Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 203

Viernes 2 de septiembre de 2022

El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.
Procedimiento de selección: Concurso.
a Formación oficial:

Por poseer título superior al exigido en la convocatoria: 1 punto.
a.1Formación complementaria que guarde relación directa con el contenido técnico y especialización de la plaza convocada y certificados por organismos públicos o centros colaboradores de organismos públicos debidamente homologados.
Duración
10 a 20 horas 21 a 40 horas 41 a 100 horas 101 a 200 horas Más de 200 horas bExperiencia:

Con diploma de aprovechamiento
Con diploma de asistencia
0,19
0,38
0,57
0,76
1,00

0,095
0,19
0,285
0,38
0,57

Por mes de servicio en cualquier Administración Pública o en entidades con capital 0,20 puntos por cada mes 100% público, en puestos de iguales o similares características al que se convoca Por mes de servicio en entidades privadas en puestos de iguales o similares características 0,10 puntos por cada mes al que se convoca cOtros.
Se valorarán, hasta un máximo de 0,25 puntos los siguientes méritos: Trabajos de investigación, premios, publicaciones, conferencias, ponencias, comunicaciones, imparticiones de cursos de formación, organización y participación en jornadas y seminarios, y todos aquellos que el Tribunal calificador estime oportuno.
En caso de empate se resolverá por sorteo.
Octava.Relación de aprobados y acreditación de requisitos.
Una vez terminada la evaluación de los aspirantes y consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento en la sede electrónica del Ayuntamiento https sede.pedrera.es/opencms/opencms/sede.
Posteriormente, vistas e informadas las alegaciones que en su caso se hubieran presentado, se elevará a la Alcaldía el acta del proceso selectivo para que se apruebe la constitución de la bolsa con el orden de prelación definitivo de aspirantes, que deberá publicar en la sede electrónica del Ayuntamiento, donde deberá permanecer actualizada.
Las personas candidatas, cuando sean requeridas para su contratación, aportarán ante el Ayuntamiento la siguiente documentación:
Declaración responsable de no haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Declaración responsable de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier Administración Pública, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad, conforme la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las propuestas de contratación serán adoptadas por el órgano competente a favor de las aspirantes según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona aspirante al que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrada, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocara a la siguiente candidata que hubiera superado el proceso de selección.
Asimismo, se informará a los aspirantes acerca del tratamiento de sus datos personales y del compromiso de confidencialidad con ocasión de la relación que se entabla con el Ayuntamiento.
Novena.Funcionamiento de la bolsa de trabajo.
Las personas integrantes de las bolsas de trabajo ocuparan el puesto de la lista que le corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente.
El funcionamiento de la bolsa de trabajo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no discriminación.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, no darán lugar a la exclusión de la bolsa de trabajo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro de la bolsa de trabajo:
Estar en situación de ocupado, prestando servicios como personal contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha02/09/2022

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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