Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/2009 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Lunes 20 de julio de 2009

Primera Sección

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 16/2009
Danse por aprobados contratos celebrados en el marco del Decreto Nº1421/02 en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 15/7/2009
VISTO el Expediente Nº02249/08, del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004 y modificatoria y el Decreto Nº480
del 26 de marzo de 2008, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 480/08 establece que todas las personas contratadas por el Decreto Nº1184/01 cuyos honorarios mensuales fueran de hasta PESOS TRES MIL CUARENTA
Y UNO $3.041.- por dedicación completa, o cifra equivalente cuando la dedicación fuera menor, deberán ser contratadas a partir del 1º de abril de 2008, mediante los regímenes de empleo contemplados en el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº25.164, su Decreto reglamentario Nº1421/02 y normas complementarias.
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos, y el caso que corresponda su respectiva adenda, suscriptos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción y las personas nominadas en el Anexo l de la presente medida, conforme las condiciones indicadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que según surge de los actuados las personas de que se tratan se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto mencionado en primer término del Visto.
Que a tenor de lo informado por el Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción el personal a contratar reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº3/04, modificada por su similar Nº1151 del 28 de diciembre de 2006, a los efectos de su equiparación a los Grados de los Niveles del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
aprobado por Decreto Nº993/91 T.O. 1995, que en cada caso se indica.
Que el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07, estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº491/02 y su reglamentación, será aprobada por el Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS
TRES MIL CIEN $3.100.-
Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar los contratos, y el caso que corresponda su respectiva adenda, suscriptos, ad referéndum de su aprobación por el Jefe de Gabinete de Ministros, entre esta Jurisdicción y las personas nominadas en el Anexo I de la medida que se tramita, quienes desempeñan funciones en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, equiparados a los Niveles y Grados señalados en cada caso del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA
PROFESION ADMINISTRATIVA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que previo a dar trámite a las presentes aprobaciones, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad presupuestaria.
Que, además, según informa el Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, las personas de que se tratan han efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir de las fechas que en cada caso se consigna, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esas fechas.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 6º del Decreto Nº480/08.
Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción ha tomado intervención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº26.422.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo establecido por el Decreto Nº480/08 y por el artículo 1º del Decreto Nº577/03, modificado por su similar Nº149/07.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Danse por aprobados los contratos, y el caso que corresponda su respectiva adenda, suscriptos entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las personas nominadas en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente acto, conforme las condiciones y fechas indicadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de
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BOLETIN OFICIAL Nº 31.697

Empleo Público Nacional Nº25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº1421/02 y de la Resolución SGP Nº48/02.
Art. 2º La aprobación de la medida que se propicia produce la rescisión, automática de los contratos que fueran oportunamente aprobados en el marco de lo previsto por el Decreto Nº1184/01
entre la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y los agentes de que se trata.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley Nº26.422 de Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2009.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Aníbal D. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRES
DNI N
NIVEL/ GRADO
FUNCION

PERIODO DE
CONTRATACION

MARABERT, Valeria Alejandra
24.011.021

B - 2

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

GARCÍA LUCIANI, Melina Natalia
26.465.657

B - 2

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

HARRACA, Nélida Beatriz
5.278.936

B - 6

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

LETOILE, Yael
26.303.334

B - 2

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

CANEVA, Eduardo Pedro
14.995.917

B - 2

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

ARISTIMUÑO, Andrea Mabel
22.344.120

B - 3

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

LI PUMA, María Cecilia
26.180.454

B - 3

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

NEGRI, Raúl Horacio
8.149.089

B - 5

Asesor
01/04/2008 al 31/12/2008

JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS
Decisión Administrativa 18/2009
Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02
en la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública.

Bs. As., 15/7/2009
VISTO el Expediente Nº 2113/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8
de agosto de 2002, el Decreto Nº577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2009, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRETARIA DE
GABINETE Y GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y D. Diego Adolfo SALVAREZZA PINTO, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº48/02 las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C
diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº1421/02.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por su similar Nº 1151/06, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de abril de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº26.422.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164 y del Decreto Nº577/03 modificado por su similar Nº149/07.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/07/2009 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha20/07/2009

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9363

Primera edición02/01/1989

Ultima edición11/06/2024

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