Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2001 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MARTES 17 DE JULIO DE 2001

AÑO CIX

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.690
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
DR. JORGE E. DE LA RUA
MINISTRO

SECRETARIA DE JUSTICIA Y
ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. MELCHOR R. CRUCHAGA
SECRETARIO

SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Y ASUNTOS LEGISLATIVOS
DR. FRANCISCO FUSTER
SUBSECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 105.174

INSTRUCCIONES
PRESIDENCIALES
ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Instrucción Presidencial del día 15 de Julio de 2001
Plan de ahorro y modernización. Impártense instrucciones para que se proyecten los instrumentos pertinentes que aseguren objetivos de Seguridad Social, Reforma del Estado y Coordinación con otros Poderes.

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Que la aplicación de la norma legal citada obliga a efectuar ahorros en los gastos del ESTADO NACIONAL de conformidad al principio de que no se puede gastar más de lo que se recauda.
Que es necesario establecer las salvaguardas necesarias para limitar los efectos de estos ahorros en los niveles inferiores y al mismo tiempo otorgarles el mayor carácter de equidad posible.
Que el ahorro del sector público tiene el carácter de transitoriedad, propio del origen del concepto de déficit cero, que se obtiene reduciendo gastos y optimizando los ingresos.
Que debe priorizarse la asignación automática de ingresos adicionales provenientes de nuevas fuentes.
Que la reforma integral del Estado debe acelerarse para obtener mayores ahorros que puedan afectarse a las áreas y actividades más prioritarias para el ejercicio de sus funciones en la grave situación que vive la República, a fin de facilitar el cumplimiento de las actividades indelegables de promotor del desarrollo social y garante de la equidad distributiva.
Que es necesario que todos los órganos del Estado se aboquen a realizar el máximo esfuerzo para obtener los mayores ahorros posibles en el menor tiempo, así como poner en marcha un plan integral de lucha contra el contrabando y la evasión.
Que en consecuencia, es necesario impartir instrucciones precisas para que en el curso de los próximos días las áreas correspondientes preparen los documentos jurídicos necesarios para instrumentar este plan de ahorro y modernización.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
INSTRUYE:
Al Jefe de Gabinete de Ministros y a los Ministros del PODER EJECUTIVO NACIONAL para que proyecten los instrumentos legales que correspondan, o suscriban dentro de sus respectivas competencias, las normas pertinentes que aseguren los siguientes objetivos:
Artículo 1º Seguridad Social Eliminar privilegios, fraudes e ineficiencias, destinando el producido de estas acciones a poner al día las jubilaciones en trámite.
Instar las reformas administrativas y legales necesarias a fin de reducir la litigiosidad previsional.
Poner en marcha el Beneficio Universal para mayores de 70 años en los términos del Decreto 1306/00.

Instrucción Presidencial del día 15 de Julio de 2001.
TENIENDO en cuenta el Artículo 99 inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 34 de la Ley Nº 24.156, texto según Decreto Nº 896/2001 que establece el principio del déficit cero en la Administración Pública.

Hacer efectivas las incompatibilidades previstas en el Decreto antes citado.
Aplicar las incompatibilidades previstas en el artículo 1º del Decreto Nº 8566/61, texto según Decreto Nº 894/2001 a todo el personal de los
DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Instrucción Presidencial del día 15 de Julio de 2001
Plan de ahorro y modernización. Impártense instrucciones para que se proyecten los instrumentos pertinentes que aseguren objetivos de Seguridad Social, Reforma del Estado y Coordinación con otros Poderes.
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 150/2001-SC
Tipifícanse mercaderías a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de Draw-Back.
Resolución 280/2001-ME
Fíjanse valores mínimos de exportación FOB provisional para operaciones con perfil de hierro laminado en caliente en forma de L de lados iguales, originario de las Repúblicas Checa, de Turquía, de Sudáfrica y Federativa del Brasil.
Resolución 283/2001-ME
Acéptase un compromiso de precios referido a bandejas de poliestireno espumado para productos alimenticios, originarias de la República de Chile.
Continúase la investigación respecto de un presunto dumping en relación con el resto de los productores-exportadores de la mencionada República.
EXPORTACIONES
Resolución General 1043-AFIP
Pago de estímulos a la exportación.
PESCA
Resolución 17/2001-CFP
Modifícase la Resolución Nº 15/2001, en relación con el ámbito temporal de vigencia para la captura máxima permisible en la Unidad Sur de Manejo de la especie vieira patagónica.
PROCURACION DEL TESORO
DE LA NACION
Resolución 67/2001-PTN
Asígnase al Servicio Jurídico Permanente del Ministerio de Economía la representación y defensa del Estado Nacional en las causas relacionadas con el régimen remunerativo del personal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos.
RADIODIFUSION
Resolución 180/2001-SG
Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirá los llamados a Concursos Públicos para la adjudicación de licencias de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en determinadas categorías. Valores de los Pliegos. Excepciones al pago de los mismos.
Resolución 1111/2001-COMFER
Créase el Registro de Actualización de Datos de Licencias de Ser-

1

5

13

11

2

2

2

Pág.
vicios Complementarios de Radiodifusión.

7

SANIDAD ANIMAL
Resolución 178/2001-SENASA
Reglaméntase el procedimiento que garantiza la identificación del origen de los animales que se movilicen con cualquier destino. Derógase la Resolución Nº 1991/2000.

2

SEGUROS
Resolución Conjunta 3/2001-SAFJP y 28.296/2001-SSN
Apruébanse las Condiciones Generales de la Póliza de Seguro Colectivo de Invalidez y Fallecimiento.

3

SERVICIO TELEFONICO
Resolución 216/2001-SC
Asígnase numeración geográfica para los servicios de Comunicaciones Personales y Telefonía Móvil.

9

Resolución 219/2001-SC
Asígnase numeración para el servicio básico telefónico en diversas localidades.

9

Resolución 221/2001-SC
Asígnase numeración geográfica para el servicio de Tarjeta de Llamadas a Crédito o Calling Card.

10

TELECOMUNICACIONES
Resolución 215/2001-SC
Regístranse a nombre de Servicios para el Transporte de Información S.A. los servicios de alarma por vínculo radioeléctrico y de localización de vehículos.

4

Resolución 217/2001-SC
Modificación de la Resolución Nº 680/98.

10

Resolución 220/2001-SC
Asígnanse Códigos de Puntos de Señalización Nacional.

11

Resolución 222/2001-SC
Otórgase licencia única de servicios de telecomunicaciones, en los términos del Anexo I del Decreto Nº 764/2000.

40

TRANSPORTE DE MATERIALES
RADIACTIVOS
Resolución 11/2001-ARN
Aprúebase la Revisión 1 de la Norma AR
10.16.1, que se incorpora al Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos - Edición del año 1996 Revisada, publicación TS-R-1 del Organismo Internacional de Energía Atómica.

14

REMATES OFICIALES
Anteriores
47

AVISOS OFICIALES

40
Nuevos
41

Anteriores
47

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/07/2001 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha17/07/2001

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones9355

Primera edición02/01/1989

Ultima edición03/06/2024

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