Boletín Oficial de la República Argentina del 28/10/2011 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 28 de octubre de 2011
SECCION

ADMINISTRACION

CATEGORIA

MAESTRANZA

TAREAS

SDO.
BASICO

TAREAS GENERALES DE
MAESTRANZA

CHOFER
ADMINISTRACION

$1.759,00
$2.022,00

TAREAS GENERALES DE
ADMINISTRACION

LABORATORISTA

$2.022,00
$2.106,00

SUMA NO REMUNERATIVA
MAYO Y JUNIO DE 2011

$1 100,00

JULIO Y AGOSTO DE 2011

$1.200,00

BONIFICACION EXTRAORDINARIA SAC JUNIO 2011

$250,00

CCT Nº570/09 ANEXO 3 ADICIONALES
CONCEPTO
ZONA

20% DE LA SUMA DE TODOS LOS CONCEPTOS REMUNERATIVOS
EXCEPTUANDO ADICIONALES QUE SE LIQUIDEN POR SOBRE
CONVENIO SE APLICARA SOLAMENTE EN LA ZONA DE LA
PATAGONIA AL SUR DEL RIO COLORADO

ANTIGEDAD

DESDE 1 AÑO HASTA 4 AÑOS

PORCENTAJE
APLICADO AL
SUELDO

DESDE 5 AÑOS HASTA 9 AÑOS

6%
10%

BASICO QUE PERCIBE DESDE 10 AÑOS HASTA 19 AÑOS
EL EMPLEADO

15%

MAS DE 20 AÑOS
ASISTENCIA

20%

SOBRE EL SUELDO BASICO DE SU CATEGORIA

20,00%

ADICIONAL SIN REGISTRO DE INASISTENCIA
REGISTRO DE LA PRIMERA INASISTENCIA

14,00%

REGISTRO DE LA SEGUNDA INASISTENCIA

6,00%

ANTE LA TERCERA FALTA SE PIERDE EL CONCEPTO ADICIONAL EN
SU TOTALIDAD
PUNTUALIDAD

SOBRE EL SUELDO BASICO DE SU CATEGORIA

10,00%

ADICIONAL SIN REGISTRO DE LLEGADAS TARDE
REGISTRO DE LA PRIMERA LLEGADA TARDE

7,00%

REGISTRO DE LA SEGUNDA LLEGADA TARDE

3,00%

ANTE LA TERCERA FALTA SE PIERDE EL CONCEPTO ADICIONAL EN
SU TOTALIDAD
SUBSIDIOS

FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR
ANTIGEDAD MENOR AL AÑO

$1.500,00

ANTIGEDAD MAYOR A UN AÑO

$2.000,00

FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR
ANTIGEDAD MENOR AL AÑO

$750,00

ANTIGEDAD MAYOR A UN AÑO

$1.500,00

CASOS DE 2 O MAS TRABAJADORES, FAMILIARES
ENTRE SI.
A QUIENES LES FALLECE UN MISMO FAMILIAR, CADA
UNO

$900,00

Expediente Nº1.437.477/11
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de abril de 2011, siendo las 12,30 horas, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, comparecen ante mí, Dr. Adalberto Vicente Dias, Secretario del Departamento de Relaciones Laborales Nº1 de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, los Sres. Héctor Francisco DE LEON con L.E. 4.889.416 en su carácter de Secretario General, y Alberto José KERSUL con D.N.I. 13.786.369 en su carácter de Secretario Adjunto, César Eloy BERTUOL con D.N.I. 13.678.212 y José Luís ARDILES con D.N.I. 12.420.416
manteniendo el domicilio constituido en calle Tucumán Nº1748 Piso 5º Of. 11 de la C.A.B.A. T.E.
4222-4086 en representación del SINDICATO DE LAS BARRACAS DE LANAS, CUEROS, CERDAS, PINCELES, LAVADEROS DE LANAS Y PEINADURIAS, por una parte y por la otra los Sres. Miguel Angel ANCONETANI con D.N.I. 8.349.313 y Raúl Ernesto ZAMBONI con D.N.I. 4.841.369 ambos en su carácter de paritarios, constituyendo el domicilio en calle 25 de Mayo Nº516 Piso 4º de la C.A.B.A. T.E. 4878-8800 en representación de la FEDERACION LANERA ARGENTINA.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante cedida la palabra a las partes de común acuerdo manifiestan que hemos arribado al acuerdo de recomposición salarial el cual tendrá vigencia desde el día 1º de mayo del corriente año, el mismo está compuesto por los Anexos I, II y III, de lo cual solicitamos su agregación a las presentes actuaciones. En dicho acuerdo se han establecido y discriminado los valores de los jornales convenidos, así como los adicionales por asistencia, por antigedad. Como también una suma no remunerativa entre los meses de mayo y agosto del año 2011, de acuerdo a la siguiente escala, para los meses de Mayo/2011 y Junio/2011 $1100, para los meses de Julio/2011 y Agosto/2011 $1200 y un adicional de $250 a percibir junto con el medio aguinaldo.
Hacemos saber que respecto de lo acordado una vencido el plazo se mantendrá su ultraactividad como suma no remunerativa la prefijada de $1200 para el mes de agosto/2011, hasta tanto las partes convengan una nueva recomposición salarial. El presente acuerdo salarial será aplicable en todo el territorio de la Nación Argentina como complemento del CCT 570/09 abarcando la rama obrera y administrativa. Las partes ratificamos en todos y cada uno de los términos del acuerdo que se adjunta a la presente, el cual consta de 3 fojas, solicitando se proceda a su pronta homologación.
Sin más, siendo las 13,00 horas se da por finalizado el presente acto, firmando ante mí los comparecientes, que así lo certifico.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.265

88

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/10/2011 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha28/10/2011

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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