Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Sábado 28 de noviembre de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 27749

En caso de que el trabajador autónomo no haya solicitado dicha prestación extraordinaria por cese de actividad deberán justificar mediante resolución o certificado del organismo autorizado que acredite dicha situación de suspensión.
3. Que su actividad se encuadre dentro de algunos los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el Anexo III según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas Boletín Oficial del Estado 234 de 29 de septiembre de 1990.
4. Quedan expresamente excluidas de las presentes ayudas los autónomos societarios, en cualquiera de sus formas, de asociaciones, de comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, de las congregaciones e instituciones religiosas, así como de las comunidades de bienes, herencias yacentes y entidades carentes de personalidad jurídica.
5. No podrán obtener la condición de beneficiario los que se encuentren incursos en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo.Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto la regulación de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla destinadas a mitigar las graves consecuencias económicas provocadas a las micro-empresas formadas por trabajadores autónomos y empresas con forma jurídica societaria de carácter mercantil, emplazadas en el municipio, cuyos establecimientos se han visto especialmente afectados por la suspensión de actividades tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
Esta medida pretende el mantenimiento de la actividad económica y empresarial.
Tercero.Bases Reguladoras.
Las Bases reguladoras y la convocatoria de ayudas económicas a trabajadores autónomos y microempresas del municipio dirigidas a paliar los efectos económicos producidos por la crisis sanitaria del Covid-19, están publicadas para su debido conocimiento en: fsdbFyJ5AbDchzlEj2kJdaydZHXD2QiWWIiLxqSv62HeGFpZWt4yvbE16S4j30DYMPgkBODD-icu>https lapuebladecazalla.
sedelectronica.es/board?x=VqIWcOI9xQTRxH40LJWEoAbFb3HPmGam8n2kVw-YEtJNq2gYEfsdbFyJ5AbDchzlEj2kJdaydZHX
D2QiWWIiLxqSv62HeGFpZWt4yvbE16S4j30DYMPgkBODD-icu Cuarto.Cuantía.
Los compromisos de gastos y los pagos que se originen con motivo de esta convocatoria de subvenciones se realizarán con cargo a la aplicación presupuestaria de gastos 43300 4790000 y hasta el límite del crédito autorizado de 50.000,00 euros.
Quinto.Lugar y Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de subvenciones, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, se presentarán en el Registro de Entrada o a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento o bien a través de cualquier otro medio de los señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes concluye a 10 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.
Sexto.Solicitudes y documentación a presentar.
Las solicitudes de subvenciones se presentarán según el formulario anexo, suscritas por el autónomo o el representante legal de la entidad empresarial y debidamente cumplimentada en todos sus extremos.
A las solicitudes se acompañará la siguiente documentación:
Para empresarios individuales autónomos:

Copia del DNI/NIE/NIF de solicitante de la subvención en caso de no presentarse por la sede electrónica.

Informe de vida laboral
Certificado actualizado de Situación Censal del solicitante que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y del local de desarrollo de la actividad en el término municipal de La Puebla de Cazalla o con dispuesto en el artículo 4.1 a de las presentes bases.

Certificado de titularidad de cuenta bancaria
Con independencia de la documentación exigida, la Delegación Municipal de Desarrollo Económico se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria crea necesaria.
Para micro-empresas con forma jurídica societaria mercantil:

Identificación del solicitante:

Copia del NIF de la persona jurídica solicitante de la subvención.

Copia de las escrituras de constitución de la empresa legalmente actualizada y depositada en el Registro correspondiente, donde se indique que el domicilio social de la entidad solicitante se encuentra en La Puebla de Cazalla o según lo previsto en artículo 4.1 a de las presentes bases.

DNI de la persona administradora y de la persona que presenta la solicitud en caso de no ser la misma persona.

Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud en caso de no ser la misma persona.

Certificado de titularidad de cuenta bancaria.
B. Documentación económica y fiscal:
Copia de la Declaración del Resumen anual del IVA modelo 390 del ejercicio 2019. Si el inicio de la actividad empresarial hubiese sido posterior a 1 de enero de 2020 la entidad solicitante deberá aportar una declaración expresa responsable que acredite el volumen de negocio y copia de las declaraciones mensuales o trimestrales del IVA modelo 303.
Copia del documento TC2 de la seguridad social correspondiente al mes de marzo de 2020 donde se indique la relación nominal de los trabajadores por cuenta ajena.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha28/11/2020

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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