Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, miércoles 5
de septiembre de 2012

Año CXX
Número 32.474
Precio $ 2,50

Sumario Pág.

DECRETOS
COMERCIO EXTERIOR
Decreto 1553/2012
Regímenes Especiales de Importación. Adóptanse las disposiciones de la Decisión N 20/2009
del Consejo del Mercado Común. Sustitúyese el Artículo 1 de la Resolución N 1.041/1999 del ex-Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

COMERCIO EXTERIOR
Decreto 1553/2012

1

CONTRATOS
Decreto 1529/2012
Programa de Fortalecimiento Institucional Provincial y de Gestión Financiera - Segunda Etapa PROFIPII. Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L 1127 a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo

2

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Decreto 1590/2012
Dase por designada la Directora de Asuntos Legales y Normativa

3
3

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1561/2012
Designación en la Dirección de Relaciones Institucionales de la Dirección General de Coordinación Institucional de la Comunicación Pública de la Subsecretaría de Comunicación Pública

4

Decreto 1562/2012
Dase por designado el Director de Producción Gráfica de la Dirección General de Producción Publicitaria de la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión

4

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 1549/2012
Danse por prorrogadas designaciones de la Directora de Pesquerías Demersales y del Director de Pesquerías Pelágicas y Ambiente Marino ambas de la Dirección Nacional de Investigación del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1547/2012
Desígnase Director General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación

5

5

6

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1557/2012
Dase por designado el Director de Proyectos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

6

Decreto 1558/2012
Designación en la Subsecretaría de Coordinación Económica y Mejora de la Competitividad de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo

6

MINISTERIO DE EDUCACION
Decreto 1560/2012
Designación en la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Administración y Gestión Financiera de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa

7

Decreto 1550/2012
Prorrógase designación en la Unidad Ministro

7

Decreto 1551/2012
Prorrógase designación en la Unidad de Auditoría Interna
Continúa en página 2

Regímenes Especiales de Importación.
Adóptanse las disposiciones de la Decisión N 20/2009 del Consejo del Mercado Común. Sustitúyese el Artículo 1 de la Resolución N 1.041/1999 del ex-Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Bs. As., 29/8/2012

Decreto 1559/2012
Danse por designados integrantes del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual

Decreto 1563/2012
Designación en la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Dirección General Técnico Administrativa de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa

DECRETOS

VISTO el Expediente Nº S01:0081838/2010 del Registro del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA
Y TURISMO, y CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Nº 32 de fecha 15 de diciembre de 2003 del Consejo del Mercado Común, se prorrogó hasta el día 31 de diciembre de 2010, la posibilidad de utilizar los regímenes de drawback y admisión temporaria para el comercio intrazona.
Que la prórroga de la aplicación de determinados regímenes especiales existentes en el Mercado Común del Sur MERCOSUR permite contar con instrumentos de políticas comerciales capaces de fomentar la competitividad en la región y brinda un horizonte de certeza y previsibilidad a las actividades productivas, hasta tanto se superen algunas imperfecciones en la Unión Aduanera.
Que a tal efecto, se dictó la Decisión Nº20
de fecha 7 de diciembre de 2009 del Consejo del Mercado Común, estableciendo una nueva prórroga, hasta el día 31 de diciembre de 2016, respecto de la posibilidad de utilizar los regímenes de drawback y admisión temporaria para el comercio intrazona.
Que asimismo establece que los Estados Parte deberán elaborar una propuesta de armonización de los mencionados regímenes nacionales.
Que a través de la Resolución Nº1.041 de fecha 31 de agosto de 1999 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias y las Resoluciones Nros. 265 de fecha 1 de agosto de 2002 del ex MINISTERIO DE ECONO-

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
8

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
MIA y 750 de fecha 18 de noviembre de 2004 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, se suspendió hasta el día 31 de diciembre de 2010 la aplicación de los artículos 2º y 3º de la Resolución Nº288
de fecha 8 de marzo de 1995 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, norma por la que se adecuó el régimen de drawback a pautas previstas por los Estados Parte del Mercado Común del Sur MERCOSUR.
Que en atención a la prórroga dispuesta por la precitada Decisión Nº20 de fecha 7 de diciembre de 2009 del Consejo del Mercado Común corresponde adecuar la normativa interna.
Que conforme lo establecido en los artículos 2, 9, 15, 20, 38 y 42 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del Mercado Común del Sur MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto aprobado mediante la Ley Nº 24.560, las normas del Mercado Común del Sur MERCOSUR aprobadas por el Consejo del Mercado Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio del MERCOSUR, son obligatorias y deben ser incorporadas, cuando ello sea necesario, al ordenamiento jurídico nacional de los Estados Parte mediante los procedimientos previstos en su legislación.
Que corresponde incorporar al ordenamiento jurídico nacional la Decisión Nº20/09 del Consejo del Mercado Común, a los fines de cumplir con las previsiones contenidas en los artículos 38 a 40 del Protocolo de Ouro Preto.
Que las áreas competentes de los MINISTERIOS DE INDUSTRIA y DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el artículo 7, inciso d de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº19.549.
Que el presente decreto se dicta en función de lo previsto por el artículo 99, incisos 1 y 2
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Adóptanse las disposiciones de la Decisión Nº 20 de fecha 7 de diciembre
www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº4.995.241
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 52188400 y líneas rotativas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/09/2012

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9353

Primera edición02/01/1989

Ultima edición01/06/2024

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