Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 5

9 de enero de 2020

91

D. Sergio Calvo Bertolín Confederación Empresarial Turolense CEOE Teruel POR LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES U.G.T
D. Ana Maicas Argente D. Cristóbal Lacruz Monferrer POR COMISIONES OBRERAS CC.OO
D. Jesús Puche González D. Santiago Cañas Moreno La reunión tiene por objeto confeccionar el Calendario Laboral para el año 2020. Por todo ello, y tras las oportunas deliberaciones de la Comisión, ACUERDA:
PRIMERO. - Confeccionar el Calendario Laboral para el Sector de la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Teruel para el año 2020, en los siguientes términos:
Las empresas, de acuerdo con la representación legal de sus trabajadores deberán confeccionar, principios de cada año, un calendario y procederán a la distribución de sus respectivos horarios de trabajo al objeto de acomodarlos a sus necesidades organizativas o de producción, siempre y cuando el cómputo anual no exceda para el año 2020 de 1.758 horas de trabajo efectivo. En él, tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el DECRETO 85/2019, de 4 de junio, del Gobierno de Aragón, los días: 1 y 6 de enero, 9, 10 y 23
de abril, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 2 de noviembre, 7, 8 y 25 de diciembre, así como las dos fechas que sean señaladas como festivas en cada municipio de la provincia.
Durante el año 2020, y con carácter orientativo para el caso de que no se hubiera establecido un calendario propio en el centro de trabajo, se consideraran festivos además de los anteriores los días siguientes:
Empresas con jornada de 40 horas semanales, de lunes a viernes, el 2 y 3 de enero, 13 de abril, 10 y 14 de julio y el 24 y 31 de diciembre. El exceso de 2 horas restantes se negociará por mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador.
El día 13 de abril, 10 y 14 de julio serán festivos en Teruel capital, salvo pacto en contario, el resto de poblaciones se cambiarán por los anteriores o posteriores a la festividad de cada localidad.
La empresa podrá, por mutuo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, o en el supuesto de no existir dichos representantes, con los propios trabajadores, sustituir estas fechas por otras que resulten más adecuadas en función de las necesidades de producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.
De común acuerdo, la empresa y sus trabajadores/as podrán acordar la sustitución de los complementos económicos específicos previstos para los puestos de trabajo cualificados como tóxicos, penosos o peligrosos, por una reducción de la jornada en porcentaje equivalente, conforme a los términos pactados.
SEGUNDO.- Facultar a un representante de la Confederación Empresarial Turolense, D. Sergio Calvo Bertolín, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente, los trámites de registro y publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta, cuando son las 10:00h horas de la fecha anteriormente indicada.

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El BOP de Teruel, puede consultarse en la siguiente página web: https 236ws.dpteruel.es/bop

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha09/01/2020

Nro. de páginas91

Nro. de ediciones5733

Primera edición02/01/2001

Ultima edición29/04/2024

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