Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 22/2/2001

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

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22 de febrero de 2001

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Núm. 521
Dirección Provincial de Castellón PROVIDENCIA DE DECLARACION DE CREDITO
INCOBRABLE.

A la vista del expediente ejecutivo de apremio instruido por el Recandador de la U.R.E. 12010 de Castellón, relativo al deudor que se indica, habiéndose actuado conforme a lo dispuesto en el Capítulo VI del R.D. 1637/95, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, Acuerdo declarar los débitos a que se refiere el mismo como crédito incobrable por insuficiencia de bienes, dando por terminado el procedimiento recaudatorio, de acuerdo con el artículo 185 del citado Real Decreto.
Dastos relativos del deudor:
Deudor: Muebles Narbón, S.A.
Régimen: 0111.
Número: 440001800382.
Motivo: Insuficiencia de bienes.
Castellón, 9 de noviembre de 2000.-El Director Provincial, ilegible.

BOP TE Número 38

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su notificación al interesado, conforme a la modificación operada por la Ley 4/1999 de 13 de enero en el sistema de recursos administrativos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social R.D.L. 1/1994 de 20 de junio, según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994 de 30
de diciembre, de Medidas fiscales, administrativa y de orden social y el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, significándole que aunque se interponga recurso el procedimiento de apremio no se suspenderá sino en los casos y condiciones previstos en el artículo 184.2 del citado Reglamento.
Expediente: 17029700017809.
Nombre o razón social: González Reyes, Ana Lourdes.
DNI/NIF: 047656540B.
Ent. Financiera: Caja de Pensiones.
Importe: 26.307 pesetas.
Fecha: 28/11/2000.
Calella, 24 de enero de 2001.-El Recaudador Ejecutivo, Alfonso Sagredo San José.

Núm. 522
Dirección Provincial de Calella DIPUTACION GENERAL DE ARAGON

D. Alfonso Sagredo San José, Recandador Ejecutivo de la Seguridad Social, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, número 08/27, de Calella, de la Tesorería General de la Seguridad Social en Barcelona.
Hace saber: que en los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva por deudas a la Tesorería General de la Seguridad Social, de los deudores que posteriormente se relacionarán, se dictaron providencias de embargo, y transcurrido el plazo de ingreso senalado en el artículo 110 del vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social R.D.
1.637/95 de 6 de octubre, BOE 254, de 24 de octubre de 1995, modificado por los Reales Decretos 14266/1997 de 15 de septiembre y 2032/1998 de 25 de sptiembre, se procedió al embargo de depósitos en cuentas de Entidades fnancieras en las fechas y por los importes que al final se relacionan.
Lo que se hace público por no haber sido posible la notificación en el domicilio que figura en los Títulos Ejecutivos, de conformidad con lo establecido en los artículos 58 al 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre Boletín Oficial del Estado número 225
de 27 de noviembre de 1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común y en el artículo 109.4 del anteriormente citado Reglamento General de Recaudación.

Núm. 395
Comisión Provincial de Ordenación del Territorio
LA COMISION PROVINCIAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO, en sesión celebrada el día 26-1-2001, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
II. EXPEDIENTES DICTAMINADOS POR LA
PONENCIA TECNICA DE ORDENACION DEL
TERRITORIO Y URBANISMO.
Nº 4.- APROBACION DEFINITIVA, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACION Nº 3 DE LAS
NN.SS. DE MORA DE RUBIELOS.
VISTO el Expediente tramitado por el Ayuntamiento de MORA DE RUBIELOS, para la redacción y aprobación de la MODIFICACION Nº 3 de sus NORMAS SUBSIDIARIAS.
RESULTANDO 1º. Que la presente Modificación tiene por objeto la rectificación del artículo 149 de las NORMAS SUBSIDIARIAS NN.SS. de MORA DE RUBIELOS, que en la redacción inicial de su apartado 3º decía: Quedan prohibidas todas las construcciones, instalaciones y edificaciones, accesos rodados y obras civiles en general, excepto las que pretendan conservar las edificaciones existentes tradicionales y se ajusten a los sistemas constructivos, características estéticas,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 22/2/2001

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaísEspaña

Fecha22/02/2001

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones5744

Primera edición02/01/2001

Ultima edición15/05/2024

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