Boletín Oficial de la República Argentina del 30/06/1993 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

OFICIAL

BOLETÍN

DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 1993

N 27.670
MINISTERIO DE JUSTICIA
D R . JORGE L. MAIORANO

MINISTRO

SECRETARIA DE
ASUNTOS REGÍSTRALES
DR. JOSÉ A. PRADELU

SECRETARIO

DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBÉN A. SOSA

DIRECTOR NACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL
TeleFax 322- 3982

1

ANOCI

a
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL

LEGISLACIÓN
Y AVISOS OFICIALES

totalmente en efectivo en virtud de lo dispuesto por el inciso a del Articulo 16 del Decreto N9 2140 del 10 de octubre de 1991.
Que, también, es equitativo ampliar el plazo para ejercer las opciones contempladas por el Artículo 16 del Decreto N9 2140
del 10 de octubre de 1991 hasta el 31 de julio de 1993, modificando en tal sentido la disposición del Artículo 4 del Decreto Ns 1253 del 18 de junio de 1993, así como determinar un plazo para que ejerzan sus derechos las personas que se encuentren alcanzadas por la situación contemplada por el segundo párrafo del Artículo 3 9 del Decreto citado en último término.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades previstas en los incisos 1 y 2 del Articulo 86 de la Constitución Nacional.
Por ello,
DEPTO. EDITORIAL Tel. 322-4009
INFORMES LEGISLATIVOS
Tel. 322-3788
SUSCRIPCIONES Tel. 322-4056
Domicilio legal: Suipacha 767
1008-Capital Federal Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N 9 292.024

SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1349/93
Modificación del Secreto N 1253/93.
Bs. As.. 2 8 / 6 / 9 3
VISTO las Leyes N5 23.982, 24.130 y 24.145 y los Decretos N9 2140 del 10 de octubre de 1991 y N9 1253 del 18 de junio de 1993, y CONSIDERANDO:
Que la demanda por acciones de YPF S. A.
ha superado las previsiones originales, permitiendo aumentar los ingresos en efectivo destinados al pago de la deuda previsional. Ello obliga a reducir la cantidad máxima de acciones destinadas a las operaciones del Capítulo II del Decreto N9 1253 del 18 de junio de 1993. permitiendo disminuir el período de indisponibilidad de dichas acciones.
Que es razonable, a los fines de la adquisición de acciones de YPF S. A. por las vías anteriormente señaladas, equiparar a los suscriptores originales de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales con los titulares originales de créditos por diferencias de haberes jubilatorios y pensiones, consolidados en virtud de lo establecido por la Ley N8 23.982, que hubieran optado por percibir dichas acreencias consolidadas
$0,30

EL PRESIDENTE PROVISORIO
DEL SENADO DE LA NACIÓN
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
9

Artículo l Reemplázase el inciso a del Artículo 7 9 del Decreto N9 1253 del 18 de junio de 1993 por el siguiente texto: "a El Estado Nacional ofrecerá en venta bajo el régimen establecido por este Decreto hasta un máximo de SESENTA Y CINCO MILLONES
65.000.000 de acciones de YPF S. A."
Art. 2 9 Reemplázase el primer párrafo del apartado V del inciso b del Artículo 7 9 del Decreto N5 1253 del 18 de junio de 1993 por el siguiente texto: "VIndisponibilidad. Las acciones de YPF S. A. vendidas con arreglo a lo establecido en este Articulo, así como cualquier otra acción liberada que YPF S. A. deba entregar al adquirente de las primeras en razón de aumentos de capital por capitalización de ganancias, revalúos o cualquier otra causa, quedarán en estado de indisponibilidad para su titular por el plazo de DOCE 12 meses contados a partir del 1 de agosto de 1993. La indisponibilidad establecida por este apartado significa: a que el titular no podrá ordenar la transferencia o cesión de las acciones a otras subcuentas o cuentas a nombre de terceros en la Caja de Valores S. A., o la inscripción o registro de las mismas a favor de otros titulares en el libro de acciones escritúrales de YPF S. A..
cualquiera sea la institución a cuyo cargo esté dicho Libro: b que el titular no podrá constituir derechos reales de garantías sobre acciones, y c que las acciones de YPF S. A. no podrán ser venidas o transferidas a terceros por cualquier título por actos entre vivos".
Déjase sin efecto el cuarto párrafo del apartado V del inciso b del Artículo 7 9 del Decreto N9 1253 del 18 de junio de 1993.
Art. 3 S Los titulares de crédito por diferencia de haberes jubilatorios y pensiones consolidados por imperio del inciso a del Articulo 7 S
de la Ley N9 23.982, que hubieran optado por percibir sus acreencias consolidadas totalmente en efectivo con arreglo al inciso a del Artículo 16 del Decreto Ns 2140 del 10 de octubre de 1991, podrán aplicar la totalidad de dichas acreencias a la adquisición de acciones de YPF S. A., asimilándose a esos efectos a los suscriptores originales de Bonos de Consolidación de Deudas Previsionales en adelante.
BOCONES bajo el régimen del Capítulo II del Decreto N9 1253 del 18 de junio de 1993, y este Decreto, mediante presentación de una nota cuyo contenido mínimo deberá ser el del Anexo I del presente.

DÉLA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto N9 659/1947

Art. 4 A los efectos de la aplicación a la adquisición de acciones de YPF S. A. de las acreencias consolidadas referidas en el Articulo anterior se tomará como valor de cada CIEN 100
unidades de Moneda Nacional de dichas acreencias, el precio establecido para la primera serie de emisión de los BOCONES en Moneda Nacional en el Anexo IV del Decreto N 9 1253 del 18de junio de
1993, cuando se tratare de acreencias cuya fecha de corte hubiera tenido lugar antes del o el 1 de abril de 1991 con arreglo a las previsiones del Artículo l 9 de la Ley N9 23.982 y del Decreto N9 2140 del 10 de octubre de 1991. Se tomará como valor de cada CIEN 100 unidades de Moneda Nacional de las acreencias previsionales consolidadas el precio establecido para la
SUMARIO
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 463/93-SAGP
Declárase de Interés Nacional a las "Jomadas Intensivas de Siembra Directa.
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 693/93-MEYOSP
Deniégase la imposición de derechos antidumping en operaciones de importación de ciclamato de sodio originario de la República Federativa del Brasil.

Pág.

4

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y
PREVISIONALES
Resolución General 3701/93-DGI
Procedimiento. Decreto N 9 932/93. Régimen de presentación espontánea Título I. Régimen de facilidades de pago Titulo II. Decreto N9 933/93.
Sistema Único de la Seguridad Social. Régimen de facilidades de pago. Presentación de formularios de declaración jurada. Ampliación de plazo.

15

OBRAS PUBLICAS
Decreto 1312/93
Establécese un sistema para la redeterminación periódica de los precios en las contrataciones de obras públicas a largo plazo que se liciten.

4

PRODUCTORES LANEROS
Resolución 429/93-SAGP
Establécese una compensación económica no reintegrable, en beneficio de los pequeños productores minifundistas laneros de las Provincias de Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

7

RADIODIFUSIÓN
Resolución 450/93-CFR
Modificación de la Resolución N9 737/91-COMFER.

7

REPRESENTACIONES CONSULARES
Decreto 1311/93
Dispónese el cierre del Consulado en Arequipa.

3

7

SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1349/93
Modificación del Decreto N9 1253/93.

1

5

Resolución 363/93-ANSES
Impleméntase el sistema de pago inmediato del beneficio previsional.

6

Resolución 369/93-ANSES
Autorizase al Banco de la Nación Argentina a retener mensualmente un porcentaje de los aportes y contribuciones fijados por los incisos d y e del artículo 17
de la Ley N9 19.322 con destino al Instituto de Servicios Sociales Bancarios.

6

SERVICIO EXTERIOR
Decreto 1318/93
Incorporación de funcionarios al Cuerpo Permanente Activo.
-

4

Decreto 1320/93
Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en la República de Albania.

5

Decreto 1323/93
Traslado de un funcionario.

5

Decreto 1326/93
Acéptase la renuncia del Agregado para Asuntos de Prensa de la Embajada ante el Reino de España.

5

7

15

COMERCIO OE GRANOS
Resolución 283/93-SAGP
Autorízase a la Sociedad Entrerriana de Certificados de Depósito y Warrants S. A. para expedir certificados de depósito y talón, en los términos del DecretoLey N9 6698/63.

6

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 234/93-CNV
Modificación de la Resolución General N s 201.

6

COMISIONES TÉCNICA MIXTA
Decreto 1322/93
Acéptase la renuncia del Delegado ante la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande. Designación de su reemplazante.

5

CONVENIOS
Decreto 1304/93
Facúltase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y a la Empresa Obras Sanitarias de la Nación a suscribir un convenio con la Asociación del Fútbol Argentino.
EMERGENCIA OCUPACIONAL
Resolución 516/93-MTSS
Prorrógase la vigencia de la Resolución MTSS
N9 389/92 en todo el territorio de la Provincia de Salta.
ENERGÍA ELÉCTRICA
Decreto 1319/93
Rectificación del Decreto N 9 556/93.
FORESTACIÓN
Resolución 447/93-SAGP
Apruébanse Proyectos de Desarrollo Regional Forestal.
HUESPEDES OFICIALES
Decreto 1321/93
Decláranse al Ministro de Estado de Asuntos Exteriores de la República de la India y su comitiva.
MINISTERIO DE CULTURA
Y EDUCACIÓN
Decreto 929/93
Fíjanse las remuneraciones para el personal de la Orquesta Sinfónica Nacional, Orquesta de Música Argentina "Juan de Dios Filiberto", Coro Polifónico Nacional, Coro Nacional de Jóvenes y Coro Nacional de Niños, Banda Sinfónica de Ciegos y Coro Polifónico de Ciegos.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1317/93
Levántase la clasificación de "secreto militar" a todo asunto relacionado con el Proyecto Misilístico Cóndor II.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución 170/93-SH
Autorízase a cubrir dos vacantes, a la Secretaría de Minería.
-

Pág.
MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL
Decreto 1316/93
Acéptase la renuncia del Secretario General y de Relaciones Institucionales. Designación de su reemplazante.

3

8

5

2

CONCURSOS OFICIALES
4

Nuevos Anteriores Nuevos Anteriores
6

Nuevos Anteriores
16
24
REMATES OFICIALES
AVISOS OFICIALES

16
24
16
24

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/06/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha30/06/1993

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9340

Primera edición02/01/1989

Ultima edición19/05/2024

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