Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 265

Miércoles 16 de noviembre de 2022

7.Procedimiento de selección.
El proceso selectivo se llevará a cabo a través del Sistema de Oposición. La calificación final del proceso selectivo será como máximo de 50 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en los dos ejercicios de la oposición. La oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios que tendrán carácter eliminatorio siendo calificados según lo siguiente:
1. Primer ejercicio eliminatorio: Será calificado de 0 a 30 puntos. Consistirá en una prueba psicotécnica para evaluar la capacidad de atender a personas en situación de dependencia. Será necesario obtener una calificación mínima de 15 puntos para superar el ejercicio.
2. Segundo ejercicio eliminatorio: Será calificado de 0 a 20 puntos. Consistirá en un cuestionario de 20 preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, en resolución de un supuesto práctico adecuado al puesto de trabajo ofertado. Será necesario obtener una calificación mínima de 10 puntos para superar el ejercicio.
El tiempo concedido para la realización de cada ejercicio será de 45 minutos, respectivamente. Serán corregidos sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de ejercicios en los que consten marcas o signos de identificación.
El primer y segundo ejercicio se realizarán el mismo día, al ser los ejercicios eliminatorios entre sí, el segundo ejercicio no será corregido si no se supera el primero.
La fecha, lugar y hora de comienzo de la oposición, se efectuará en la misma resolución en la que se declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Los aspirantes serán convocados para la celebración del ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Órgano de Selección.
En cualquier momento se podrá requerir a los opositores para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.
Corregidos los ejercicios correspondientes, el Órgano de Selección hará público la lista de personas aprobadas, ordenada alfabéticamente, en el tablón de edictos de la Agencia Pública Administrativa Local y en el tablón de anuncios electrónico del Excmo.
Ayuntamiento de Écija, así como la lista de personas aprobadas en los dos ejercicios.
La superación de la Oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios, quedando propuesto por el Tribunal el/la aspirante con mayor puntuación obtenida.
Terminada la calificación de la oposición, el Órgano de Selección hará pública la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación, concediéndose un plazo de tres días hábiles, contados desde la publicación de la misma en el tablón de edictos de la Agencia Pública Administrativa Local y en el tablón de anuncios electrónico del Excmo. Ayuntamiento de Écija, para que puedan formular reclamaciones o alegaciones contra los resultados.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en el primer ejercicio. De persistir la igualdad, el empate se resolverá por sorteo previa citación de los opositores afectados, que deberá realizarse en un plazo máximo de 48
horas, desde la publicación del resultado.
8.Relación de aspirantes y aprobación de la bolsa de empleo.
Una vez resuelto definitivamente el proceso selectivo de la presente convocatoria, quedará constituida una bolsa de trabajo para las futuras solicitudes de jubilaciones parciales, que haga necesaria la formalización de contratos de relevo. Dicha bolsa quedará constituida por orden de puntuación con las personas que hayan participado en la convocatoria y hubieran admitido y manifestado en la solicitud, su interés en formar parte de la misma. Dicha relación se elevará a la Vicepresidenta de la Agencia Pública Administrativa Local, ordenada de mayor a menor, que aprobará la bolsa de empleo mediante resolución que se publicará en los medios citados anteriormente.
9.Contratación.
Finalizado el proceso selectivo el Órgano de Selección elevará Propuesta de contratación a favor del/de la aspirante aprobado con mayor puntuación obtenida, el/la cual deberá presentar en la Agencia Pública Administrativa Local, los documentos originales acreditativos de los requisitos exigidos en la Base Cuarta.
Con carácter previo a la formalización de la contratación, el/la aspirante propuesto/a deberá presentar las declaraciones de poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo, de no estar incurso en causa de incompatibilidad, así como de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haberse sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Si el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos, no podrá ser contratado/a, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incurrir por falsedad en su solicitud de participación.
En este caso, la Vicepresidencia de la Agencia Pública Administrativa Local, previa propuesta del Órgano de Selección reunido al efecto, resolverá la contratación a favor del/de la aspirante que figurara en el puesto inmediato inferior en el orden de puntuación. En la misma forma actuará en caso de renuncia del/de la aspirante propuesto/a.
10.Recursos.
Contra las presentes bases se podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Agencia Pública Administrativa Local para la atención de personas con discapacidad de Écija y su comarca Prodis, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de dicha publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.1 c, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los/as interesados/as podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/11/2022

Nro. de páginas84

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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