Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2008 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 6 de febrero de 2008

22

BOLETIN OFICIAL Nº 31.339

Nombre o razón social del solicitante
Nombre de Comercialización de la Tarjeta
Nº de registro
Resolución CNC

D.S.R. COMUNICACIONES S.A.

YELLOW CARD

0061/2008

312/2008

D.S.R. COMUNICACIONES S.A.

YELLOW CARD BOLIVIA

0062/2008

312/2008

D.S.R. COMUNICACIONES S.A.

YELLOW CARD ISRAEL

0063/2008

312/2008

D.S.R. COMUNICACIONES S.A.

YELLOW CARD PERU

0064/2008

312/2008

D.S.R. COMUNICACIONES S.A.

INCA CARD

0065/2008

312/2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCION REGIONAL CORDOBA
ORDEN DE INTERVENCION: 286361
CONTRIBUYENTE: Hipercarnes S.A.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 06/02/2008 Nº 570.379 v. 06/02/2008

CUIT: 33-70867038-9
INSCRIPTO: Agencia Nº 49. Dirección Regional Microcentro.

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Córdoba, 24/1/2008
REGISTRO DE TARJETAS PREPAGAS PARA SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES TPT
Dispónese el número de registro de Tarjeta Prepaga para Servicios de Telecomunicaciones con la Modalidad Prepaga para Servicios de Telecomunicaciones a la empresa mencionada en el siguiente recuadro:
Nombre o razón social del solicitante
Nombre de Comercialización de la Tarjeta
Nombre de Comercialización de la Modalidad
Nº de registro
Resolución CNC

DRAGON

TICKET ELECTRONICO

0060/2008

313/2008

IDT CORPORATION DE
ARGENTINA S.A.

Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 06/02/2008 Nº 570.378 v. 06/02/2008

ADUANA DE RIO GRANDE
Se notifica a la persona que abajo se indica, que en el sumario contencioso tramitado ante la Aduana de Río Grande, ha recaído la Resolución Nº 124/07 AD RIOG. Asimismo, se indica a la misma para que dentro de un plazo de diez 15 quince días hábiles de publicado el presente, procedan a hacer efectiva las multas y/o tributos detalladas al pie, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, en los términos de los artículos 1122; 1123 del C.A., siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado Cdor. FERNANDEZ OSCAR ELISEO, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio Nº 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego.
CP: 9420.
SA-49-

IMPUTADO

CUIT / D.N.I.Nº
MULTA

TRIBUTOS

073/00

CARLOS MANUEL CUANCA SRL

33-64577953-9

$ 31.279,70


e. 06/02/2008 Nº 570.568 v. 06/02/2008

Esta Administración Federal, en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 35 de la Ley 11.683
t.o. en 1998 y sus modificaciones y el art. 1º del Decreto Nº 618/97 y/o el Decreto Nº 507/93, ha dispuesto a partir del quinto día de la publicación de edictos, efectuar la fiscalización al contribuyente del título por intermedio del Inspector Sr. Marceletti, Leopoldo Alexis Legajo Nº 38044/01, con la supervisión del Sr. Barbero, Dante Legajo Nº 33353/89, pertenecientes a División Fiscalización Nº 1 de la Dirección Regional Córdoba, AFIP - DGI, con domicilio en 27 de Abril 786, piso 3º, ciudad de Córdoba.
La fiscalización comprenderá las obligaciones que se detallan a continuación: IVA y Ganancias, por los períodos no prescriptos.
Se requiere: 1 Libros Contables y Societarios de acuerdo con lo previsto por Ley 19.550; 2 Libros IVA Ventas e IVA Compras; 3 Comprobantes respaldatorios de compras, gastos e ingresos que justifiquen las registraciones y/o cualquier tipo de comprobante que justifique ingresos o erogaciones en el período auditado; 4 Resúmenes bancarios y/o detalle de los bancos con que opera o ha operado la firma por los períodos auditados; 5 Detalle con depuración de los depósitos bancarios por los períodos auditados; 6 Presentación de las DDJJ de los Impuestos y períodos señalados; 7 Constancia de retención de los impuestos que se fiscalizan. Puntos 1 a 7 por los períodos no prescriptos.
Cr. Púb. ALBERTO BARTOLOME NEPOTE, A/C Dirección Regional Córdoba.
e. 06/02/2008 Nº 570.107 v. 12/02/2008

ADUANA DE RIO GRANDE
Se notifica a la persona que abajo se indica, que en el sumario contencioso tramitado ante la Aduana de Río Grande, ha recaído la Resolución Nº 035/07 AD RIOG. Asimismo, se indica a la misma para que dentro de un plazo de diez 15 quince días hábiles de publicado el presente, procedan a hacer efectiva las multas y/o tributos detalladas al pie, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, en los términos de los artículos 1122; 1123 del C.A., siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado Cdor. FERNANDEZ OSCAR ELISEO, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio Nº 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego. CP: 9420.
SA-49-

IMPUTADO

005/04

SOPLAN SEBASTIAN PABLO

CUIT / D.N.I. Nº
MULTA

TRIBUTOS

ADUANA DE RIO GRANDE
Se notifica a las personas que abajo se indican, que en el sumario contencioso tramitado ante la Aduana de Río Grande, se ha resuelto CORRER VISTA por el término de diez días hábiles, por ser presunto responsable de la infracción prevista y penada por el Art. 970 del C.A., a fin de que presente su defensa, ofrezca pruebas y agregue documental, lugar o la persona en cuyo poder se encontrare, todo ello en los términos del art. 1101 del citado código, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE y el procedimiento continuara su curso aun sin su intervención, conforme lo prescripto por el art. 1105 del C.A. En la primer presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana art.
1104 C.A.. En caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona el representante deberá acreditar personería en los términos del art. 1030 y siguientes del citado código. A los fines de acogerse a los beneficios de la extinción de la acción penal previsto en el art. 930/932 del código Aduanero si abona en el plazo para contestar la vista la suma abajo indicada, siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado Cdor. HORACIO FONT, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio Nº 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego CP 9420.
SA-49-

IMPUTADO

DNI Nº
MULTA

25.545.791

$ 4.686,47
$ 4.686,47
e. 06/02/2008 Nº 570.567 v. 06/02/2008

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADUANA DE RIO GRANDE
Se notifica a la persona que abajo se indica, que en el sumario contencioso tramitado ante la Aduana de Río Grande, ha recaído la RESOLUCION Nº 017/07 AD RIOG. Asimismo, se indica a la misma para que dentro de un plazo de quince 15 días hábiles de publicado el presente, procedan a hacer efectiva las multas y/o tributos detalladas al pie, bajo apercibimiento de proceder a su cobro por vía judicial, en los términos de los artículos 1122, 1123 del C.A., siendo el presente suficiente acto de notificación. Firmado C.P.N. OSCAR ELISEO FERNANDEZ, Administrador de la Aduana de Río Grande, sita en la calle 20 de Junio Nº 450 de dicha ciudad, en la Provincia de Tierra del Fuego CP
9420.

TRIBUTOS

031/01

SOSA CARLOS OSVALDO

20.317.386

$ 2.076,60


400/05

GONZALEZ GRACIELA LORENZA

24.812.789

$ 8.085,00


e. 06/02/2008 Nº 570.569 v. 06/02/2008

SA-49-

IMPUTADO

DOCUMENTO

MULTA

TRIBUTOS

151/02

BUSTOS BERNARDO DAVID

DNI 23.429.474

$ 6.715,77


e. 06/02/2008 Nº 570.565 v. 06/02/2008

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
ANEXO A
ANEXO B
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS POR DESTINO
Y/O SUSCEPTIBLES DE REINTEGRO ART. 7º, INC. C Y ART. AGREGADO
A CONTINUACION DEL ART. 9º DE LA LEY Nº 23.966
NOMINA DE CONTRIBUYENTES CON ACEPTACION DE INSCRIPCION RESOLUCION GENERAL Nº 1184
VIGENCIA: HASTA EL 31/12/2008 INCLUSIVE
C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION
Y/O RAZON SOCIAL

SECCION SUBSECCION

EXENCION DIRECTA
Régimen de Avales Art. 25 - Dto. Nº 74/98

EXCLUSION
FORMULARIO Nº 349 NUEVO MODELO
REGISTRO DE OPERADORES DE PRODUCTOS EXENTOS DESTINADOS A RANCHO
ARTICULO 7º, INCISO B, TITULO III DE LA LEY Nº 23.966 Y SUS MODIFICACIONES
RESOLUCION GENERAL Nº 2200
NOMINA DE CONTRIBUYENTES EXCLUIDOS DEL REGISTRO
C.U.I.T.

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION

SECCION/

ADQUIRENTES

Y/O RAZON SOCIAL

SUB-SECCION

MATRICULA Nº
NOMBRE

PESQUERA 20 DE NOVIEMBRE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

4/4.1

2593

XIN SHI JI Nº 18

30-62073477-9

PESQUERA LEAL S.A.

4/4.1

0141

NDDANDDU

30-68559090-1
30-50112849-6

COMPAÑIA DE PRODUCTOS SALASEM S.R.L.

4/4.1

SI

20-11871205-7

COUSO JORGE DANIEL

4/4.1

SI

30-50215081-9

SOLVAY INDUPA SOCIEDAD ANONIMA
INDUSTRIAL Y COMERCIAL

4/4.5

SI

30-62073477-9

PESQUERA LEAL S.A.

4/4.1

0142

ARGENTINO

WASSINGTON S.A.C.I.F. E I.

4/4.4

SI

30-62073477-9

PESQUERA LEAL S.A.

4/4.1

0143

LEAL

30-56896927-4

Ing. ADRIAN JOSE FERREYRA, Jefe Int., Depto. Esp. en Sect. Prim. y Secun., Dir. de Anál. de Fisc. Especializada, A/C Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 06/02/2008 Nº 570.559 v. 06/02/2008

Ing. ADRIAN JOSE FERREYRA, Jefe Int., Depto. Esp. en Sect. Prim. y Secun., Dir. de Anál. de Fisc. Especializada, A/C Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 06/02/2008 Nº 570.560 v. 06/02/2008

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2008 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/02/2008

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones9364

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2008>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
242526272829