Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 166

Sábado 18 de julio de 2020

c Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de cualesquiera Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales, o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Los nacionales de otros estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, al acceso a la función pública.
d Declaración jurada o promesa de no encontrarse incurso en causa de incompatibilidad conforme a la normativa vigente.
e Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad deberán presentar certificado actualizado, acreditativo de la misma expedido por el órgano competente para expedir dichas certificaciones.
11.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, la persona aspirante propuesta no presentara su documentación, no acreditar a haber reunido los requisitos al momento del plazo de presentación de instancias o no reuniera de forma sobrevenida desde aquella fecha al momento de presentación de la documentación los requisitos exigidos, no podrá ser nombrada funcionario/a y quedarán anuladas todas sus actuaciones, perdiendo cualquier derecho al respecto, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia solicitando formar parte en el proceso selectivo. En tal caso corresponderá efectuar el nombramiento a favor del siguiente aspirante en orden de puntuación que cumpla con los requisitos exigidos.
12.Nombramiento:
12.1. El Alcalde-Presidente, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en el apartado 4 de las presentes Bases, nombrará a la persona candidata seleccionada como funcionario/a de carrera de esta Corporación.
12.2. La persona seleccionada deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas Si no tomase posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos a ocupar la plaza.
13.Constitución de una lista de espera de personas aprobadas:
13.1 Con las personas aspirantes que habiendo superado la oposición no hubieren accedido al puesto, se creará una Lista de Espera para atender a necesidades de provisión como funcionarios interinos en plazas de Administrativo.
Esta lista de espera entrará en vigor una vez se tome el acuerdo de aprobación.
13.2. Esta lista de espera permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva lista de espera resultante de una convocatoria posterior, que anulará la derivada del presente proceso selectivo; en caso de no producirse la anterior circunstancia la duración máxima será de tres años a partir de su entrada en vigor. La extinción de su vigencia se entiende sin perjuicio de que continúen vigentes, en su caso, los nombramientos que en ese momento existan con trabajadores integrantes de la lista, los cuales se extinguirán según lo dispuesto en el decreto de nombramiento.
13.3. El llamamiento se efectuará respetando el orden en que los integrantes figuren en la lista mediante un escrito de la Alcaldía dirigido a la persona interesada, que se notificará utilizando los medios adecuados en función de la urgencia de la provisión temporal, con las garantías suficientes para la persona interesada.
13.4. En el requerimiento se le concederá un plazo no inferior a 3 días hábiles para que acepte por escrito el nombramiento.
Transcurrido el indicado plazo sin que manifieste su aceptación o, en su caso, lo rechace expresamente, se dictará decreto de Alcaldía en el que se le entiende decaído en su derecho al trámite y se le tiene por aceptada su renuncia al nombramiento, pasando a ocupar el último lugar de la lista de espera.
En caso de renuncia expresa al llamamiento, la persona interesada deberá manifestarla por escrito y conllevará que pase a ocupar el último lugar de la lista de espera.
13.5. No obstante lo anterior, no perderá su posición en la lista de espera si la renuncia está justificada por causa de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, accidente no laboral, accidente de trabajo y de enfermedad profesional, maternidad si la renuncia de la madre se produce entre el séptimo mes de embarazo y la decimosexta semana posterior al parto.
13.6. Las personas integrantes de la lista de espera están obligadas a señalar los datos personales actualizados que faciliten su rápida localización, siendo las únicas responsables de la fidelidad de los mismos.
14.Impugnación:
14.1. La presente convocatoria y sus bases son definitivas envía administrativa y contra las mismas podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o de la circunscripción en la que tenga el recurrente su domicilio, a su elección, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa Interpuesto el recurso de reposición, no podrá interponer se el recurso contencioso-administrativo hasta tanto se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
14.2. Cuantos actos administrativos en el procedimiento de selección se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y la forma prevista en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Anexo I
Temario Tema 1. La Constitución Española de 1978 Estructura y principios generales. La reforma de la Constitución.
Tema 2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.
Tema 3. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.
Tema 4. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales.
Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha18/07/2020

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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