Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 24

5 de febrero de 2020

15

que dispone el Art. 112 de la Ley General Tributaria Ley 58/2003 de 17 de diciembre, se CITA a los contribuyentes de la siguiente relación para que comparezcan, al objeto de ser notificados de los actos administrativos que les afectan, en relación al procedimiento de apremio correspondiente a esta Comunidad y concepto que más abajo se indica:
Dni 18.275.588H
37.930.672S

NOBRE DEUDOR
Julia Martin Edo Teresa Muñoz Edo
CONCEPTO

Importe
Cuota Derechos de Regadío y canon limpieza acequias años 2017-2019
Cuota Derechos de Regadío y canon limpieza acequias años 2017-2019

348,38
euros 352,30
euros
El órgano responsable de la tramitación del procedimiento referenciado es el Departamento de Recaudación del Sindicato de Riegos de la Fuen Lozana y Tosquilla de Mora de Rubielos Teruel Los interesados, o sus representantes, deberán COMPARECER, en la oficina de este Sindicato de Riegos sito en C/ Compañía, 30 2º de Mora de Rubielos - Teruel, los martes de 18 a 20 Horas Teléfono 626 30 80 71 en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES, contados desde el siguiente al de la publicación de éste anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Se advierte a los interesados que si no hubieren comparecido en el plazo señalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento de dicho plazo, advirtiendo que se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento, y se mantendrá el derecho que le asiste a comparecer en cualquier momento del mismo.
Mora de Rubielos, 29 de Enero de 2020. El SecretarioAgente Recaudador Sr.D. Ricardo Bayo Zaera. Presidente de la ComunidadManuel Ferrer Fuertes.

NOTA:
El anuncio nº 2020-0167 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel nº 18 del 28 de enero de 2020 queda corregido a tenor del siguiente literal:
Núm. 2020-0167
CALAMOCHA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Calamocha, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de Calamocha, ante el cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Si no formula alegaciones ni paga con reducción en el plazo de 20 días naturales, la denuncia correctamente notificada, surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa en los juzgados correspondientes.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio Art. 90 LSV.
El pago se podrá hacer efectivo mediante ingreso en la caja del Ayuntamiento, o por transferencia bancaria a la entidad 2085-3954-4203-30203011 a favor del Ayuntamiento de Calamocha, indicando el número de expediente. El importe se reducirá en el 50% si se hace efectivo el pago antes de 20 días naturales desde esta notificación.
En caso de que la persona indicada no haya sido el conductor del vehículo o cuando el titular o arrendatario a largo plazo del mismo sea una persona jurídica, tienen el deber de identificar al mismo en el plazo de 15 días naturales, advirtiéndole que en el caso de incumplir esta obligación podrá ser sancionado como autor de falta muy grave con una multa del doble para leves o del triple para graves y muy graves euros de la original.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha05/02/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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