Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/3/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 62

27 de marzo de 2024

4

Núm. 2024-0996
PITARQUE
EDICTO
Debiendo de proveerse en este Municipio el cargo de Juez de Paz titular, y de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica de 6/1985 de 1 de Julio, del Poder Judicial, y el art. 5 del Reglamento núm. 3/1.995 de 7 de Junio de los Jueces de Paz, se abre plazo de quince días para que puedan presentarse solicitudes ante este Ayuntamiento aquellas personas que les interese su nombramiento, y que reúnan las condiciones siguientes:
1.- Ser español, mayor de edad.
2.- No estar incurso en las siguientes causas de incapacidad:
- Estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
- Estar condenado por delito doloso mientras no haya - obtenido la rehabilitación.
- Estar procesado o inculpado por delito doloso en tanto no sea absuelto o se dicte auto de sobreseimiento.
- No estar en pleno ejercicio de los derechos civiles.
3.- No hallarse incurso en las siguientes causas de incompatibilidad:
Ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.
Ejercicio de cualquier cargo de elección popular o de designación política.
Tener empleo o cargo dotado o retribuido por la administración pública.
Tener empleo de cualquier clase en los Tribunales y Juzgados.
Ejercer la Abogacía o la Procuraduría y todo tipo de asesoramiento jurídico.
Pitarque, 19 de marzo de 2.024.- La Alcaldesa.

Núm. 2024-0980
OJOS NEGROS
EDICTO.
Por acuerdo del Pleno de fecha 1 de marzo de 2024, se aprobó inicialmente la Ordenanza Reguladora del Funcionamiento de la Pista Municipal de Padel y la Tasa por Prestación del Servicio en Ojos Negros.
De acuerdo con el artículo 139 y s.s de la ley 7/1999, de 9 de abril, reguladora de Administración Local de Aragón, y articulo 57 y s.s. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la presente Ordenanza establece las condiciones generales de uso y la tasa por la utilización de la pista de pádel municipal.
El correspondiente expediente permanecerá expuesto al público en la Secretaría municipal por término de TREINTA días, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante cuyo plazo podrán los interesados examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones y los informes solicitados fueran favorables o sin reparos, se entenderá definitivamente aprobada la presente Ordenanza, de conformidad con el art. art. 49 de la Ley 7/85 reguladora de las Bases del Régimen Local, y el art. 140 de la Ley 7/1999 de Administración Local de Aragón.
Ojos Negros, a 18 de marzo de 2024.- EL ALCALDE, Fdo.: Rafael Jesús Esteban Sebastián
Núm. 2024-0994
ANADÓN
Aprobado por Decreto de Alcaldía n.º 5/2024, de fecha 19 de marzo de 2024, el padrón fiscal correspondiente al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2024, queda expuesto al público en la Secretaría Municipal por plazo de VEINTE días a partir del siguiente a su publicación en el B.O.P. Teruel, y en el Tablón de Anuncios municipal, a efectos de notificación colectiva y de que las personas interesadas puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/3/2024

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha27/03/2024

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31