Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 164

Jueves 16 de julio de 2020

Características principales de la Instalación Solar Fotovoltaica:
Instalación solar Fotovoltaica constituida por 972 módulos fotovoltaicos de 335 Wp cada uno, en condiciones STC normalizadas.
Estructuras soporte de los módulos fotovoltaicos ejecutadas con perfilería de aluminio en sistema fijo, inclinadas 20º sobre la cubierta del edificio principal de Hidral en P.I. Parsi, calle Parsi número 7, parcela 3, 41016 Sevilla.
Cableado de distribución de la energía eléctrica y protecciones eléctricas correspondientes.
3 inversores fotovoltaicos de 100 kW de potencia AC máxima cada uno, trifásicos con conexión a red.
Generación eléctrica para autoconsumo sin vertido de excedentes a la red.
Potencia instalada pico de generación:
325,62 kWp art. 3 RD 413/2014
Potencia nominal de la instalación:
300 kW
Punto de conexión:
Red interior del suministro con CUPS
ES0031102811588001BR0F.
Referencia/s catastral/es:
1306518TG4410N0001FW.

1306517TG4410N0001TW.
Proyecto Técnico:
Visado 5760/2019 COPITI Cádiz de fecha 08/11/2019.
Técnico titulado:
Salvador Rodríguez Castro, colegiado n.º 2704 del COPITI Cádiz.
Presupuesto estimado:
227.199,26 Euros.
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el Real Decreto 1955/2000, así como en el Real Decreto 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:
1.Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
2.El plazo de puesta en marcha será de dos 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.
3.El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.
4.Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes ITC-FV-04 de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.
5.La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.
6.El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por el órgano competente en materia medio ambiental.
7.El titular de la instalación, con carácter previo a la puesta en Servicio, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia y Anexo I, apartado 2c c Actividades e infraestructuras energéticas: Instalaciones de generación y transformación de energía eléctrica en alta tensión, deberá presentar Justificación de la presentación del Plan de Autoprotección de la instalación de generación e infraestructura de evacuación MT/AT en el órgano administrativo correspondiente en la actualidad Delegación del Gobierno en Sevilla, Servicio de Protección Civil, plaza Nueva número 4, 2 planta, 41071 Sevilla. El alcance y contenido del Plan de Autoprotección de la instalación referenciada se encuentra en el citado Real Decreto.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr.
Consejero de Hacienda, Industria y Energía, en el plazo de un 1 mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Sevilla a 2 de abril de 2020.El Delegado del Gobierno, Ricardo Antonio Sánchez Antúnez.
8W-3028-P

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha16/07/2020

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

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