Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 16/4/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 73

16 de abril de 2024

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adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Respecto al resto de propuestas y/o condicionantes, se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, y argumenta su postura en algunas de las respuestas, dando conformidad a otras, e indicando que aportará los informes requeridos estudio de tráfico. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibe informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, donde manifiesta que las instalaciones no afectan a la Red Estatal de Carreteras ni a sus zonas de protección. No obstante, informa desfavorablemente de estas instalaciones, ya que la modificación de los cinco accesos propuestos por el elevado número de entronques de los viales de los parques eólicos con la carretera N-211, produciría una afección negativa sobre la seguridad vial del tramo en cuestión. Este informe es trasladado al promotor, que responde manifestando su conformidad y comprometiéndose a revisar y presentar una nueva propuesta para los accesos de los parques.
No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibe informe por parte de Enagás S.A., el cual indica que el proyecto afecta a sus instalaciones en la zona Caspe y Alcañiz, a los gasoductos B-V-V, desdoblamiento Tivissa-Castelnou y ramal a Alcañiz en distintos puntos, y facilita condicionantes generales y particulares con los aspectos técnicos a tener en cuenta. La respuesta es trasladada al promotor, el cual manifiesta conformidad y se compromete a cumplir con los condicionados expuestos.
Se recibe informe del Ayuntamiento de Caspe, el cual muestra su disconformidad ante el proyecto debido a varias afecciones socioeconómicas y medioambientales. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y este responde argumentando su postura en algunas de las respuestas, dando conformidad a otras. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad de este en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibe informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Teruel, el cual informa acerca de la no compatibilidad urbanística que desarrolla el proyecto sobre el Suelo No Urbanizable del término de Alcañiz. El promotor responde argumentando su postura y muestra su conformidad. Del mismo modo, se compromete a solicitar las autorizaciones y los permisos que fueran necesarios. Esta respuesta es trasladada al Consejo Provincial en cuestión, que responde manteniéndose en sus argumentos.
Se ha recibido contestación de la Diputación Provincial de Teruel Vías y Obras, donde se solicita que se incluya en el proyecto el estudio de aumento de tráfico pesado y la afección que la construcción de los parques eólicos genere en carreteras de titularidad provincial y/o municipal, incluyendo las medidas correctoras necesarias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que responde a las mismas trasladando su conformidad.
Se recibe informe del Ayuntamiento de Rubí, el cual informa desfavorablemente el proyecto y su estudio de impacto ambiental, expresando oposición a la ejecución de la línea, manifestando que se trata de una línea de transporte y argumentando fragmentación de los proyectos, entre otros. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y este responde argumentando su postura en algunas de las respuestas, dando conformidad a otras. Posteriormente, el ayuntamiento de Rubí emite un segundo informe reafirmándose en su primera respuesta.
Se recibe informe de la Dirección General de Energía, del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña, el cual informa desfavorablemente el proyecto describiendo diversas alegaciones, entre otras, la nulidad de la acumulación de la tramitación de varios proyectos en un solo expediente y de la tramitación de la infraestructura de evacuación por no reunir las características propias de una línea de transporte. El promotor responde dichas alegaciones, argumentando su respuesta. La respuesta del promotor es trasladada al organismo, el cual responde nuevamente reafirmando su posición desfavorable al proyecto.
Preguntados la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, Red Eléctrica de España, Endesa S.L., la Diputación Provincial de Zaragoza Vías y Obras, la Comarca de Bajo Aragón Caspe, la Comunidad de Regantes y Usuarios de la Cuenca del Ebro, la Comarca del Bajo Aragón, la Comarca de Valls Occidental, Ferrocarriles de la Generalitat de Catalunya y los Departamentos de Política Territorial y de Obras Públicas y de Territorio y Sostenibilidad Carreteras de la Generalitat de Catalunya, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental INAGA, a la Confederación Hidrográfica del Ebro CHE, a la Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, a la Dirección General de Interior y Protección Civil del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 16/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha16/04/2024

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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