Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Miércoles 10 de febrero de 2021

Número 33

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo Consejería de Economía, Conocimiento, Empresa y Universidad
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Curia Provincial Bética de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.
Expediente: 41/01/0128/2020.
Fecha: 28 de diciembre de 2020.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Fabián Campos Páez.
Código: 41004222012005.
Visto el Convenio Colectivo de la empresa Curia Provincial Bética de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios Código 41004222012005, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2020 a 31 de diciembre de 2020.
Visto lo dispuesto en el artículo 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores BOE 255, de 24 de octubre de 2015, de acuerdo con el cual los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo BOE 143, de 12 de junio de 2010, sobre registro y depósitos de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo BOE número 143, de 12 de junio, Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto 32/2019, de 5 de febrero y Decreto 26/2020, de 24 de febrero, que regulan la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificando el Decreto 342/2012 de 31 de julio. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 2/2019 de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto 6/2019 de 11 de febrero, en relación con el Decreto 100/2019 de 12 de febrero, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo BOJA número 31, de 14 de febrero de 2019, modificado por Decreto 115/2020 de 8 de septiembre BOJA número 55, de 10 de septiembre de 2020.
Esta Delegación Territorial acuerda:
Primero. Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la empresa Curia Provincial Bética de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios Código 41004222012005, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2020 a 31 de diciembre de 2020.
Segundo. Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sevilla a 28 de diciembre de 2020.La Delegada Territorial, María Mar Rull Fernández.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA CURIA PROVINCIAL BÉTICA DE LA ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS

Capítulo I
Disposiciones generales Artículo 1.Ámbito personal, funcional y territorial.
El presente Convenio tiene por objeto regular las relaciones laborales entre la Curia Provincial Bética de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios y el personal que presta sus servicios en la misma, en el centro de trabajo sito en avenida Eduardo Dato número 42, de Sevilla, cualquiera que sea su cualidad y categoría profesional, durante la vigencia del mismo. En lo no previsto se aplicarán las demás disposiciones de carácter general existentes.
No obstante lo anterior quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Convenio:
a. El personal de alta dirección sometido al Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
b. Personal que siendo trabajador de la empresa pase a desempeñar funciones Directivas, en lo que se refiera a dichas funciones.
c.Personal que siendo trabajador de la empresa pase a desempeñar funciones de Mando Intermedio, en lo que se refiera a dichas funciones.
d.Los profesionales o especialistas que puedan, en razón de su ejercicio profesional libre, concretar estudios, trabajos o colaboraciones concretas y especiales respecto a la actividad normal de la empresa.
e. Personal que tenga vínculos laborales con empresas contratadas o subcontratadas.
f. Los alumnos en prácticas.
g. Personal que se dedique a la realización de servicios docentes, en lo que a estos se refiere.
h. Hermanos de la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios y otros religiosos.
i. Los colaboradores voluntarios o voluntariado social.
Artículo 2.Ámbito temporal: Vigencia, duración y efectos económicos.
Este Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 y finalizara el 31 de diciembre de 2020.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 10/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha10/02/2021

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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