por el período comprendido entre el 1 de mayo de 2012
y el 31 de diciembre de 2012, al agente Matías Ezequiel LAGROTTA DNI N 34.890.024 con carácter de excepción al punto II del inciso c del artículo 9 del Anexo I del Decreto N1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel Escalafonario C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2.098/08.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina.
Alberto E. Sileoni.

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 905/2013
Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.

Bs. As., 29/10/2013
VISTO el Expediente N CUDAP:EXP-JGM:
0033926/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2345 del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que en la SUBSECRETARIA DE GESTION Y
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS resulta necesario aprobar la contratación de la consultora Da. Jimena RUBIO D.N.I. N 27.537.445, en el marco del Decreto N2345 del 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya prestación resulta necesaria para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Subsecretaría.
Que por el artículo 1 del Decreto N577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N491 del 12 de marzo de 2002 y su reglamentación, será aprobada por el JEFE DE GABINETE
DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente, superior a la suma de PESOS DOCE MIL $ 12.000.-.
Que en la contratación propiciada en la presente se configura el supuesto previsto en la norma citada precedentemente, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

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Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601
del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N 491/02, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N4 del 15 de marzo de 2002.
Que la consultora de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de julio de 2013, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N26.784.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO dependiente de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION
NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el artículo 1 del Decreto N 577/03 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por aprobada a partir del 1 de julio de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, la contratación suscripta ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrada por el titular de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la consultora Da. Jimena RUBIO D.N.I.
N27.537.445, para desempeñar funciones de Coordinador - Rango II en la SUBSECRETARIA
DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la citada Secretaría, fijándose sus honorarios en la suma total por todo concepto de PESOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO
$ 78.408.-.
Art. 2 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan M. Abal Medina.
Aníbal F. Randazzo.

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 907/2013
Contratación.

Bs. As., 29/10/2013
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y del último párrafo del artículo 9
del Anexo I al Decreto N 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N25.164.

VISTO el Expediente NS02:0004042/2013, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N25.164 y N26.784, los Decretos N1421 del 8 de agosto de 2002
y N2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N48 del 30 de diciembre de 2002, y sus modificatorias, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/11/2013 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha04/11/2013

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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