Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 31 de marzo de 2004

Primera Sección
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Dto.- 993/91
REGIMEN DE CARGOS CON FUNCION EJECUTIVA
LLAMADO A INSCRIPCION PARA CONCURSOS ABIERTO DIRIGIDO A PROFESIONALES
QUE SE ENCUENTREN INTERESADOS EN CUBRIR LOS SIGUIENTES CARGOS:
DIRECTOR NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL Nivel A F.E. I
DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACION TECNICA, LEGAL Y ADMINISTRATIVA Nivel A F.E. I
DIRECTOR DE LABORATORIO Y CONTROL TECNICO Nivel A F.E. II
DIRECTOR DE TRAFICO INTERNACIONAL - Nivel B F.E. III
COORDINADOR DE AGROQUIMICOS Y BIOLOGICOS Nivel C - F.E. IV

BOLETIN OFICIAL Nº 30.372

13

Que este COMITE FEDERAL dictó la Resolución Nº 16-COMFER/99, por la cual procedió a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.
Que posteriormente, por Resolución Nº 76-COMFER/99 se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D y se aprobó el cronograma que fijaba las fechas para las aperturas de los concursos y presentación de solicitudes de adjudicación directa de licencias, respecto de las categorías E, F y G.
Que, por Resolución Nº 663-COMFER/01 se modificó el sistema de evaluación de las propuestas presentadas por el sistema de adjudicación directa, sólo respecto de aquellas localizaciones no incluidas en las zonas conflictivas definidas oportunamente por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por NOTCNC Nº 6135/00.
Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de SUNCHALES, provincia de SANTA FE, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.
Que dichos extremos se relacionan, en algunos casos, con el cumplimiento de las condiciones fijadas por la Ley Nº 22.285 para acceder a la titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y en otros con las exigencias particulares establecidas para el procedimiento de adjudicación directa.
Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este COMITE FEDERAL, de la propuesta presentada por la firma RT21 RADIO SUNCHALES SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA, para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecua a las exigencias legales y reglamentarias establecidas por la Ley Nº 22.285 y, en particular, a las impuestas por el Pliego de Bases y Condiciones respectivo.

VACANTES: 1 UNA en cada cargo REMUNERACION: F.E Nivel I $ 5.580 - F.E. Nivel II $ 5.280 - F.E. Nivel III $ 4.680 y F.E. Nivel IV
$ 4.080 - Remuneración bruta incluye Suplemento por función ejecutiva no remunerativa.
Podrán presentarse quienes, poseyendo el titulo profesional requerido, reúnan los requerimientos particulares del perfil y demás requisitos establecidos para el cargo.
LUGAR DE TRABAJO: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
INFORME: Podrán efectuarse por los siguientes medios: Personalmente en el SENASA, Dirección de Recursos Humanos Coordinación de Desarrollo y Carrera del Personal, Av. Paseo Colón 367, 1º Piso, Capital Federal, Telefónicamente al: 011 4331 6041 al 49 Interno 1100 / 1122; e-mail:
senasaconcursos@mecon.gov.ar; ó descargar los perfiles con las condiciones exigibles para el cargo en la siguiente dirección de Internet: http//www.senasa.gov.ar/concursos.

Que por NOTACNC Nº 1317/02 la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar las frecuencias, canales y señales distintivas, respecto de las solicitudes de adjudicación directa de licencias presentada para la provincia de SANTA FE.
Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto.
Que en consecuencia, sin perjuicio de lo que había solicitado el peticionante, el organismo técnico procedió a asignarle el Canal 239, Frecuencia 95.7 Mhz., Categoría E, para la localidad de SUNCHALES, provincia de SANTA FE.

INSCRIPCION: Se recibirá personalmente en Av. Paseo Colón 367 1º piso de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas, desde el 6 al 26 de abril de 2004. Los interesados que residan a más de 50 Km.
podrán inscribirse por correspondencia, considerando a tal efecto la fecha de franqueo.

Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 913-COMFER/03, ha concluido que la presentación efectuada por la firma RT21 RADIO SUNCHALES SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA, se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión.

LA INFORMACION RECIBIDA SERA TRATADA CON TOTAL CONFIDENCIALIDAD.
e. 31/3 Nº 443.515 v. 31/3/2004

Que, conforme surge de lo normado por el Decreto Nº 883/01, la SECRETARIA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

AVISOS OFICIALES
Nuevos PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº 350/2004
Bs. As., 25/3/2004
VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 1730.00.0/99, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por la firma RT21 RADIO SUNCHALES SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de SUNCHALES, provincia de SANTA FE, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por los Decretos Nº 310/
98 modificado por el Decreto Nº 883/01 y Nº 2/99, como así también por las Resoluciones Nº 16COMFER/99 modificada por su similar Nº 663-COMFER/01.
Que la Ley de Radiodifusión Nº 22.285 establece en su artículo 39 inc. a que Las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión por particulares serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, conforme lo establezca la reglamentación de esta ley, para el caso de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión.
Que por consiguiente, las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, de acuerdo con el sistema legal vigente, deben ser adjudicadas por decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, previa sustanciación de los correspondientes concursos públicos convocados al efecto por este COMITE FEDERAL.
Que en el año 1998 se dictó el Decreto Nº 310/98, por el cual se complementa el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobado por Decreto Nº 1144/96, modificado por su similar Nº 1260/96.
Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº 22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia categorías E, F y G.

Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98
de la Ley Nº 22.285 y por el Decreto Nº 131 de fecha 4 de junio de 2003.
Por ello, EL INTERVENTOR
EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudícase a la firma RT21 RADIO SUNCHALES SOCIEDAD COMERCIAL
COLECTIVA, integrada por los señores Hugo Tomás ABATIDAGA D.N.I. Nº 10.941.373 y Gabriel Luis ABATIDAGA D.N.I. Nº 12.836.763, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 239, frecuencia 95.7 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva LRM 702, de la localidad de SUNCHALES, provincia de SANTA FE, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 2º La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE 15 años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ 10 años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9 del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.
ARTICULO 3º Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE 120 días corridos contados a partir de a publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título III del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo II integra la Resolución Nº 16-COMFER/99.
ARTICULO 4º El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 9º del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el artículo 2º de la Resolución Nº 16-COMFER/99, asciende a la suma de PESOS NUEVE MIL
NOVECIENTOS $ 9.900-, debiendo el depósito constituirse en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego, conforme lo estatuido en su artículo 20, modificado por Resolución Nº 459-COMFER/
02.
ARTICULO 5º Establécese que dentro de los TREINTA 30 días posteriores a la puesta en funcionamiento de la estación, el licenciatario deberá solicitar la correspondiente inspección técnica definitiva de este COMITE FEDERAL, a efectos de obtener la habilitación contemplada en el artículo 20, inciso 20.5 del referido Pliego de Bases y Condiciones.
ARTICULO 6º Dispónese que en el caso de corresponder, dentro de los TREINTA 30 días hábiles administrativos, el adjudicatario deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 113-COMFER/97.
ARTICULO 7º Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 31/3 Nº 443.371 v. 31/3/2004

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha31/03/2004

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones9351

Primera edición02/01/1989

Ultima edición30/05/2024

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