Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/1993 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN

OFICIAL

DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, VI ERNES 19 DE FEBRERO DE 1993

AÑO a
$0,30
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL

2

N 27.581
MINISTERIO DE JUSTICIA
D R . JO RGE L. MAIO RANO

MINISTRO

SECRETARIA DE
ASUNTOS REGÍSTRALES
DR. JOSÉ A. PRADEUJ

SECRETARIO

DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBÉN A. SOSA

DIRECTOR NACIO NAL
DIRECCIÓN NACIONAL
TeleFax 3223982
DEPTO. EDITORIAL Tel. 3224009
INFORMES LEGISLATIVO S
Tel. 3223788
SUSCRIPCIONES Tel. 3224056

Domicilio legal: Suipacha 767
1008-Capital Federal Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Na 292.024

1

a
Que por tal motivo, el MI NI STERI O DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚ
BLICOS por Resolución M. E. y O. y S. P.
N9 1052/92 aprobó lo actuado por FE
RROCARRILES ARGENTINOS en lo referi do a la propuesta de adjudicación y pro yecto de Contrato de Concesión.
Que de conformidad con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, conforme a los Artículos 163 a 307 de la Ley de Sociedades N9 19.550, se ha constituido la SOCIEDAD ANÓNIMA CONCESI ONARI A, que se denomina TREN DE LA COSTA
SOCIEDAD ANÓNIMA".
Que con esta última el MI NI STERI O DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚ
BLICOS en fecha 7 de octubre de 1992 ha suscripto el respectivo Contrato de Conce sión.
Que en virtud de lo establecido en el Arti culo 15 del Decreto N9 2408/91 corres ponde la aprobación de lo actuado por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones de la Ley N9 23.696 y las facultades conferidas por el inciso 1 del Artículo 86 de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESI DENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Articulo 1" Apruébase todo lo actuado por el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS con motivo de la Licita ción Pública Nacional e I nternacional para la explotación del Ramal MI TRE II DELTA.
Art. 2" Apruébase el Contrato de Conce sión suscripto el 7 de octubre de 1992 por el señor Ministro de ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS con la Firma TREN DE
LA COSTA SOCI EDAD ANÓNI MA que como anexo forma parte del presente decreto en copia autenticada.

MINISTERIO DE ECONOMÍA T
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Decreto 2 0 4 / 9 3 /
Apruébase el Contrato de Concesión suscrip to con la firma Tren de la Costa Sociedad Anónima.

Art. 3 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEM. Domingo F. Cavallo.
NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo.

Bs. As., 11/2/93
VISTO el Expediente NB 263/92 del Registro de FERROCARRILES ARGENTI NOS y lo dis puesto en la Ley N9 23.696 y el Decreto N9 666 de fecha I a de setiembre de 1989. y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 666 de fecha 1" de setiembre de 1989 en el Articulo 1", inciso f. se ordenó a FERROCARRILES ARGENTI
NOS impulsar en forma inmediata la licita ción para la explotación del Ramal BOR
GESDELTA.
Que en cumplimiento de lo dispuesto fue lanzada la Licitación Pública Nacional e Internacional N9 2145/90, en la cual se obtuvo una única oferta correspondiente a la Firma SOCI EDAD COMERCI AL DEL
PLATA SOCIEDAD ANÓNI MA que no pre sentó apartamientos reglamentarlos ni de las bases del llamado.

DE LA REPÚBLI CA ARGENTI NA serán tenidos por
LEGISLACIÓN
Y AVISOS OFICIALES

ROS
HIDROCARBURO
Decreto 2 1 1 / 9 3
Designase representante de la Honorable Cámara de Diputados de la N ación en la Comisión de Provinclalización de Hidrocar buros.
Bs. As., 12/2/93
VISTO la Comisión de Provinclalización de Hidrocarburos, prevista por el articulo 5 9
de la Ley N9 24.145. y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N9 38/93 se constituyó la citada Comisión, disponiéndose que esta ría integrada por, entre otros, el señor Diputado Nacional don Hugo Antonio BORDIN CAROSI O en representación de la Cámara de Diputados de la Nación.

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto N9 659/1947

. Que la Presidencia de ese Honorable Cuerpo Legislativo h a comunicado su resolución de designar en reemplazo de dicho legislador al señor Diputado Nacional don Octavio Osear FRIGERIO.
Que, en consecuencia, corresponde actuali zar la I ntegración de la Comisión de que se trata, en uso de las facultades que acuerda al Poder Ejecutivo Nacional el articulo 5 a de la Ley N" 24.145.
Por ello, EL PRESI DENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:

CONDECORACIONES
Decreto 2 1 2 / 9 3

Apruébase un Acta por la que se acuerda una condecoración.
Bs. As., 12/2/93
VISTO lo establecido por el Decreto Ley N9 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ra tificado por la Ley N9 14.467, por el que se creó la "ORDEN DE MAYO AL MÉRITO", y CONSIDERANDO:

Articulo 1 La Comisión de Provinclaliza ción de Hidrocarburos estará integrada, en repre sentación de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, por el señor Diputado Nacional don Octavio Osear FRI GERI O, quien reemplazará al señor Diputado Nacional don Hugo Antonio BORDIN CAROSI O.
Art. 2 9 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve se. MENEM. Gustavo O. Beliz.

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a eminentes personalidades de la REPÚBLI
CA DOMI NI CANA, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTI VO NACI O
NAL dictar la medida aprobatoria comple mentarla prevista en el articulo 6 9 del De creto Ley N9 16.629 del 17 de diciembre de 1957. ratificado por Ley N9 14.467.

SUMARIO
Pág, AUTOTRANSPORTE PUBLICO DE
PASAJEROS
Decreto 247/93
Prohíbese en todo el territorio nacio nal la circulación en tráficos interjuris diccionales e internacionales de ve hículos de autotransporte colectivo de pasajeros que no hayan cumplido con los requisitos establecidos por la Secretaría de Transporte.
CONDECORACIONES
Decreto 212/93
Apruébase un Acta por la que se acuerda una condecoración.
HIDROCARBUROS
Decreto 211/93
Desígnase representante de la Hono rable Cámara de Diputados de la Na ción en la Comisión de Provinclaliza ción de Hidrocarburos.
IMPUESTOS
Resolución General 3648/93DGI
Impuestos Varios. Impuestos a las Ganancias. Procedimiento.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 216/93
Incluyese a un agente en las previsio nes del Decreto N 8 1840/86.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
Decreto 204/93
Apruébase el Contrato de Concesión suscripto con la firma Tren de la Costa Sociedad Anónima Decreto 213/93
Incluyese al Contador General de la Nación de la Secretaría de Hacienda
I T > A -.m I A v f . w . .wi ?> t yjr r
Pág.
en las previsiones del Decreto Ns 1840/86.

2

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 227/93
Desígnase Subsecretario de Rela ciones Institucionales en la Secreta ría General y de Coordinación.

2

PROGRAMA NACIO NAL DE
DEMOCRATIZACIÓN DE LA
CULTURA
Decreto 230/93
Desígnase Presidente.

2

1

SERVICIO PENITENCIARIO
FEDERAL
Decreto 2814/92
Apruébase la Estructura Organizativa de la citada Dirección Nacional.

3

16

SESIONES EXTRAO RDINARIAS
Decreto 228/93
Amplíase el temario a tratar por el Ho norable Congreso de la Nación.

2

16

1

FE DE ERRATAS
Resolución General 3645/93

18

CONCURSOS O FICIALES
Nuevos
19

REMATES OFICIALES
Anteriores
22

2

1

AVISOS OFICIALES
Nuevos
19

Anteriores
23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/02/1993 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha19/02/1993

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9344

Primera edición02/01/1989

Ultima edición23/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 1993>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28