Boletín Oficial de la República Argentina del 02/02/2005 - Primera Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección
Primera Sección
Miércoles 2 de febrero de 2005
RAZON SOCIAL
DIRECCION DEL SUMINISTRO
LOCALIDAD
GENERADOR/
COMERCIALIZADOR
SCOCUZZA V. Y IANNICELLI R.
DE GNC LESCO S.H.
Av. Eva Perón 4269
TEMPERLEY P.B.A.
CENTRAL DIQUE
SERVIQUIL S.R.L.
Triunvirato y Av. Mosconi 3472
QUILMES OESTE P.B.A.
CENTRAL
PIEDRABUENA
SOCOROMA S.A.
Av. Centenario Uruguayo 979
LANUS ESTE P.B.A.
CENTRAL
PIEDRABUENA
SUPER SERVICIOS S.A. Est. Seguí
Av. Avellaneda 1628
CIUDAD DE BS. AIRES
H. LOS NIHUILES
SUPER SERVICIOS S.A. Est. Yatay
Av. Díaz Vélez 4373
CIUDAD DE BS. AIRES
H. LOS NIHUILES
SURGAS S.A. Calle 13
Calle 13 - Belgrano 1
BERAZATEGUI P.B.A.
C.T MENDOZA
SURGAS S.A. Calle 21
Calle 21 2100
BERAZATEGUI P.B.A.
C.T MENDOZA
SURGAS S.A. Ing. Allan
Calle 1288 Nº 1099
ING. ALLAN - FCIO. VARELA P.B.A.
C.T MENDOZA
TEMPERLEY GAS S.R.L.
Almirante Brown 3450
TEMPERLEY P.B.A.
CENTRAL DIQUE
TRIVI S.A.C.A.C.I.F.I.Y E.
Av. Mitre 505
BERAZATEGUI P.B.A.
CENTRAL
PIEDRABUENA
VARELA GAS S.A.
Av. San Martín e Yrigoyen 1402
FLORENCIO VARELA P.B.A.
VILLAGE CINEMAS S.A. Avellaneda
Acceso Sudeste Auchan 1
SARANDI P.B.A.
CENTRAL DIQUE
C.T MENDOZA
VILLAGE CINEMAS S.A. Recoleta 1
Jose Evaristo Uriburu 1789
CIUDAD DE BS. AIRES
C.T MENDOZA
VILLAGE CINEMAS S.A. Recoleta 2
José Evaristo Uriburu 1789
CIUDAD DE BS. AIRES
C.T MENDOZA
WHITE S.R.L.
Av. Directorio 4586
CIUDAD DE BS. AIRES
CENTRAL
PIEDRABUENA
e. 2/2 Nº 470.592 v. 2/2/2005
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Resolución Nº 22/2005
Bs. As., 31/1/2005
VISTO el Expediente S01 Nº: 0353203/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA DE LA
RIOJA suscripta el 29 de marzo del 2004, la Secretaria se comprometió a ejecutar, financiar, efectuar los pagos y hacer entrega de los edificios escolares en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700
ESCUELAS.
Que el 20 de agosto del 2004, en el marco de dicho Programa fue suscripto el contrato de obra entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la empresa SIGNO S.A. para la construcción de la Escuela a Crear Barrio Nueva Rioja Departamento Capital - Provincia de LA RIOJA.
Que de conformidad con el ACTA ACUERDO citada, compete a la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
efectuar la liquidación y pago correspondiente, al contratista.
Que por Resolución Nº 715/2004 se aprobó la transferencia para el pago del anticipo financiero por PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS UNO CON SESENTA Y CUATRO
CENTAVOS $ 154.901,64.
Que la citada Resolución, estableció que en cada certificación presentada por el contratista, deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que el contratista SIGNO S.A. ha presentado el Certificado de Obra Nº 1 correspondiente al mes de octubre del 2004, por la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y
UNO CON OCHENTA CENTAVOS $ 83.751,80 conformado por el órgano de Gobierno de la Provincia de LA RIOJA.
Que del importe certificado se ha detraído el importe correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que del importe certificado se deberá detraer el importe correspondiente al CINCO POR CIENTO
5%, para constituir el Fondo de Reparo, según lo establecido en el Artículo 88 del Capítulo VIII del Pliego de Cláusulas Generales y en el Artículo 88 del Capítulo VIII de Cláusulas Especiales que rigen esta contratación.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta conforme las disposiciones del Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992.
Por ello, EL SECRETARIO
DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase la transferencia imputable al pago del Certificado Nº 1 por un monto de PESOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS $ 75.376,62 correspondiente a la obra Escuela a Crear Barrio Nueva Rioja Departamento Capital ejecutado en la PROVINCIA de LA RIOJA en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700
ESCUELAS por el contratista SIGNO S.A.
BOLETIN OFICIAL Nº 30.583
17
ARTICULO 3º El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.
e. 2/2 Nº 470.690 v. 2/2/2005
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Resolución Nº 23/2005
Bs. As., 31/1/2005
VISTO el Expediente S01 Nº: 0352364/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:
Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA DE
FORMOSA suscripta el 11 de abril del 2004, la Secretaria se comprometió a ejecutar, financiar, efectuar los pagos y hacer entrega de los edificios escolares en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700
ESCUELAS.
Que el 20 de agosto del 2004, en el marco de dicho Programa fue suscripto el contrato de obra entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la empresa PILAGA CONSTRUCCIONES S.A. para la construcción del Complejo Educativo Barrio La Colonia Departamento Capital - Provincia de FORMOSA.
Que de conformidad con el ACTA ACUERDO citada, compete a la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
efectuar la liquidación y pago correspondiente, al contratista.
Que por Resolución Nº 605/2004 se aprobó la transferencia para el pago del anticipo financiero por PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON CINCO CENTAVOS $ 395.125,05.
Que la citada Resolución, estableció que en cada certificación presentada por el contratista, deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que el contratista PILAGA CONSTRUCCIONES S.A. ha presentado el Certificado de Obra Nº 1
correspondiente al mes de noviembre del 2004, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA
Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON VEINTICUATRO CENTAVOS $ 355.965,24
conformado por el órgano de Gobierno de la Provincia de FORMOSA.
Que del importe certificado se ha detraído el importe correspondiente al anticipo financiero abonado.
Que por otra parte, el contratista ha presentado la Póliza de Seguro de Caución Nº 556.141 de la compañía ASEGURADORES DE CAUCIONES S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS por la suma de PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON VEINTISEIS CENTAVOS $ 17.798,26, en sustitución del Fondo de Reparo.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la presente medida se dicta conforme las disposiciones del Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992.
Por ello, EL SECRETARIO
DE OBRAS PUBLICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Apruébase la transferencia imputable al pago del Certificado Nº 1 por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON SETENTA Y DOS
CENTAVOS $ 320.368,72 correspondiente a la obra Complejo Educativo Barrio La Colonia Departamento Capital ejecutado en la PROVINCIA de FORMOSA en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS por el contratista PILAGA CONSTRUCCIONES S.A.
ARTICULO 2º Procédase a efectuar la liquidación y pago correspondiente a la empresa PILAGA
CONSTRUCCIONES S.A. de conformidad con lo establecido en el ítem a, apartado iii del ACTA
ACUERDO suscripta entre esta SECRETARIA y la Provincia de FORMOSA de fecha 11 de abril del 2004.
ARTICULO 3º El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.
e. 2/2 Nº 470.692 v. 2/2/2005
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Resolución Nº 24/2005
Bs. As., 31/1/2005
ARTICULO 2º Procédase a efectuar la liquidación y pago correspondiente a la empresa SIGNO
S.A. de conformidad con lo establecido en el ítem a, apartado iii del ACTA ACUERDO suscripta entre esta SECRETARIA y la Provincia de LA RIOJA de fecha 29 de marzo del 2004.
VISTO el Expediente S01 Nº: 0352356/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y