Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 20/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 56

20 de marzo de 2020

2

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Núm. 2020-0829
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
Con fecha 3 de marzo de 2020, se ha dictado Decreto de Alcaldía-Presidencia con el número 642/2020, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de escuelas deportivas municipales para el curso escolar 2020/2021.
A continuación, se hace público el texto íntegro del citado decreto, así como de la convocatoria correspondiente en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 185.3 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto nº 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón y del artículo 11.4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.
Lo que se publica para general conocimiento, disponiendo que el plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a constar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia sección oficial del BOA.
En Teruel, a 10 de marzo de 2020.- El Técnico del Servicio Municipal de Deportes, Tomás Martín Pérez.
DECRETO N.º 642/2020
FECHA: 03/03/2020
Examinado el expediente administrativo n.º 426/2020/TE, instruido en relación con CONVOCATORIA DE
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE ESCUELA DEPORTIVAS MUNICIPALES PARA EL CURSO
ESCOLAR 2020/2021, del que se desprenden los siguientes:
Antecedentes de Hecho I.- Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 1 de Abril de 2019, se aprobó inicialmente la Ordenanza Específica mediante la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias públicas de concesión de subvenciones dirigidas al Desarrollo de Escuelas Deportivas Municipales II.- El referido acuerdo, junto con el anexo que contiene el texto de las Bases, fueron publicados íntegramente en el Tablón de anuncios municipal, en la página web municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 69 de 10
de abril de 2019, abriéndose el trámite de información pública por 30 días, sin que durante dicho plazo se hayan presentado alegaciones.
De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 1 de abril de 2019, al no haber alegaciones, se entienden definitivamente aprobadas las Bases referidas. Fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 110, de 12 de junio de 2019, habiendo entrado en vigor la referida ordenanza específica en el día de la fecha.
Fundamentos de Derecho I.- Conforme al artículo 15 de de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, el procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria aprobada por órgano competente
Y el artículo 17, primer inciso, de la misma Ley señala la convocatoria desarrollará el procedimiento de concesión, de acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras y en la normativa aplicable
Por tanto, una vez aprobadas definitivamente las Bases y ya habiendo sido publicadas, procede aprobar la convocatoria correspondiente con arreglo a dichas Bases.
II.- El contenido de la convocatoria ha de respetar lo establecido en el artículo 17 de la Ley 5/2015.
III.- Conforme al artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de Subvenciones, la Administración concedente debe remitir a la Base de Datos nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas en los términos establecidos en el artículo 20.
Según el artículo 20.4 c de esta Ley, están obligados a suministrar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones en las Entidades Locales, la Intervención u órgano que designe la propia Entidad Local.
Y el artículo 20.8 a dice en todas las convocatorias sujetas a esta legislación, las Administraciones concedentes comunicarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de las convocatorias y la información requerida por la Base de Datos. La Base de Datos Nacional de Subvenciones dará traslado al diario oficial correspondiente del extracto de la convocatoria, para su publicación
IV.- La competencia para la aprobación de la convocatoria corresponderá a la Alcaldía Presidencia, según resulta de la Base undécima de las que regirán la convocatoria de subvenciones en materia de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana.
Por ello, Vengo en Resolver:
Primero.- Primero.- Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones, por procedimiento de concurrencia competitiva, para el desarrollo de escuelas deportivas municipales durante el curso escolar 2020-2021, con el contenido que figura como Anexo-Convocatoria obrante en el expediente administrativo y consecuentemente autorizar gasto en importe de 32.000.00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 341.489 del vigente presupuesto para el año 2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 20/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha20/03/2020

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones5745

Primera edición02/01/2001

Ultima edición06/06/2024

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