Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2012 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 6 de febrero de 2012

sendos pedidos de informes a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS y se realizaron consultas en los sistemas informáticos del Organismo.
Que sobre la base de la información reunida y contando con la conformidad de la Dirección Nacional de Industria Nota Nº2996/11, Expte. Nº180545/2010, el Departamento Grandes Operadores propicia la inclusión de la firma en el Régimen de Aduana en Factoría, por entender que la misma cumple con todos los requisitos legales establecidos a tal fin.
Que en atención a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la firma FIAT AUTO
ARGENTINA S.A. para operar en el Régimen de Aduana en Factoría.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones Aduaneras del Interior.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc.
p, del Decreto Nº618 del 10 de julio de 1997 y la delegación conferida por el artículo 3º del Decreto Nº688, del 26 de abril de 2002.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Incluir a la empresa FIAT AUTO ARGENTINA S.A., CUIT 30-68245096-3, con domicilio legal en C.M. Della Paolera Nº299, piso 25º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Régimen de Aduana en Factoría establecido por Decreto Nº688 del 26 de abril de 2002 y su modificatorio.
ARTICULO 2º Acéptese para operar en el régimen la Garantía de Actuación de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
CUATRO CON 00/100 CENTAVOS $574.164.804,00.
ARTICULO 3º Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de FIAT AUTO
ARGENTINA S.A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese.
Sr. DANIEL SANTANNA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas a/c de la Dirección General de Aduanas.
e. 06/02/2012 Nº10437/12 v. 06/02/2012

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº6/2012
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria Puerto DEL GUAZU SA. Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 31/1/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº12492-252-2007/127 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº5/2012
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria PUERTO DE CABOTAJE BG. Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 31/1/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº12509-171-2008/19 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación el Sr. Alberto José GUALTIERI CUIT Nº30-14438803-9, en calidad de concesionario del PUERTO DE CABOTAJE BG, ubicado a la altura del km CUATROCIENTOS
CUARENTA Y UNO CON CIEN 441,1, margen derecha del Río Paraná, ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, solicita una prórroga de la habilitación otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº204/11 SDG OAI, para la atención aduanera de las operaciones que se realicen en dicho muelle, entre las que se destacan la descarga de residuos orgánicos, slop, sluge, embarque de rancho y provisiones de a bordo.
Que se encuentra acreditada en Actuación SIGEA Nº12509-171-2008 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0258742/2010.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución 204/2011 SDG OAI.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición 360/11 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

BOLETIN OFICIAL Nº 32.333

ARTICULO 1º Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante Resolución Nº204/11 SDG OAI al PUERTO DE CABOTAJE BG, concesionado al Sr. Alberto José GUALTIERI
CUIT Nº30-14438803-9, ubicado a la altura del km CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON
CIEN 441,1, margen derecha del Río Paraná, por el término de TREINTA 30 días a contar desde el vencimiento del plazo oportunamente conferido, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 06/02/2012 Nº10417/12 v. 06/02/2012

CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZU S.A. CUIT Nº 3070832657-3 solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 203/11 SDG OAI para la atención aduanera del sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa. ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y
OCHO 178, en la localidad de Villa Paranacito, provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en Actuación SISEA Nº12492-252-2007 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0100283/2006.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con caráder provisorio y por el término de TREINTA 30 días corridos a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº203/11 SDG OAI.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición 360/11 AFIP
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante Resolución Nº203/11 SDG OAI al sector de atraque del puerto de la firma DEL GUAZU S.A. CUIT
Nº30-70832657-3, por el término de TREINTA 30 días corridos a contar desde el vencimiento del plazo oportunamente conferido, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 06/02/2012 Nº10413/12 v. 06/02/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº7/2012
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria Puerto CENTRAL TIMBUES - TERMOELECTRICA SAN MARTIN S.A. Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 31/1/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº12509-159-2009/51 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO
Que por la citada actuación la firma TERMOELECTRICA JOSE DE SAN MARTIN S.A. CUIT
Nº30-70950877-2, en representación del FIDEICOMISO CENTRAL TERMOELECTRICA TIMBUES
CUIT Nº30-70959681-7 solicita la prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº202/2011 SDG OAI al solo efecto de efectuar operaciones de descarga de combustibles líquidos en el muelle de atraque del Puerto CENTRAL TIMBUES, ubicado en la margen derecha a la altura de la progresiva del km CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO
CON SIETE 465,7 del Río Coronda, localidad de Timbúes, provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12509-159-2009 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0140414/2008.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución 202/2011 SDG OAI.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición 360/11 AFIP.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2012 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/02/2012

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

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