Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/11/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 12 de noviembre de 2022

Número 262

Junta de Andalucía

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos - Consejería de Política Industrial y Energía
Delegación Territorial en Sevilla Instalación eléctrica Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica en régimen de autoconsumo, denominada Cubierta Solar Coenca, en el término municipal de Cañada Rosal Sevilla.
Referencia: SVE/JGC/JMAB.
Expediente: 292.399.
R.E.G.: 5.960.
Datos identificativos de la instalación:
Titular:
Cooperativa de Envases de Cañada Rosal, S.C.A.
N.I.F.:
F41067620.
Domicilio social del titular:
Ctra. Caña Rosal-Écija, km 1,5 41439 Caña Rosal Sevilla.
Denominación de la instalación:
Cubierta Solar Coenca.
Emplazamiento de la instalación:
Ctra. Caña Rosal-Écija, km 1,5 41439 Caña Rosal Sevilla.
Referencias catastrales de la instalación:
5831102UG0653S0001LY.
Coordenadas UTM centro de la instalación: ETRS89, Huso 30, X: 305686, Y: 4162896.
Tecnología:
Solar fotovoltaica.
Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica art. 1, subgrupo b.1.1, del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Modalidad de autoconsumo:
Sin excedentes.
Potencia instalada:
500 kW art. 3 del Real Decreto 413/2014.
Antecedentes de hecho:
Primero.Con fecha 11 de abril de 2022, Cooperativa de Envases de Cañada Rosal, S.C.A., con N.I.F.: F41067620, solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de generación de energía eléctrica en régimen de autoconsumo identificada anteriormente.
Segundo.Mediante escrito de esta Delegación de fecha 4 de agosto de 2022, se requiere al solicitante que subsane las deficiencias y/o errores encontrados en la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.El 19 de agosto de 2022 se recibe en esta Delegación subsanación de la solicitud.
Cuarto.Durante la tramitación del expediente la persona solicitante ha aportado la documentación preceptiva que establece la normativa, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.
Quinto.La persona titular ha suscrito y aportado declaración responsable para acreditar el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación a la instalación, según establece el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
A los anteriores antecedentes de hecho son de aplicación los siguientes.
Fundamentos de derecho:
Primero.Esta Delegación es competente para dictar la presente resolución en virtud de las siguientes disposiciones:
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por decreto 300/2022, de 30 de agosto.
Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía, vigente en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria segunda del decreto 163/2022, de 9 de agosto.
Segundo.Son de aplicación general al procedimiento las siguientes disposiciones:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero.Son de aplicación específica al procedimiento las siguientes disposiciones:
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
Decreto-Ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/11/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha12/11/2022

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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