Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/7/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Jueves 2 de julio de 2020

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 15235

Primero.Beneficiarios.
Personas empadronadas en el municipio de La Rinconada con una antigedad continuada de al menos 6 meses en el mismo domicilio y/o unidad familiar, a fecha de presentación de solicitud.
Haber cumplido 16 años a la fecha de la solicitud.
Estar inscritas en el Departamento de Orientación Socio-laboral, con carácter previo a la apertura de cada convocatoria.
Segundo.Objeto.
Becas de formación no regladas, para la mejora de la cualificación profesional de las personas demandantes de empleo.
Acciones formativas susceptibles de ser becadas:
A Acciones formativas conducentes a la obtención de acreditación oficial de idioma.
B Acciones formativas con niveles recogidos en el Marco común Europeo de Referencia para las lenguas.
C Acciones formativas incluidas en el catálogo Local de Acciones Formativas.
Para ser objeto de ayuda, la acción formativa, deberá suponer una mejora en la ocupabilidad de la persona solicitante, debiéndose acreditar a través del departamento de Orientación socio laboral dicha circunstancia.
La acción formativa deberá comenzar a lo largo del año 2020 y no podrá haber finalizado a fecha de apertura de la convocatoria.
No se subvencionarán acciones formativas con costes superiores a 2.000,00 €.
Se admitirán reservas de acciones formativas, siempre y cuando el inicio sea dentro del ejercicio.
Tercero.Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en el resolución de Alcaldía 1052/2020, de 15 de junio de 20200, por la que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria de Becas de Formación no reglada colaboración público-privada, Becas Inserta,con la finalidad de mejorar la cualificación profesional de las personas demandantes de empleo, publicadas en el tablón de anuncios en su página web www.larinconada.es y en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 144, de fecha 23 de junio de 2020.
Cuarto.Cuantía.
La ayuda por este concepto alcanzará un máximo de 300,00 por acción formativa, y los solicitantes deberán acreditar situación social desfavorecida por cero ingresos o que se le hayan tramitado ayudas y/o recursos a su unidad familiar para paliar su situación de precariedad económica, éste extremo vendrá informado por el Área de Bienestar Social.
El número de beneficiarios quedará condicionado al importe máximo de la consignación presupuestaria por un importe de 15.000,00 €.
Quinto.Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación exigida será desde el día siguiente de la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla realizado a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, hasta el 15 de noviembre de 2020.
Sexto.Otros datos.
El pago de la ayuda se realizará mediante el abono del 100% de la misma, de forma anticipada con justificación diferida.
No podrán ser subvencionadas acciones formativas, impartidas en centros de formación, cuya titularidad sea del Ayuntamiento de La Rinconada y dichos centros de formación hayan sido cedidos a una empresa para la explotación de acciones formativas de cualquier índole.
En La Rinconada a 30 de junio de 2020.El Alcalde-Presidente, Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres.
8W-3591

SANLÚCAR LA MAYOR
Visto los artículos 43, 44, 47 y 48 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Resultando que con fecha 9 de junio de 2020, mediante resolución de Alcaldía núm. 327/20, se altera el orden de las Tenencias de Alcaldía, modificando de esta forma la resolución núm. 298/19 de 2 de julio de 2019.
Resultando que durante el periodo comprendido entre el día 25 de junio al 1 de julio de 2020, ambos inclusive, esta Alcaldía no se encontrará disponible por motivos personales, durante el período anteriormente referido.
A la vista de lo anterior, y de conformidad con la normativa citada, tengo a bien dictar la siguiente resolución:
Primero.Sustituir la totalidad de las atribuciones de esta Alcaldía durante la ausencia de esta Presidencia, en el periodo comprendido entre el día 25 de junio al 1 de julio de 2020, ambos inclusive, en el Primer Teniente de Alcalde, don Juan Salado Ríos.
Segundo.Notifíquese al Primer Teniente de Alcalde, así como a los distintos Departamentos Municipales y a los Portavoces de los Grupos Políticos Municipales.
Tercero.Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia.
En Sanlúcar la Mayor a 24 de junio de 2020.El Alcalde, Eustaquio Castaño Salado.
34W-3492

TOCINA
Don Francisco José Calvo Pozo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que en la sesión ordinaria de Pleno celebrado el día 9 del presente mes de junio, se adoptado el siguiente acuerdo:
Primero. Inscribir en el Inventario de Bienes de esta Corporación los bienes inmuebles que se describen, de la siguiente forma:
Nombre: Camino El Gaverío El Bajo y Nuevo de la Isla.
Descripción del terreno: Se trata de tres caminos de servicio que conforman una unidad al ser continuación unos de otros.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 2/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaísEspaña

Fecha02/07/2020

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones6939

Primera edición02/11/1999

Ultima edición30/11/2022

Descargar esta edición

Otras ediciones